¿Es la primera vez que generará la DIRF?

Si la respuesta es positiva, le recomendamos que vea la siguiente presentación; disponible en PPT con 38 diapositivas que explican los registros necesarios y también el paso a paso para la generación - Workshop DIRF Financiero

La DIRF se genera por medio del módulo Gestión de personal - GPE, sin embargo, el módulo Financiero tiene información pertinente para las facturas (Por medio de la rutina FINA401 - Genera datos para DIRF), y se graban en las tablas SRF y SR4 en el módulo GPE, para componer el archivo


¿Es exactamente en el módulo Financiero?

El módulo Financiero dispone de información para ejecutar la rutina FINA401 (Genera datos para DIRF) y en los datos necesarios para las facturas que deben enviarse a la DIRF, a partir de la cumplimentación de las tablas SRF y SR4.


¿Qué es lo que no hace en el Financiero?

El layout del archivo de la DIRF, así como la generación del archivo que se enviará al Fisco (Receita Federal), es soportado por el equipo de Gestión de personal/Recursos humanos.

  

Principales puntos de duda.

¿Qué es DIRF?
DIRF - Declaración del Impuesto de Renta Retenido en la Fuente - es la declaración realizada por la EMPRESA, con el objetivo de informar al Fisco de Brasil (Secretaria da Receita Federal do Brasil), el valor del impuesto de renta y/o aportes retenidos en la fuente, de los rendimientos pagados o acreditados para sus beneficiarios.


Cómo deben estar grabados los títulos:

Título del tipo factura (título ORIGINAL)

Campo “¿Genera Dirf para este título?” (E2_DIRF) el contenido debe ser 2.

Campo “Código de retención” (E2_CODRET), debe estar informado.

Campo “Título principal del impuesto” (E2_TITPAI), debe estar en blanco.


Título del tipo TX (título de impuesto)

Campo “¿Genera Dirf para este título?” (E2_DIRF) el contenido debe ser 1.

Campo “Código de retención” (E2_CODRET), debe estar informado.

Campo “Título principal del impuesto” (E2_TITPAI), debe estar cumplimentado con los datos del título principal.

En el registro de Proveedor el campo CGC/CPF (A2_CGC) tiene que estar informado con el CNPJ del proveedor.


En el Documento de entrada

En la inclusión por el documento de entrada (MATA103) Rutina del documento de entrada, generalmente no existe el campo para informar que genera DIRF y el código de retención, para que se permita completar el parámetro MV_VISDIRF debe modificarse a 1 (Habilitado). Los campos para cumplimentación después de la modificación del parámetro, aparecerán dentro de la rutina Documento de entrada en la solapa “Impuestos” , Subsolapa “DIRF”.


DIRF es por empresa (Matriz)

Empresas con varias sucursales:

SE2 Exclusivo: Ejecutar sucursal por sucursal

SE2 Compartido: Ejecutar por la sucursal 01

ATENCIÓN: No hay verificación del campo E2_FILORIG para estos casos.

Parámetros en la generación (FINA401):

Considera fecha (MV_PAR01)

Es imprescindible que la DIRF se genere para el Año

Ejemplo: Calendario (Período del 01/01/2014 al 31/12/2014):

Seleccione la fecha que debe considerarse para la generación de los datos. Si se selecciona Emisión digita, el sistema considerará el Período de emisión (E2_EMIS1) incluido entre la fecha  inicial y la fecha final informada e igual con la Fecha de vencimiento(E2_VENCTO), Vencimiento real(E2_VENCREA) y Emisión real(E2_EMISSAO). Si la pregunta Considera fecha se marca con la opción Fch Baja, el sistema filtrará inicialmente los títulos con el campo E2_BAIXA dentro del período informado en los campos DE FECHA/A FECHA

Para títulos que no se hayan bajado (E2_BAIXA en blanco), el sistema considerará este mismo período, pero aplicado a la Fecha de emisión (E2_EMIS1). De tal manera que ninguna información obligatoria para la DIRF se suprima por un “gap” de parametrización.

ATENCIÓN: De acuerdo con el parecer de nuestra consultoría jurídica, todos los títulos deben considerarse, aunque no se hayan bajado.


ATENCIÓN: Las preguntas “DE FECHA” y “A FECHA” (MV_PAR02, MV_PAR03) que permiten la generación de los archivos de cálculo de la DIRF por período diferente del mencionado anteriormente, solamente sirven para datos aislados de un determinado período, es decir, solamente para verificación.


Tipo de proveedor (MV_PAR04)

Seleccione el tipo de proveedor que se considerará en la generación. Solamente se considerarán los títulos de los proveedores registrados, como el tipo de persona seleccionado en esta pregunta para la generación de los datos. 

«Deben presentar la Declaración del Impuesto de Renta Retenido en la Fuente (DIRF) las personas jurídicas y físicas, que hayan pagado o acreditado rendimientos que tengan retención del impuesto de renta en la fuente, aunque sea en un único mes del año calendario a que se refiera la declaración:

  • establecimiento de personas jurídicas de derecho privado y público;
  • empresas individuales;
  • otros.”                                                     

Verifica fecha (MV_PAR05)

¿Verifica fecha? = TÍTULO PRINCIPAL

Aunque la opción de generar por el “TÍTULO DE IMPUESTO” esté disponible en la rutina, no consta como mecanismo válido en la generación de la DIRF en ninguna documentación oficial (Fisco).  


¿Central en la sucursal? (MV_PAR06)

Informe la sucursal centralizadora de la DIRF, si no se informa ninguna sucursal, la DIRF se generará con el CNPJ de la sucursal actual.                          

SE2 Exclusivo: Ejecutar sucursal por sucursal

SE2 Compartido: Ejecutar por la sucursal 01


ATENCIÓN: No hay verificación del campo E2_FILORIG para estos casos.


¿Generar log de procesamiento?(MV_PAR07)

¿Generar log de procesamiento? = Sí

Al seleccionar generar el log, es posible evaluar todos los títulos que conforman cada mes generado en la rutina Mantenimiento de archivo (tabla SR4).

Después del procesamiento: Archivo .csv generado en \SYSTEM\DIRF


¿Considera fecha PCC? (MV_PAR08)

Seleccione la fecha referente a los títulos de Pis/Cofins/Csll que deben considerarse para la generación de los datos. Si se selecciona Emisión, el sistema considerará el período de Emisión incluido entre la Fecha inicial y la Fecha final informada, así como también, la Fecha de vencimiento, Vencimiento realFecha de la baja y Emisión real

Si aún no se realizaron las bajas de estos títulos, estos no se enviarán a la DIRF.                 

Considera Fecha = Emisión, Emisión real, Vencimiento y Vencimiento real

Verifica fecha = Tít. Impuesto

Se trata de una variación determinada por la legislación, es decir, solamente está disponible para verificación y visión de gestión.

¿Selecciona sucursales?(MV_PAR09)

Empresas con varias sucursales:

SE2 Exclusivo: Ejecutar sucursal por sucursal

SE2 Compartido: Ejecutar por la sucursal 01

ATENCIÓN: No hay verificación del campo E2_FILORIG para estos casos.


¿Mensaje de reprocesar?

Procesamiento: Mientras los títulos no se procesen por medio de la rutina de DIRF ni una sola vez, el campo E2_DTDIRF estará en blanco.

Reprocesar = Sí, los registros del SR4 se borrarán y la fecha E2_DTDIRF se limpiará.

Reprocesar = No, se considerarán los registros que aún no se procesaron alguna vez.


¿Puedo hacer mantenimiento en la información generada por el Financiero en la SR4?

Sí, pero esto puede realizarse en el módulo Gestión de persona (rutina GPEM560 – Mantenimiento de archivo)


Para residente en el exterior, ¿cómo debo realizar el registro del proveedor? 

Para instrucciones de registro de proveedor residente en el exterior, debe accederse al enlace: FIN0070_CPAG_DIRF_Proveedor_residente_exterior


¿Puntos de entrada?
Algunas informaciones no se generan actualmente en la tabla SR4, porque entendemos que no hay ley o lugar donde esté determinando esto. Para ello, existen puntos de entrada que pueden utilizarse para este fin. A continuación se mencionan algunos enlaces para acceso:  

FA401QRY-> Modifica condiciones del select de la query - 11991 

LF401GRV → Considera determinados registros del SE2