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Por medio de esta rutina es posible definir cuál será el código del ingreso se utilizará en el Formulario Nacional de Pago de Tributos Estatales/Prov/Reg (GNRE).
Durante el proceso de grabación de la GNRE de los tributos genéricos, se solicitará el encuadramiento del código del ingreso. Con base en la definición del usuario, es posible definir códigos de ingresos por modelo de documento y Estado/Prov/Reg, y no es necesario ningún otro tipo de vínculo en el configurador de tributos.
En este registro debemos completar la siguiente información:
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Referencia (CJ6_REF): Intervalo de referencia. Ej.: Mensual, 1ª Quincena, 2ª Quincena, etc.
Codigo de obligación por pagar (CJ6_COBREC): Código de obligación por pagar.
Aviso | ||
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A partir de la release 12.1.2310 o si el entorno 12.1.33/12.1.2210 se actualice con el paquete de expedición acumulado de enero de 2024, estará disponible una nueva opción en el campo Código de obligación por pagar (CJ6_COBREC). Esta solución también considera la implementación y cumplimentación automática del campo “Código de obligación por pagar”. |
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Sección Mensajes, completar con la información de mensajes que se utilizarán en los registros 0460, C195 y C197.
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Siga los pasos siguientes para realizar las configuraciones de cómo utilizar el registro de Regla de ajuste
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Registrar el tributo
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Registrar las reglas de NCM
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Aviso | ||
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El campo CJA_VLOUTR grabará en la Tabla CDA en el campo CDA_VLOUTR , este campo en la CDA es exclusivo en el Configurador de tributos. Esta grabación en la CDA se realiza de forma automática, teniendo como premisa configurar en la regla de Código de ajuste de registro cómo se entenderá el valor de ICMS pra llevar en el Registro C197, si en el campo Valor o en el campo ICMS Otros. Recordando que este proceso es totalmente independiente de las configuraciones realizadas en el flujo del Legado, utilizando registro de reflejo vs. campo Vl REG 197. |
Descripción | Grabación de la CDA | Origen de las informaciones |
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Cód. Msj Desc. Reg. 0460 | CDA_TXTDSC | CJA_TXTDSC |
Cód. Msj Complementario | CDA_CODCPL | CJA_CODCPL |
Cód. Msj Registro | CDA_CODMSG | CJA_CODMSG |
Considera Valor ICMS Otros | CDA_VLOUTR | CJA_VLOUTR |
Regla de cálculo | CDA_REGCAL | CJA_REGCAL |
Opción de selección Base | CDA_OPBASE | CJA_NFBASE |
Opción de Alícuota | CDA_OPALIQ | CJA_NFALIQ |
Agrupa Cód. Registro | CDA_AGRLAN | CJA_GERMSG |
Sección Mensajes, completar con la información de mensajes que se utilizarán en los registros 0460, C195 y C197.
Siga los pasos siguientes para realizar las configuraciones de cómo utilizar el registro de Regla de ajuste
Registrar el tributo
Registrar las reglas de NCM
Registrar el código de situación tributaria
Regla de base de cálculo
Ejemplo base de ICMS
Ejemplo base de ICMS Exento vía Fórmula.
La regla TRIB03 creada con ICMS Exento, se utilizó en el registro de ajuste de registro y se mostrará en la SOLAPA de Registro de la planilla financiera. Esta regla tiene por objeto calcular los valores necesarios para mostrarse en los Registros indicados.
Aviso | ||
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El Código de regla tributaria informado en el registro de Ajuste de registro en el campo CJA_REGCAL, debe ser una regla creada por el cliente, de acuerdo con la necesidad y el entendimiento sobre el registro utilizado. |
Este registro tiene como objetivo definir cómo deben generarse los títulos financieros del cálculo de los tributos genéricos, vinculando una regla de título financiero a un impuesto por medio de los campos:
Tributo: En este campo definimos el tributo que se procesará en el cálculo de los tributos genéricos y necesita generar el título financiero, con el saldo deudor del cálculo.
Regla de título: En este campo informamos la regla del título que se ejecutará en el cálculo, en el momento de la generación del título financiero. Para más información sobre cómo registrar la regla financiera consulte https://tdn.totvs.com/x/NBu9Gg
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Este registro tiene como objetivo definir cómo deben mostrarse y calcularse los valores de los tributos genéricos en el cálculo de los tributos genéricos, de tal forma que sea posible configurar como componer los valores de débito, crédito y reversión del cálculo.
Este registro tiene una carga automática de sugerencias de reglas para facilitar su utilización.
En esta sección informaremos un código y una descripción que identifica la regla de cálculo.
Código = Código de la regla de cálculo, cumplimentación obligatoria y no se puede repetir.
Descripción = Descripción para ayudar en la identificación de la regla de cálculo.
Sección que define cómo procesar los valores de los tributos de las facturas de entrada, salida y devolución:
Salida: Informar cómo deben mostrarse los valores de los tributos genéricos de las facturas de salida
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Aviso | ||
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El Código de regla tributaria informado en el registro de Ajuste de registro en el campo CJA_REGCAL, debe ser una regla creada por el cliente, de acuerdo con la necesidad y el entendimiento sobre el registro utilizado. |
Este registro tiene como objetivo definir cómo deben generarse los títulos financieros del cálculo de los tributos genéricos, vinculando una regla de título financiero a un impuesto por medio de los campos:
Tributo: En este campo definimos el tributo que se procesará en el cálculo de los tributos genéricos y necesita generar el título financiero, con el saldo deudor del cálculo.
Regla de título: En este campo informamos la regla del título que se ejecutará en el cálculo, en el momento de la generación del título financiero. Para más información sobre cómo registrar la regla financiera consulte https://tdn.totvs.com/x/NBu9Gg
Este registro tiene como objetivo definir cómo deben mostrarse y calcularse los valores de los tributos genéricos en el cálculo de los tributos genéricos, de tal forma que sea posible configurar como componer los valores de débito, crédito y reversión del cálculo.
Este registro tiene una carga automática de sugerencias de reglas para facilitar su utilización.
En esta sección informaremos un código y una descripción que identifica la regla de cálculo.
Código = Código de la regla de cálculo, cumplimentación obligatoria y no se puede repetir.
Descripción = Descripción para ayudar en la identificación de la regla de cálculo.
Sección que define cómo procesar los valores de los tributos de las facturas de entrada, salida y devolución:
Salida: Informar cómo deben mostrarse los valores de los tributos genéricos de las facturas de salida en el cálculo, por medio de las opciones:
1 - Sin acción = Los tributos calculados en las salidas no se mostrarán en el cálculo
2 - Debita = Los tributos calculados en las salidas se mostrarán como débito en el cálculo
3 - Acredita = Los tributos calculados en las salidas se mostrarán como crédito en el cálculo.
Entrada: Informar cómo deben demostrarse los valores de los tributos genéricos de las facturas de entrada en el cálculo de los tributos genéricos, por medio de las opciones:
1 - Sin acción = Los tributos calculados en las entradas no se mostrarán en el cálculo
2 - Debita = Los tributos calculados en las entradas se mostrarán como débito en el cálculo
3 - Acredita = Los tributos calculados en las entradas se mostrarán como crédito en el cálculo.
Devoluciones: Informar cómo se mostrarán los valores de las devoluciones de venta y de compra en el cálculo, por medio de las opciones:
1 - Sin acción = Las devoluciones no tendrán ninguna acción de reversión Los tributos calculados en las salidas no se mostrarán en el cálculo
2 -
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Debita = Los tributos calculados en las salidas se mostrarán como débito en el cálculo
3 - Acredita = Los tributos calculados en las salidas se mostrarán como crédito en el cálculo.
Entrada: Informar cómo deben demostrarse los valores de los tributos genéricos de las facturas de entrada en
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el cálculo de los tributos genéricos
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, por medio de las opciones:
1 - Sin acción = Los tributos calculados en las entradas no se mostrarán en el cálculo
2 - Debita = Los tributos calculados en las entradas se mostrarán como débito en el cálculo
3 - Acredita = Los tributos calculados en las entradas se mostrarán como crédito en el cálculo.
Devoluciones: Informar cómo se mostrarán los valores de las devoluciones de venta y de compra en el cálculo, por medio de las opciones:
1 - Sin acción = Las devoluciones no tendrán ninguna acción de reversión en el cálculo
2 - Contrapartida = Las devoluciones generan reversiones de débito si la factura original hubiera generado débito y generan reversiones de crédito si la factura original hubiera generado crédito.
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Esta rutina permite que se efectúe el cálculo de los tributos genéricos. Su finalidad es totalizar los créditos y débitos generados en cada operación, de acuerdo con las reglas de cálculo configuradas, y de esta manera calcular un saldo acreedor o deudor del respectivo tributo. En la hipótesis de saldo deudor, la rutina permite que se genere un título por pagar, y en la hipótesis de saldo acreedor existe un control del saldo que se transporta y se utiliza en los períodos posteriores para descontar los valores de débito.
La información utilizada en el cálculo proviene de las siguientes tablas:
SD1 - Ítems de las facturas de entrada.
SD2 - Ítems de las facturas de salida.
SF1 - Encabezado de las facturas de entrada.
SF2 - Encabezado de las facturas de salida.
SFT - Libro fiscal por ítem de factura.
F2D - Tributos genéricos calculados
Procesar: Inicia un nuevo cálculo.
Editar: Edición de un cálculo existente, si aún no se hubiera generado ningún título.
Visualizar: Visualización de un cálculo existente.
Otras acciones:
Borrar: Borra el cálculo seleccionado. Si hubiera un título generado y este título se hubiera dado de baja, el borrado no se permitirá y se mostrará el siguiente mensaje: “El título <número do título / prefijo> ya tiene baja y no podrá borrarse”. En este caso, es necesario revertir el referido título manualmente por el financiero antes de borrar el cálculo.
Generar título financiero
La información utilizada en el cálculo proviene de las siguientes tablas:
SD1 - Ítems de las facturas de entrada.
SD2 - Ítems de las facturas de salida.
SF1 - Encabezado de las facturas de entrada.
SF2 - Encabezado de las facturas de salida.
SFT - Libro fiscal por ítem de factura.
F2D - Tributos genéricos calculados
Procesar: Inicia un nuevo cálculo.
Editar: Edición de un cálculo existente, si aún no se hubiera generado ningún título.
Visualizar: Visualización de un cálculo existente.
Otras acciones:
Borrar: Borra el cálculo seleccionado. Si hubiera un título generado y este título se hubiera dado de baja, el borrado no se permitirá y se mostrará el siguiente mensaje: “El título <número do título / prefijo> ya tiene baja y no podrá borrarse”. En este caso, es necesario revertir el referido título manualmente por el financiero antes de borrar el cálculo.
Generar título financiero: Efectúa la generación del título del cálculo seleccionado si hubiera saldo deudor. El título se generará en base a la regla financiera vinculada al tributo calculado por medio de la rutina “Regla de título del cálculo”. Esta regla financiera define todos los aspectos del título como proveedor, modalidad, vencimiento, prefijo, etc. Por este motivo, si no se hubiera vinculado ninguna regla al tributo calculado, no será posible efectuar la generación del título del cálculo y se mostrará el mensaje de error: “Tributo no tiene regla de Título vs. Cálculo.”
Generar Título financiero/Contabilidad: Efectúa la generación del título del cálculo seleccionado , si hubiera saldo deudor. El título se generará en base a la regla financiera vinculada al tributo calculado por medio de la rutina “Regla de título del cálculo”. Esta regla financiera define todos los aspectos del título como proveedor, modalidad, vencimiento, prefijo, etc. Por este motivo, si no se hubiera vinculado ninguna regla al tributo calculado, no será posible efectuar la generación del título del cálculo y se mostrará el mensaje de error: “Tributo no tiene regla de Título vs. Cálculo.”
Generar Título financiero/Contabilidad: Efectúa la generación del título del cálculo seleccionado, si hubiera saldo deudor, siguiendo la misma regla de la opción “Generar título financiero”. Después de la generación del título, la contabilidad se activa y el título se contabiliza. Los AE utilizados en este , siguiendo la misma regla de la opción “Generar título financiero”. Después de la generación del título, la contabilidad se activa y el título se contabiliza. Los AE utilizados en este proceso son: 767 para inclusión y 768 para borrado/reversión.
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Si tuviera el mismo código de registro y estos fueran utilizados tanto por el legado como por el configurador de tributos, el comportamiento es el mismo:
Vea el código "SP100090748"
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Este comportamiento se expande a las otras solapas de cálculo.
ICMS-ST
DIFAL
Débitos especiales
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Tabla | Descripción |
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F20 | Perfiles tributarios |
F21 | Perfil tributario Orig./Dest. |
F22 | Perfil Trib. del Participante |
F23 | Perfil tributario de operación |
F24 | Perfil tributario de producto |
F25 | Perfil de producto vs. Origen |
F26 | Perfil tipo de operación |
F27 | Regla de base de cálculo |
F28 | Regla de alícuota |
F29 | Unidad de referencia fiscal |
F2A | Valores de la URF |
F2B | Regla tributaria |
F2C | Tributos De/A |
F2D | Tributos genéricos calculados |
F2E | Registro de tributo |
F2F | Títulos de tributos vs. Fact. |
F2G | Regla de cálculo |
F2H | Cálculo tributo genérico |
F2I | Saldos cálculo Trib. Genérico |
F2J | Resumen cálculo por regla |
F2K | Resumen analítico Trib Gen |
F2L | Títulos cálculo Trib Gen. |
F2M | Ajustes cálculo Trib Gen |
F2N | Reglas de título del cálculo |
CIN | Registro de fórmulas |
CIO | Código de servicio municipal del perfil de operaciones |
CIQ | Tabla progresiva |
CIR | Ítems tabla progresiva |
CIS | Encabezado de la regla de NCM |
CIT | Tributo vs. Regla |
CIU | Regla adicional de tributo por NCM |
CIV | Regla por dependientes |
CIX | Encabezado de la regla de ISS |
CIY | Alícuota de ISS por Municipio |
CJ0 | CST - Encabezado |
CJ1 | CST - Ítem |
CJ2 | Regla registro |
CJ3 | Registro por ítem |
CJ4 | Regla para la formulario de pago |
CJ5 | Regla de código de ingreso |
CJ6 | Código de ingreso por estado/prov/reg |
CJ7 | Mod. Documento código ingreso |
CJ8 | Registro de mensaje |
CJ9 | Encabezado regla de ajuste de registro |
CJA | Ítems - Regla de ajuste de registro |
CJL | Control de mensajes decodificados |
Aviso | ||
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El uso compartido de las tablas eventualmente puede modificarse si fuera necesario, para atender mejor las configuraciones de las reglas de los tributos. Las únicas tablas que no pueden tener el modo de uso compartido modificado son las tablas F2D, F2F, F2H, F2I, F2J, F2K, F2L y F2M. |
Los valores de los tributos pueden contabilizarse de dos maneras, en el procesamiento del cálculo y en la contabilidad del documento fiscal.
Para contabilizar el impuesto en el cálculo, se crearon dos nuevos códigos de registro estándar,767 para inclusión y 768 para borrado/reversión, cuando se ejecuten estos registros estándar, el título generado del tributo con valor por pagar estará debidamente marcado.
Para contabilizar el tributo en el documento fiscal, no es necesario ningún código de registro estándar, se utilizarán los mismos códigos existentes para contabilizar la factura y en este caso, los valores de los tributos estarán disponibles en la tabla F2D (Tributos genéricos calculados), que se vinculan con el documento fiscal por medio de los campos D1_IDTRIB y D2_IDTRIB. En este caso, cabe resaltar que puede haber más de un tributo calculado por ítem del documento fiscal, entonces puede haber más de un movimiento en la tabla F2D para el ítem del documento fiscal(SD1, SD2).
El configurador de tributos debe ser utilizado en situaciones en la cuales haya necesidad de calcular, pagar o calcular determinado impuesto, por ejemplo, los diversos fondos estatales/prov/reg existentes, ICMS, IPI, ISS, etc. Al configurar un tributo legado, como ICMS, en el configurador y tuviera la configuración de tributo en el TES, el configurador sobrescribirá las configuraciones del legado en el momento del cálculo del impuesto o el registro.
En este caso, el sistema no atiende el requisito mínimo, que es estar actualizado por lo menos con el release 12.1.23, el sistema debe ser actualizado para tener esta funcionalidad disponible.
En este caso, debe abrirse un ticket en el soporte técnico, explicando la necesidad de configuración, con base legal, para que se analice la posibilidad de poner a disposición nuevas opciones de configuración.
Para que un tributo se liste en el cálculo, por lo menos una de sus variaciones (regla de cálculo) debe tener una regla de cálculo vinculada.
No hay necesidad de modificar nada en los movimientos. Basta vincular una regla de cálculo en una o más reglas de cálculo y procesar el cálculo nuevamente.
Sí existe, para esta tarea existen los facilitadores de los perfiles de Participante, Productos, Operaciones y Estado/ProvReg de Origen/Destino.
Los facilitadores ofrecen mecanismos de filtros, para que las inclusiones o borrados se realicen en lote, pues dependiendo de la cantidad de registros sería una tarea inviable de realizarse manualmente. Los facilitadores están disponibles en el propio registro de perfiles.
Sí existe, para generar el título en este contexto, en el módulo SIGAFAT (Facturación), en la generación del Documento de salida se mostrará la pantalla de parámetros. Ajuste la pregunta: ¿Genera Tít FUNRURAL/Conf Trib? con la opción Sí. De esta manera, los tributos calculados que tuvieran una regla financiera vinculada pueden tener los títulos generados.
Regla registro | |
CJ3 | Registro por ítem |
CJ4 | Regla para la formulario de pago |
CJ5 | Regla de código de ingreso |
CJ6 | Código de ingreso por estado/prov/reg |
CJ7 | Mod. Documento código ingreso |
CJ8 | Registro de mensaje |
CJ9 | Encabezado regla de ajuste de registro |
CJA | Ítems - Regla de ajuste de registro |
CJL | Control de mensajes decodificados |
Informações |
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Tablas que son relacionadas y necesitan de análisis para realizar el uso compartido: Perfiles: F20, F21, F22, F23, F24, F25, F26 y CIO Reglas de calculo: F27, F28, F29, F2B y CIN (También es necesario analizar la SX5 - Tabla genérica) |
Aviso | ||
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El uso compartido de las tablas eventualmente puede modificarse si fuera necesario, para atender mejor las configuraciones de las reglas de los tributos. Las únicas tablas que no pueden tener el modo de uso compartido modificado son las tablas F2D, F2F, F2H, F2I, F2J, F2K, F2L, F2M y CJ3. |
Informações | ||
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Antes de aplicar el uso compartido es necesario entender el contexto en el cual la compañía esta incluido. |
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Los valores de los tributos pueden contabilizarse de dos maneras, en el procesamiento del cálculo y en la contabilidad del documento fiscal.
Para contabilizar el impuesto en el cálculo, se crearon dos nuevos códigos de registro estándar,767 para inclusión y 768 para borrado/reversión, cuando se ejecuten estos registros estándar, el título generado del tributo con valor por pagar estará debidamente marcado.
Para contabilizar el tributo en el documento fiscal, no es necesario ningún código de registro estándar, se utilizarán los mismos códigos existentes para contabilizar la factura y en este caso, los valores de los tributos estarán disponibles en la tabla F2D (Tributos genéricos calculados), que se vinculan con el documento fiscal por medio de los campos D1_IDTRIB y D2_IDTRIB. En este caso, cabe resaltar que puede haber más de un tributo calculado por ítem del documento fiscal, entonces puede haber más de un movimiento en la tabla F2D para el ítem del documento fiscal(SD1, SD2).
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Disponible en el enlace CFGTRIB - Preguntas y respuestasPara configurar correctamente el descuento de Zona Franca de Manaus en el configurador debe crearse un TES genérico (Calc. ICMS = No y Calc. IPI = No) y realiza toda la configuración de Base, Alícuota y Regla de cálculo en el configurador. Otra alternativa es utilizar en el perfil base de cálculo del configurador 06 - Base ICMS origem.