Para el Registro Contable Digital (ECD) debe existir como mínimo, dos firmantes: la persona física, que de acuerdo con los documentos archivados en el Registro Comercial, tiene poderes para la prática de tal acto y el contador.

De esta manera, deben utilizarse solamente certificados digitales e-PF o e-RCPF, con seguridad mínima tipo A3. No existe límite para la cantidad de firmantes. Los contadores deben firmar por último.

.