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01. VISIÓN GENERAL

Para atender la legislación IN RFB nº 1.500/2014 (posibilidad de la división de los ingresos de acuerdo con el contrato de alquiler), se puso a disposición en el Registro de proveedores (MATA020) la opción "Otras acciones → RCPF IR Progr." para que se realice el registro del prorrateo del IR progresivo por RCPF.

Por ejemplo, una inmobiliaria alquila un inmueble el cual pertenece a dos personas físicas, cada una con su porcentaje de propiedad sobre el inmueble. Es derecho de ambos propietarios, dividir el ingreso propio de este alquiler y consecuentemente el prorrateo del impuesto a la renta (siempre y cuando conste en el contrato).

Este registro de RCPF para el IR progresivo, se utilizará para el cálculo del Impuesto a la renta para cada RCPF, de acuerdo con el porcentaje de cada propietario.

Además, en el envío de datos a la DIRF (FINA401) y en el Extractor para la EFD-Reinf (ExtFisxTaf), las rutinas también verificarán si existe el prorrateo del impuesto a la renta para más de un RCPF, enviando el ingreso y el valor del tributo de cada uno. Si no existe el prorrateo entre más de un RCPF, se considerará el RCPF registrado en el proveedor (campo A2_CPFIRP) como si fuera el principal y único responsable por la retención del impuesto de renta.


02. REGISTRO DE LOS RCPF PARA PRORRATEO

  1. 1. En el Financiero (SIGAFIN), acceda a Actualizaciones / Registros / Proveedores(MATA020).
  2. Registre un proveedor del tipo Jurídico (A2_TIPO) con retención de IRRF (A2_CALCIRF), informando el campo IRRF Prog = Sí (A2_IRPROG) e informe el RCPF principal en el campo CPF IR Progr (A2_CPFIRP).
  3. Una vez informados estos campos, se permitirá acceder a la opción "RCPF IR Progr." en "Otras Acciones", en caso contrario aparecerá el mensaje para completar estos campos.
  4. 2En la pantalla para registros de "RCPF IR Progr", el RCPF informado en la pantalla de proveedores vendrá completado previamente. Entonces, informe el % de prorrateo y el nombre a este RCPF y registre los otros RCPF necesarios.
    1. Importante: la suma del porcentaje de todos los RCPF registrados debe ser el 100%.
  5. Confirme la pantalla de registro del "RCPF IR Progr".
    1. En este momento, la tabla FKJ-Registro de RCPF IR Progresivo no se grabó, esta solamente se grabará en la confirmación del registro del proveedor (ídem para el borrado).
    2. En el caso de modificación, las informaciones se grabarán al confirmar la pantalla de "RCPF IR Progr", sin necesidad de confirmar la pantalla de registro del proveedor.

 

Importante

  • Si el tipo de proveedor (A2_TIPO) fuera persona física, no habrá necesidad de completar los campos IRRF Prog (A2_IRPROG) y RCPF IR Progr (A2_CPFIRP) para acceder a la opción "RCPF IR Progr.".
  • El modo compartido de las tablas FKJ SA2 debe ser igual, según el estándar del sistema, para garantizar la consistencia de los datos.

Deducción de dependiente(s)

En la pantalla del Registro de RCPF IR Progresivo (Tabla FKJ) se puso a disposición la opción de informar la cantidad de dependientes que cada RCPF, por medio del campo Dependientes (FKJ_NUMDEP).

De esta manera, al realizar el cálculo de IRRF de cada propietario del inmueble, si este campo estuviera completado, se deducirá de la base de cálculo del IRRF la cantidad de dependientes multiplicado por el valor establecido en el parámetro MV_TMSVDEP.

Vea más detalles en: FIN0018_CPAG_Cálculo_de_IRRF_con_dependientes  

Importante: Esta funcionalidad fue puesta a disposición por medio del paquete de Expedición continua del módulo Financiero de Marzo/2025.


03. EJEMPLO DE UTILIZACIÓN

  1. Registre el título por pagar por la rutina Cuentas por pagar (FINA050) informando una modalidad y proveedor que calculan IR en la emisión.
  1. Al informar el valor del título, se calculará el valor del IR considerando el 100% del valor para el proveedor. El prorrateo del IR solo ocurrirá al informar el campo "Genera Dirf" = Sí (E2_DIRF) y el código de retención (E2_CODRET) que pertenece al parámetro MV_RETIRRT.
  2. Al realizar el recálculo considerando el prorrateo entre los RCPF registrados, el campo "Valor del IRRF" (E2_IRRF) se completará con la suma de los valores calculados de IR para cada RCPF. Para verificar los detalles del cálculo de cada RCPF, en "Otras acciones", acceda a la opción "Prorrateo del IR progresivo". Se mostrará la pantalla con las informaciones de base, alícuota utilizada, valor del IR calculado individualmente.

4. Al grabar el título, la generación de los títulos del IR será proporcional, es decir, se generará 1 TX de IR para cada RCPF informado anteriormente.

  1. Registre el documento fiscal por la rutina Documento de entrada (MATA103) informando una modalidad, un proveedor y un producto que calculen IR en la emisión.
  1. Al informar el valor del documento y la modalidad se calculará el valor del IR considerando el prorrateo por RCPF previamente registrado en el proveedor. 
  2. Vaya a la solapa de impuestos y seleccione la opción "Genera Dirf" = Sí, e informe el código de retención perteneciente al parámetro MV_RETIRRT.
  3. En la solapa de facturas de crédito el valor del IR será correspondiente a la suma de valores calculados de IR para cada RCPF

4. Al grabar el documento de entrada, la generación de los títulos de IR será proporcional, es decir, se generará 1 TX de IR para cada RCPF informado anteriormente.


  1. Registre el título por pagar por la rutina Cuentas por pagar (FINA050) informando una modalidad y proveedor que calculan el IR en la baja. Como el cálculo del IR Progresivo está en la baja, el "Valor del IRRF" (E2_IRRF) queda en cero. 
  1. Al informar el valor del título, acceda a la solapa de impuestos e informe los campos "Genera Dirf" = Sí (E2_DIRF) y el código de retención (E2_CODRET) que pertenece al parámetro MV_RETIRRT.
  2. Al realizar la baja del título por la rutina Bajas por pagar (FINA080), se calculará el valor del IR prorrateado entre los RCPF. Para verificar los detalles del cálculo de cada RCPF, en "Otras acciones", acceda a la opción "Prorrateo del IR Progresivo" en la pantalla de baja.  

4. Al grabar la baja del título, se generarán los títulos del IR proporcional para cada RCPF, es decir, se generará 1 TX del IR para cada RCPF registrado

Importante

Si se informara un código de retención que no pertenece al parámetro MV_RETIRRT, los títulos por pagar se incluirán en el prorrateo, es decir el 100% del valor se retendrá para el referido proveedor sin tomar en consideración sus registros en la tabla FKJ (REGISTRO DE RCPF IR PROGRESIVO).

Observaciones

La opción "Prorrateo del IR Progresivo" solo estará disponible cuando se calcule el prorrateo del IR por RCPF.

Al generar los datos a la DIRF (FINA401), los títulos del impuesto a la renta de este proveedor se enviarán a la tabla SR4-Ítems DIRF/Informe Ingreso, prorrateados según el porcentaje registrado para cada RCPF.


04. EJEMPLO DE CÁLCULO CON PRORRATEO DE IR 

Tabla progresiva:

Base de cálculo (R$)

Alícuota (%)

Cuota por deducir del IRPF (R$)

Hasta 1903,99

0%

R$ 0,00

Hasta 2.826,65

7,5%

R$ 142,80

Hasta 3.751,05

15%

R$ 354,80

Hasta 4.664,68

22,5%

R$ 636,13

Hasta 999.999,99

27,5%

R$ 869,36

Se registró el siguiente proveedor:

FOR001 - Proveedor PJ
Nombre: LOCAIMOVEIS LTDA
CGC 01.002.003/0001-01
Para este proveedor, se informó el IR Prog = Sí (A2_IRPROG) y el RCPF IR Progr = 80619067756 (A2_CPFIRP).
Además de este propietario, se tiene otro propietario, entonces, acceda al registro de "RCPF IR Progr." en "Otras Acciones", informando el porcentaje de cada RCPF:
RCPF 1: 806.190.677-56 - 60% - Nombre: José da Silva
RCPF 2: 704.371.144-49 - 40% - Nombre: María da Silva

 

Se incluyó un título por pagar con código de retención 3208 (Alquileres y royalties) por el valor de R$10.000,00 que retendrá el IR. 

El cálculo del IR (tanto en la emisión como en la baja), considerando el prorrateo del RCPF se hará según lo siguiente:

1) Código retención 3208

RCPF 1: 806.190.677-56 - Nombre: José da Silva

Ingreso: 60% de R$ 10.000,00 = R$ 6.000,00

Alícuota: 27,5%

Tributo: R$ 6.000,00 * 27,5% - Deducciones = R$ 780,64


2) Código retención 3208

RCPF 2: 704.371.144-49 - Nombre María da Silva

Ingreso: 40% de R$ 10.000,00 = R$ 4.000,00

Alícuota: 22,5%

Tributo: R$ 4.000,00 * 22,5% - Deducciones = R$ 263,87

 

En el ejemplo anterior, se generaría una TS por el valor de R$ 780,64 para el RCPF 1 el otro TX por el valor de R$ 263,87 para el RCPF 2, totalizando R$ 1.044,51.

Al generar los datos para la DIRF, se debe enviar para el RCPF 1, el ingreso de R$ 6.000,00 y retención de R$ 780,64 y para el RCPF 2, el ingreso de R$ 4.000,00 y retención de 263,87.


IMPORTANTE

Si solamente tuviera el registro del RCPF en el proveedor, se considerará el 100% para este, y se enviará la información del RCPF del campo A2_CPFIRP y el nombre del proveedor (A2_NOME) a la DIRF.

05. TABLAS UTILIZADAS

SA2- REGISTRO DE PROVEEDORES
FKJ - REGISTRO DE RCPF IR PROGRESIVO
SE2 - TÍTULOS POR PAGAR

06. OTRAS INFORMACIONES

IRRF - ALUGUEL - DIVISIÓN DE INGRESOS ENTRE BENEFICIARIOS PERSONAS FÍSICAS

IRRF - Pago de alquiler- incidencia de intereses y multa en la base de cálculo del IRRF

IRRF de autónomo con deducción simplificada (MP 1.171/2023)