CONTENIDO

01. VISIÓN GENERAL

Disponible en la rutina Resoluciones Normativas (MATA950) la generación del archivo magnético para entrega de la Declaración de cálculo e información del ICMS – DAPI.

El programa disponible en el sistema trata exclusivamente de las informaciones referentes a las facturas referentes a las mercaderías que hayan entrado o salido del establecimiento con incidencia del ICMS.


A quién se destina

A los contribuyentes del ICMS del Estado de San Pablo

Objetivo

Hacer más ágil la entrega de la Declaración de cálculo e información del ICMS.

Plazo de entrega

Anual, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Normativa vigente.

Vigencia

Mensual

Aplicación puesta a disposición por el fisco

DAPISEF

Legislación considerada

http://www.fazenda.mg.gov.br/empresas/declaracoes_demonstrativos/dapi/legislacao/

02. PROCEDIMIENTO PARA UTILIZACIÓN


Procedimiento de implementación

Copie en el directorio \SYSTEM el archivo de configuración DAPIMG.INI

Procedimiento de configuración

  1. En el Configurador (SIGACFG), acceda a la Base de datos/ Diccionarios/ Base de datos, verifique el siguiente parámetro y créelo, si no existiera:

Ítems/Carpetas

Descripción

Nombre

MV_DAPIC04

Tipo

Carácter

Cont.   Por.

<definido por el cliente>

Descripción

CFOP, además del estándar, que deben considerarse en la columna 04 cuando la situación tributaria sea Otras (90) – DAPI SEF.

Ejemplo

1551/1556/

Importante

Si el parámetro no existe, se asumirán los CFOP 1551/ 1556/ 2551/ 2556/ 1406/ 2406/ 1301/ 1302/ 1303/ 1304/ 1305/ 1306 como estándar.

Con respecto al Registro de TES, es obligatoria la cumplimentación del campo Situación tributaria del ICMS (F4_SITTRIB).

La atribución del Libro Fiscal de ICMS (F4_LFICM) debe ser coherente en la relación entre estos campos, es decir, si el campo Libro Fiscal de ICMS (F4_LFICM) estuviera atribuido como EXENTO, el campo Situación tributaria del ICMS (F4_SITTRIB) debe estar cumplimentado con el contenido 40 (Exenta)41 (No tributada) o con algún código que corresponda a la respectiva situación.

Procedimiento de utilización



  1. En el Registro de empresas, observe la cumplimentación de los siguientes campos, en las respectivas carpetas:

    Carpeta Datos del registro
    Campo Inscripción - Complete con un número de Inscripción Estatal válido del Estado de Minas Gerais.

    Carpeta Complementos
    Campo Cód. CNAE - Complete con un código de actividad válido y actualizado, de acuerdo con la lista de CNAE puesta a disposición por la aplicación validadora DAPIsef.

En el entorno Libros Fiscales (SIGAFIS) acceda a Miscelánea/ Arch. Magnéticos/ Resol. Normativas (MATA950) y configure los parámetros de la rutina de acuerdo con lo indicado a continuación:

¿Fecha inicial?
Informe la fecha inicial para procesamiento de la Resolución Normativa.

¿Fecha final?
Informe la fecha final para procesamiento de la Resolución Normativa.

Resol. Normativa
Informe el nombre del archivo de configuración sin la extensión .INI. Para este medio magnético, informe DAPIMG.

Arch. Destino
Informe el nombre del archivo donde se generará la información. DAPI.TXT.

Directorio
Informe el nombre del directorio donde se grabará el archivo texto generado.

Selecciona sucursales
Informe si desea seleccionar las sucursales que se procesarán. Al informar “No”, sólo se considerará la sucursal actual; al informar “Sí”, el sistema muestra una pantalla para la selección de las sucursales que desea considerar.


Después de la confirmación de estos parámetros, el programa muestra una pantalla con los parámetros específicos de la DAPI, que deben completarse de acuerdo con las siguientes orientaciones:


¿Modelo de la DAPI-MG?
Seleccione el modelo de la DAPI que se procesará.

¿DAPI con movimiento?
Seleccione Sí, si no existe movimiento para el período procesado.

¿DAPI Sustitución?
Seleccione Sí, en el caso que la DAPI sea para sustituir una anterior.

¿Separación CAE?
Informe la separación del CNAE-F, de acuerdo con la tabla de separación de la DAPI (disponible en el cuadro de inclusión Actividad Económica de Declaraciones de la DAPISEF).

¿Tipo de régimen?
Informe el régimen de recaudación, de acuerdo con la lista de regímenes de la DAPI (disponible en el cuadro de inclusión Otras informaciones de declaraciones de la DAPISEF).

¿Régimen especial?
Seleccione Sí, si la declaración está bajo régimen especial de fiscalización.

¿Optante FUNDESE?
Seleccione Sí, si el contribuyente fuera optante FUNDESE.

¿Movimiento de café?
Seleccione Sí, si la declaración tiene movimiento con café.

¿Arch. Cálculo Ant.?
Informe el nombre del archivo de cálculo del período anterior o digite AUTO para que el sistema encuentre el cálculo del período anterior con base en la Fecha inicial.

¿Cons. Sucursal?
Opción que consolida las sucursales con la misma raíz del RCPJ. (Si las sucursales no fueron seleccionadas en la pregunta ¿Selecciona sucursales?, se muestra la pantalla para selección).

¿Imprime mapa resumen?
Seleccione la opción Sí, si se trata de comprobante fiscal con reducción de base de cálculo de ICMS.

¿Número de empleados?
Informe el número de empleados en el último día del período.

¿Valor de la planilla de haberes?
Informe el valor de la planilla de haberes.

¿Valor adeudado COFINS?
Informe el adeudado al COFINS.

¿Energía eléctrica consumida?
Informe la energía eléctrica consumida en el período (en Kwh).

¿Fch Límite p/ Régimen especial?
Seleccione la fecha límite para el pago de impuestos en régimen especial.

¿Incentivo a la puntualidad?
Término de aceptación para deducción del incentivo a la puntualidad - CUADRO IX - OBLIGACIONES DEL PERÍODO

¿Cód. Ajuste Cálc. ICMS?
Código de ajuste informado manualmente en las deducciones del cálculo de ICMS. La utilización de este campo prevé la aceptación del campo anterior (Término de aceptación) - CUADRO IX - OBLIGACIONES DEL PERÍODO


Verifique los parámetros y confirme.

Después de confirmar los parámetros, el sistema muestra una pantalla referente a la configuración de los parámetros de impresión. Configure para imprimir y confirme. Al final del procesamiento, se imprime un Listado de seguimiento de los registros generados y se generado el archivo en el layout de importación de la DAPI.



Importante

Las informaciones sobre “Número de empleados”, “Valor de la planilla de haberes”, “Valor adeudado Cofins” y “Energía eléctrica consumida”, conforman el CUADRO XI – INFORMACIONES ECONÓMICAS.

Particularidades

El procesamiento de la DAPI se realiza por medio de los ítems de facturas de entrada y salida, simulando el registro fiscal. Sin embargo no todos los ítems se procesarán, ya que existe un grupo de CFOP que debe ser considerado por la DAPI. De esta manera, si en la base de datos existieran ítems con CFOP que no estén comprendidos en este grupo de CFOP, no se considerarán.

Si el campo Libro Fiscal de ICMS (F4_LFICM) del Registro de TES estuviera atribuido como N (No), los ítems que utilicen este TES no se considerarán en el procesamiento.

La verificación de la DAPI puede realizarse con el Libro de cálculo de ICMS – Modelo P9 (Informes oficiales/Reg.Cálc.ICMS).

Importación del archivo formateado previamente

Para el procedimiento de importación y validación del archivo formateado previamente es necesario que se efectúe el registro del responsable y del contribuyente en la aplicación DAPISEF, puesto a disposición por el fisco, conteniendo la misma información perteneciente al Registro de empresa (SM0).

Después del registro del responsable y del contribuyente, basta seleccionar las opciones Importación/ Archivo texto [GERADAPI] / Continuar y seleccionar el archivo formateado para importación.


03. TIPOS DE REGISTROS GENERADOS

00 – Identificación del contribuyente

  • Información de la declaración (ítem I).
  • Información del contribuyente (ítem II).
  • Información del responsable (ítem III).

10 – Operaciones/Prestaciones

El Registro principal se compone de las siguientes informaciones:

  • Informe de las operaciones y prestaciones de entrada (ítem IV).
  • Informe de las operaciones y prestaciones de salida (ítem V).
  • Informe de otros créditos/débitos (ítem VI).
  • Cálculo de ICMS en el período (ítem VIII).
  • Obligaciones del período (ítem IX).
  • Informaciones económicas

20 – Detalle de Créditos recibidos

Este registro está compuesto de la siguiente información:

  • Detalle de las facturas de créditos recibidos en transferencia (ítem VI).

21 – Detalle de Créditos transferidos

Este registro está compuesto de la siguiente información:

  • Detalle de las facturas de créditos transferidos (ítem VI).

22 – Detalle de Reversión de débitos

Este registro está compuesto de la siguiente información:

  • Detalle de las facturas de reversión de débitos.

Para inclusión de la justificación del registro de los documentos de reversión de débito en el registro R22, campo 90:

  1. Se utilizará la justificación informada en el campo Mens.p/ Factura (F1_MENNOTA) en la rutina Documento de entrada , si esta no se hubiera informado seguirá a la siguiente regla:

  2. Se utilizará la justificación informada en el campo Desc. Compl. (CDT_DCCOMP) en la rutina Factura manual de entrada, Complementos, Informaciones complementarias (MATA910),  si esta no se hubiera informado seguirá a la siguiente regla:

  3. Se utilizará la justificación informada en el campo Cód Observ (F4_CODOBSE) del registro de TES en la cual se refiere la rutina de Información complementaria (MATA996) campo Descripción (CCE_DESCR).

    Importante

    Las reglas 2 y 3 no funcionarán si se utilizara el módulo TMS - Gestión de transporte y se habilitara el parámetro MV_INTTMS.

23 – Detalle de deducciones - Campo 98 de la DAPI

Este registro está compuesto de la siguiente información:

  • Incentivo a la cultura. (No considerado)
  • Compensación de crédito entre establecimientos de la misma empresa. (Contemplado)
  • Incentivo al deporte. (No considerado)

24 – Detalle de compensación de saldo entre establecimientos de la misma empresa da DAPI 01

Este registro está compuesto de la siguiente información:

  • Detalle de las facturas de Transferencia de créditos.

    Para generación del detalle de compensación de Saldo entre establecimientos se considerarán las siguientes reglas: 
    Efectuar una Factura de entrada de transferencia de crédito, en el mes subsiguiente al período de referencia, en Valor del crédito. (FIS00013_Factura_de_transferencia_de_crédito/débito_de_ICMS)
    Configurar el TES con el Código fiscal (F4_CF) 1602.
    Efectuar un registro de Deducción en el cálculo de ICMS donde el código del subítem informado sea
    "012.12”.

29 – Detalle de Reversión de crédito  - Campo 95

  • Para la generación de la línea 095 – Reversión de créditos se considerarán las siguientes reglas:
  • Emisión de Facturas de salida con código de registro de Reversión de crédito
  • Para enviar como motivo “01 - Reversión de crédito resultante de Recomposición fiscal” debe haber un registro en el cálculo de ICMS donde el código del subítem se informe como “003.01”.


    Importante

     Para el motivo 01 el validador solicita que se envíe el campo Acto de infracción. En este caso se generarán en el archivo 13 posiciones con CEROS, y cabe al usuario informar el valor correcto en el propio validador.

    • Para enviar como motivo “02 - Otras reversiones de créditos” debe haber un registro en el cálculo de ICMS donde el código del subítem se informe como “003.02”.
    • Para enviar como motivo “03 - Reversión de crédito TTD” debe haber un registro en el cálculo de ICMS donde el código del subítem se informe como “003.03”.
    • Para enviar como motivo “04 - Reversión de crédito subcálculo – Devolución” debe haber un registro en el cálculo de ICMS donde el código del subítem se informe como “003.04”.
    • Para enviar como motivo “05 - Reversión de crédito artículo 73 RICMS” se considerará el valor de la línea “031 – Reversión de crédito”, junto con la información de las facturas de entrada, donde el campo Val Rev Créd (D2_ESTCRED) sea mayor que cero. Cabe resaltar que para generar el valor de Reversión de crédito el campo % Rev Cr/Déb (F4_ESTCRED) debe estar debidamente completado.


080 e 081 - Devolución/Otros créditos

  • Para la generación del registro referente a Devolución/Otros créditos (línea 080/081) para factura de resarcimiento utilizar el CFOP 1603, los valores se generan del D1_TOTAL.

082 - ICMS sustitución tributaria por pagar

  • Será automáticamente completado por el programa, si el saldo fuera deudor y corresponda al resultado de la sustracción del valor que consta en el campo 77, de los valores que constan en los campos 78, 79, 80 e 82.1.     

126 - Corresponde al 77.1 - Valor del complemento del ICMS ST + FEM - Aspecto cuantitativo

  • Para la generación del registro referente al Valor del complemento del ICMS ST + FEM (línea 126) el código del subítem debe completarse con 002.01 en el Cálculo de ICMS.

119 - Corresponde al 82.1 Reversión del FEM - agregado al ICMS ST

  • Para la generación del registro referente al Valor del complemento del ICMS ST + FEM (línea 119) el código del subítem debe completarse con 008.01 en el Cálculo de ICMS.

128 - Corresponde al 82.2 - FEM informativo ,Valor del complemento del FEM agregado al débito del ICMS ST

  • Para la generación del registro referente al Valor del complemento del ICMS ST + FEM (línea 128) el código del subítem debe completarse con 008.01 en el Cálculo de ICMS.


Para la perfecta integridad de los datos, es necesario que el registro se haya efectuado correctamente, atendiendo todas las especificaciones de Operaciones exentas, No tributadas, entre otras, de acuerdo con el Reglamento del ICMS del Estado de Minas Gerais.


Para la correcta identificación de los registros referentes a Otros Créditos/Débitos, el cálculo de ICMS debe obedecer las siguientes reglas:

Otros débitos

  • Para la generación del registro referente a los Créditos transferidos(línea 073 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 002.73 en el Cálculo de ICMS. El detalle de las facturas referente a este registro se genera automáticamente, de acuerdo con la configuración del TES. Para la identificación de una factura de transferencia de débito, se verifica el campo Déb/Crd. (F4_TRFICM) (si fuera igual a , la factura se considera como de transferencia). Después de la importación del detalle de las facturas, este puede modificarse en la aplicación de la DAPISEF.
  • Para la generación del registro referente a Otros(línea 074 de la aplicación DAPISEF), el código en el Cálculo de ICMS debe completarse con 002.74.
  • El registro referente al Pago para fines de Anticipación del ICMS ST (línea 108 de la aplicación DAPISEF) se genera con base en elCálculo de ICMS, línea 046, de la carpeta Informaciones complementarias.
  • Para la generación del registro referente a Otros (campo 109) referente al pago para fines de anticipación del ICMS (código tributación 00 - tributado integralmente), de acuerdo con la configuración del registro de TES para ICMS Pagado anticipado (F4_ANTICMS).

Otros créditos

  • Para la generación del registro referente al Crédito cobrado en transferencia (línea 066 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 002.66 en el Cálculo de ICMS. El detalle de las facturas referente a este registro se genera automáticamente, de acuerdo con la configuración del TES. Para la identificación de una factura de transferencia de crédito, se verifica el campo Trf.Déb/Crd. (F4_TRFICM) (si fuera igual a , la factura se considera como de transferencia). Después de la importación del detalle de las facturas, este puede modificarse en la aplicación de la DAPISEF.
  • Para la generación del registro referente al Crédito previsto (línea 067 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 006.67 en el Cálculo de ICMS.
  • Para la generación del registro referente al Crédito extemporáneo (línea 068 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 006.68 en el Cálculo de ICMS;
  • Para la generación del registro referente a la Diferencia de alícuota (línea 069 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 006.69 en el Cálculo de ICMS;
  • Para la generación del registro referente a Otros (línea 071 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 006.71 en el Cálculo de ICMS.
  • Para la generación del registro referente al Resarcimiento de ICMS/ST (línea 070 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 007.70 en el Cálculo de ICMS.

    La generación de la línea 070 debe efectuarse por medio de los códigos de registro del cálculo, que pueden obtenerse e importarse en el sistema por medio del sitio del Sped Fiscal, Opción Tablas de códigos. El procedimiento paso a paso para su utilización está en el boletín técnico APUICM - Cálculo de ICMS - MATA953 - Fiscal - P12

Devolución/Otros créditos - Para atender el Decreto 47.547

  • En la hipótesis en la que hubieran valores por restituir y complementar, el contribuyente debe declarar estos valores en el DAPI, que es una declaración utilizada por las empresas.

    Recordando que estas facturas no tienen cálculo de ICMS, por tratarse de un valor de resarcimiento o complemento al final del período, con base en el Cálculo de resarcimiento  MG - FISA202.

    Configurar la TES de Salida y Entrada con los campos:

    Fisc. ICMS = Z - ICMS en cero
    Fórmula - Configurar con Resarcimiento o Complemento
    Agrega Solid = N - No
    Icms Observ. = 1- SÍ

    Solid. Obs     = 1 - SÍ



Para la correcta identificación de los registros referentes a las Obligaciones del período correspondiente al cálculo de ICMS/ST, debe obedecer la siguiente regla:

Otros Débitos / ST

  • Para la generación del registro referente al Servicio de transporte de responsabilidad del remitente (línea 103 de la aplicación DAPISEF), el código del subítem debe completarse con 002.02 en Otros débitos en el Cálculo de ICMS/ST. El detalle de las facturas referente a este registro se genera automáticamente, de acuerdo con la configuración del TES. Para más información sobre cómo configurar la TES, para generar automáticamente este valor, acceda al Portal del cliente y consulte el boletín técnico Crédito previsto y Sustitución tributaria – Transportes - MG. Después de la importación del detalle de las facturas, este puede modificarse en la aplicación de la DAPISEF.

    Importante

    Para la generación del registro referente a la línea 085 de la DAPIMG, la referida TES debe tener el campo Solid. Obs (F4_OBSSOL) completado  = 1 - , recibiendo de esta manera información del campo Base de retención ICMS (D1_BRICMS)

    Para la generación del registro referente a la línea 086 de la DAPIMG, la referida TES debe tener el campo Solid. Obs (F4_OBSSOL) completado  = 1 - , recibiendo de esta manera información del campo Valor del ICMS Solidario (D1_ICMSRET).

    Para la generación del registro referente a la línea 090 de la DAPIMG - Reversión de débitos, la referida TES debe tener una alícuota de reversión de débito/crédito completada. Las facturas de salida deben ser emitidas por medio de un pedido de ventas y el campo Mensaje Factura debe informarse para formar parte de la justificación en el Sistema de la DAPIMG.

    Para la generación del registro referente a la línea 103 de la DAPIMG, el Valor del CRÉDITO PREVISTO TRANSP. ART.75, RICMS/02 generado en el Cálculo con código del subítem = 007.01 se descuenta del valor generado en el subítem 002.02 - ICMS SERVICIO DE TRANSPORTE/ST.

    Ejemplo:
    002.02 – ICMS SERVICIO DE TRANSPORTE/ST – R$ 150,00
    007.01 – CRÉDITO PREVISTO TRANSP. ART.75, RICMS/02 – R$ 30,00
    Línea 103 de la DAPISEF = 150,00 – 30,00= R$ 120,00

    Para la generación del registro referente a la línea 106 de la DAPIMG, se suman los valores de las columnas 03 y 04, líneas 042.

    Para la generación del registro referente a la línea 110 de la DAPIMG, se totalizan los valores de la línea
    106.


04. INFORMACIÓN TÉCNICA


  • Otras informaciones

    Tablas

    SD1 - Ítems de las facturas de entrada

    SD2 - Ítems de las facturas de salida

    SF1 – Encabezado de las facturas de entrada

    SF2 – Encabezado de las facturas de salida

    SF4 - Registro de TES

    Funciones involucradasMATA950 - Resoluciones normativas