Para tratar el redondeo de impuestos en la factura, existen el parámetro MV_RND**, donde (**) podrá ser:
MV_RNDIPI, MV_RNDICM, MV_RNDFUN, MV_RNDISS, MV_RNDIRF, MV_RNDINS, MV_RNDCOF, MV_RNDPIS, MV_RNDCSL, MV_RNDPS2, MV_RNDCF2, MV_RNDPS3 y MV_RNDCF3.
Utilizados en conjunto con el parámetro MV_RNDSOBR:
Importante
Para impuesto de ISS existe redondeos definidos en la norma ABNT NBR 5891/77 y en la resolución 886/66 del IBGE para validación del valor de ISS enviado en las facturas de servicio. Documento sobre este asunto en el siguiente enlace:
MV_RNDIRRF se verificó en la grabación del título de IRRF, identifica si el valor se redondeará o truncará.
MV_RNDIRF se verificó en los cálculos de tributos por ítem, identifica si el valor se redondeará o truncará, por ítem.
Los cálculos del IRRF ocurren por lo menos en dos momentos, en la emisión de la factura y en la emisión del título.
En la emisión de la factura, los cálculos fiscales son por ítem, y al final se tiene la totalización de los valores en el encabezado de la factura, mientras que en la emisión del título, el cálculo ocurre sobre el valor total y no por ítem.
Por este motivo, puede ocurrir diferencia de centavos cuando los parámetros de redondeo de IRRF están definidos para truncar el valor del tributo.
El parámetro MV_RNDSOBR configurado como .T. ajusta la mayoría de las situaciones, pero, pueden ocurrir situaciones específicas donde aún existirá la diferencia de 0,01 centavo del título para la suma del tributo en los ítems.
Una alternativa para solucionar esta divergencia, es mantener el MV_RNDIRF = .F. mientras MV_RNDIRRF = .T.
Esto hará con que los valores sean idénticos tanto en la grabación del título por ítems como en la grabación del título.
Obs.: antes de efectuar cualquier modificación de configuración en producción, se deben realizar pruebas con base en la homologación.
Importante
En el caso del tributo IRRF, existen dos parámetros de redondeo en el sistema: MV_RNDIRRF y MV_RNDIRF