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Debe registrarse la opción de desgravación de impuestos en Impuestos variables, para que se pueda calcular y gravar las alícuotas y valores en los libros fiscales, por medio del campo Porcentaje de desgravación.



Definición de la Ley

El gobierno, a cualquier momento, puede permitir la desgravación de las alícuotas para los impuestos de retención y percepción de una empresa.


Procedimiento de utilización

1. En el módulo Libros fiscales, opción Actualizaciones\Archivos\Factura de entrada complete los parámetros de la rutina.

2. Posteriormente, configure una alícuota de desgravación en Archivo de impuestos variables.

3. En el momento de la inclusión de la factura se realizará el cálculo y el impuesto se gravará junto con la alícuota en los libros fiscales.