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El anexo técnico 1.9, que forma parte esencial de la resolución Resolución 000165 de 01-11-2023, debe ser implementado de manera obligatoria por los emisores de facturas electrónicas a partir del 2 de febrero de 2024. Se otorga plazo hasta dicha fecha para que realicen las adecuaciones necesarias en sus sistemas de información, cumpliendo con lo establecido en esta resolución, a continuación se informan los cambios mas relevantes.
Aviso | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Debido a que se aplazó la obligatoriedad del Anexo 1.9 para el 01 de Mayo de 2024, se activó el parámetro MV_ANEXO19, para activar la funcionalidad, el cual deberá ser configurado con el valor .T.. Para tener activo el parámetro se deben tener en el repositorio las siguientes rutinas, con fecha igual o superior:
Creación del parámetro en la tabla SX6 - Parámetros: Ajustes en el Estructura del XML de Facturas de Exportación:
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5.1 Generales
- Separación de catálogos del anexo técnico
- Se elimina el redondeo al total de impuesto a nivel de detalle y total para facturas, notas crédito y débito.
- Se elimina la regla de 10 días posterior e inferior a la fecha y se ha incorporado una nueva regla de rechazo.
- Medios de pago.
- Nombre o razón social del emisor debe coincidir al informado en el RUT.
- Se crea el tipo de documento PPT.
- Factura de exportación.
- Nuevos tipos de operación.
- Cambios incorporados en las notas crédito.
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