Para atender la legislación IN RFB nº 1.500/2014 (posibilidad de la división de los ingresos de acuerdo con el contrato de alquiler), se puso a disposición en el Registro de proveedores (MATA020) la opción "Otras acciones → RCPF IR Progr." para que se realice el registro del prorrateo del IR progresivo por RCPF.
Por ejemplo, una inmobiliaria alquila un inmueble el cual pertenece a dos personas físicas, cada una con su porcentaje de propiedad sobre el inmueble. Es derecho de ambos propietarios, dividir el ingreso propio de este alquiler y consecuentemente el prorrateo del impuesto a la renta (siempre y cuando conste en el contrato).
Este registro de RCPF para el IR progresivo, se utilizará para el cálculo del Impuesto a la renta para cada RCPF, de acuerdo con el porcentaje de cada propietario.
Además, en el envío de datos a la DIRF (FINA401) y en el Extractor para la EFD-Reinf (ExtFisxTaf), las rutinas también verificarán si existe el prorrateo del impuesto a la renta para más de un RCPF, enviando el ingreso y el valor del tributo de cada uno. Si no existe el prorrateo entre más de un RCPF, se considerará el RCPF registrado en el proveedor (campo A2_CPFIRP) como si fuera el principal y único responsable por la retención del impuesto de renta.
Importante
Deducción de dependiente(s)
En la pantalla del Registro de RCPF IR Progresivo (Tabla FKJ) se puso a disposición la opción de informar la cantidad de dependientes que cada RCPF, por medio del campo Dependientes (FKJ_NUMDEP).
De esta manera, al realizar el cálculo de IRRF de cada propietario del inmueble, si este campo estuviera completado, se deducirá de la base de cálculo del IRRF la cantidad de dependientes multiplicado por el valor establecido en el parámetro MV_TMSVDEP.
Vea más detalles en: FIN0018_CPAG_Cálculo_de_IRRF_con_dependientes
Importante: Esta funcionalidad fue puesta a disposición por medio del paquete de Expedición continua del módulo Financiero de Marzo/2025.
4. Al grabar el título, la generación de los títulos del IR será proporcional, es decir, se generará 1 TX de IR para cada RCPF informado anteriormente.
4. Al grabar el documento de entrada, la generación de los títulos de IR será proporcional, es decir, se generará 1 TX de IR para cada RCPF informado anteriormente.
4. Al grabar la baja del título, se generarán los títulos del IR proporcional para cada RCPF, es decir, se generará 1 TX del IR para cada RCPF registrado.
Importante
Si se informara un código de retención que no pertenece al parámetro MV_RETIRRT, los títulos por pagar se incluirán en el prorrateo, es decir el 100% del valor se retendrá para el referido proveedor sin tomar en consideración sus registros en la tabla FKJ (REGISTRO DE RCPF IR PROGRESIVO).
Observaciones
La opción "Prorrateo del IR Progresivo" solo estará disponible cuando se calcule el prorrateo del IR por RCPF.
Al generar los datos a la DIRF (FINA401), los títulos del impuesto a la renta de este proveedor se enviarán a la tabla SR4-Ítems DIRF/Informe Ingreso, prorrateados según el porcentaje registrado para cada RCPF.
Tabla progresiva:
Base de cálculo (R$) | Alícuota (%) | Cuota por deducir del IRPF (R$) |
---|---|---|
Base de cálculo (R$) | Alícuota (%) | Cuota por deducir del IRPF (R$) |
Hasta 1903,99 | 0% | R$ 0,00 |
Hasta 2.826,65 | 7,5% | R$ 142,80 |
Hasta 3.751,05 | 15% | R$ 354,80 |
Hasta 4.664,68 | 22,5% | R$ 636,13 |
Hasta 999.999,99 | 27,5% | R$ 869,36 |
Se registró el siguiente proveedor:
FOR001 - Proveedor PJ
Nombre: LOCAIMOVEIS LTDA
CGC 01.002.003/0001-01
Para este proveedor, se informó el IR Prog = Sí (A2_IRPROG) y el RCPF IR Progr = 80619067756 (A2_CPFIRP).
Además de este propietario, se tiene otro propietario, entonces, acceda al registro de "RCPF IR Progr." en "Otras Acciones", informando el porcentaje de cada RCPF:
RCPF 1: 806.190.677-56 - 60% - Nombre: José da Silva
RCPF 2: 704.371.144-49 - 40% - Nombre: María da Silva
Se incluyó un título por pagar con código de retención 3208 (Alquileres y royalties) por el valor de R$10.000,00 que retendrá el IR.
El cálculo del IR (tanto en la emisión como en la baja), considerando el prorrateo del RCPF se hará según lo siguiente:
1) Código retención 3208
RCPF 1: 806.190.677-56 - Nombre: José da Silva
Ingreso: 60% de R$ 10.000,00 = R$ 6.000,00
Alícuota: 27,5%
Tributo: R$ 6.000,00 * 27,5% - Deducciones = R$ 780,64
2) Código retención 3208
RCPF 2: 704.371.144-49 - Nombre María da Silva
Ingreso: 40% de R$ 10.000,00 = R$ 4.000,00
Alícuota: 22,5%
Tributo: R$ 4.000,00 * 22,5% - Deducciones = R$ 263,87
En el ejemplo anterior, se generaría una TS por el valor de R$ 780,64 para el RCPF 1 el otro TX por el valor de R$ 263,87 para el RCPF 2, totalizando R$ 1.044,51.
Al generar los datos para la DIRF, se debe enviar para el RCPF 1, el ingreso de R$ 6.000,00 y retención de R$ 780,64 y para el RCPF 2, el ingreso de R$ 4.000,00 y retención de 263,87.
Si solamente tuviera el registro del RCPF en el proveedor, se considerará el 100% para este, y se enviará la información del RCPF del campo A2_CPFIRP y el nombre del proveedor (A2_NOME) a la DIRF.
SA2- REGISTRO DE PROVEEDORES
FKJ - REGISTRO DE RCPF IR PROGRESIVO
SE2 - TÍTULOS POR PAGAR
IRRF - ALUGUEL - DIVISIÓN DE INGRESOS ENTRE BENEFICIARIOS PERSONAS FÍSICAS
IRRF - Pago de alquiler- incidencia de intereses y multa en la base de cálculo del IRRF
IRRF de autónomo con deducción simplificada (MP 1.171/2023)