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ÍNDICE

01. Visión General

El objetivo de este documento es cubrir los siguientes puntos:

  • Cuáles son los conceptos de percepción, deducción o bases que aplican en el cálculo de retención en la fuente y su configuración.
  • Campos que apliquen para este calculo en el maestro de procesos.
  • Configuración de los periodos y la periodicidad del cálculo.
  • Configuraciones que correspondan al empleado para realizar este cálculo.
  • Tablas alfanuméricas que se utilizan en el cálculo de ReteFuente.
  • Mecánica de cálculo de para el procedimiento ReteFuente para el procedimiento 1
  • En caso de existir algún parámetro que intervenga en el cálculo indicarlo.

Se entiende por ingreso laboral o salario, los pagos que recibe un trabajador que está vinculado mediante un contrato de trabajo, sea este verbal o escrito. El salario es la contraprestación económica que recibe el trabajador a cambio de la prestación personal de sus servicios a su empleador.

02. Configuración Formulación de Retención en la Fuente

Conceptos

El catálogo de conceptos (SRV), ubicado en la rutina "Actualizaciones | Definici Cálculo | Conceptos" (GPEA040) están configurados los conceptos estándar, de acuerdo al marco legal definido por el área legal de TOTVS. 

Nuevos Conceptos

El sistema permite que el cliente ingrese sus propios conceptos y los configure.  Cuando se ingresa un nuevo concepto, se asignan valores por defecto a algunos campos, pero el cliente deberá configurarlos dependiendo de lo que su área fiscal indique. Los campos marcados con un * son los obligatorios, pero para que se puedan calcular los conceptos se requiere que se indiquen algunos campos adicionales (recuadro azul). A continuación una explicación de que debe contener cada campo.

Generales:

En esta carpeta se define el comportamiento de los conceptos tanto para el cálculo, el cierre del periodo, la forma en que se capturarán los conceptos.


Campo

Descripción

Concepto

Código del concepto. En caso de que los códigos sean numéricos, se sugiere poner ceros a la izquierda para que queden ordenados.

Descripción

Descripción corta utilizada en los informes estándar y los recibos de nómina.

Desc. Det.

Descripción larga del concepto

Tipo Cod

1 = Remuneración (Percepción u Haberes), 2 = Descuento (Deducción), 3= Base Remuneración y 4 = Base Descuento. Los tipo 1 y 2 se ocupan para el pago y aparecen siempre en el recibo. Los tipo base se ocupan como cálculos intermedios o provisiones. Por ejemplo, Incapacidad por Enfermedad cuenta con 5 conceptos, de los cuales solo uno es de Remuneración, y los otros 4 son base remuneración. el Concepto 002 se ocupa para ingresar los días de la incapacidad, el concepto 003, para contabilizar la parte que le corresponde asumir a la empresa y el 004 lo que asume la EPS. Por último el concepto 001 guarda el Salario Base de Cálculo con que se determinó el importe del concepto 031.

Impr Concept

Los conceptos de Tipo Cod 1 Remuneración y 2 Descuento, SIEMPRE se imprimen en el recibo. Para los concepto con Tipo Código 3 o 4, el cliente se indica si se quieren imprimir en el recibo y el reporte de nomina en la columna de bases. 

Porcentaje

Cuando un concepto tiene un % fijo para todos los procesos y procedimientos, se puede ocupar este campo para indicar ese %. 

Cod. Corresp

Cuando un concepto se asocia a otro concepto se pone aquí el otro concepto. Por ejemplo: Un préstamo con intereses, se puede poner en Concepto el código del préstamo y en Cod. Corresp., poner el código del concepto de los intereses.

NO se ocupa cuando hay más de un concepto asociado como es el caso de incapacidad enfermedad que tiene 4 conceptos asociados.

Este campo es informativo, para modelo 2. Es ocupado en Modelo 1, pues su formulación permite generar más de un concepto, en cada fórmula.

Id.p/Calculo

Es el código del concepto para Protheus. En la formulación estándar y algunos informes o reportes, se ocupa este identificador, para permitir a los cliente poner el código de concepto que requiera. Por ejemplo, un cliente puede cambiar el código del concepto de Sueldo de 105 a P01,  o cambiar la descripción del mismo de "Salario Básico" a "Salario" Entonces el id de cálculo 0031 permite que el sistema sepa que es el concepto de Sueldo.

Tipo Concepto

La forma en que se va a ingresar la información, en caso de que sea por incidencias.

·        Tipo = H: Indica que en el campo de referencia (RGB_HORAS) se registraran horas.

·        Tipo = D: Indica que en el campo de referencia (RGB_HORAS) se registraran días.

·        Tipo = V: Indica que en el campo de valor será registrado.

Pago Oblig

Informe "S" para que el concepto de Percepción (Tipo de Código = "1") sea sumado al Neto cuando haya insuficiencia de saldo.

NOTA: Este campo es usado para Modelo 1. Para Modelo 2 siempre debe decir 'N'-

Ctd Asient

Es la cantidad de veces que se puede ingresar un mismo concepto para un mismo empleado en un periodo, por incidencias. Máximo puede ser 9 veces. 

Cuando se captura Ctd Asientos diferente de 1, y Asto Diario = No, por cada registro ingresado, el sistema le asigna un número de secuencia diferente (RGB_SEQ), en incidencias, y durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculo | Por Procedimiento" (GPEM020)) esta secuencia se traspasa a los movimientos de nómina(RC_SEQ), y el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" (GPEM120)), lo traspasa al histórico de movimientos (RD_SEQ).

Reg Diario

Si se requiere ingresar más de 9 registros de un mismo concepto, para un mismo empleado, en un periodo, se deberá configurar con si este campo con si (RV_LCTODIA). En el caso de que el registro requiera informar la fecha en que ocurrió el evento, también se deberá configurar que si.

Los campos Ctd Asient y Reg Diario son excluyentes, con prioridad del 2do campo. Si se indica que SI hay asientos diarios, entonces ignora la cantidad de asientos indicada. Esto permite que se capturen múltiples registros del mismo concepto para el mismo empleados, capturando una fecha diferente (RGB_DTREF)en cada ocasión.

NOTA: No se pone un numero de secuencia diferente, pues este campo solo se ocupa cuando Ctd Asientos diferente de 1 y Asto Diario NO.

En el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)), la fecha de referencia de las incidencias se pasa al campo RC_DTREF. NOTA: en caso de que no sea registro diario, el campo RC_DTREF tendrá la fecha final del periodo.

En el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" (GPEM120)), la fecha de referencia se pasa al campo RD_DTREF.

De Valor

Rango inferior para validar el valor (RGB_VALOR) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación.

A Valor

Rango superior para validar el valor (RGB_VALOR) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación.

De Ref

Rango inferior para validar el campo de referencia (RGB_HORAS) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación.

A Ref

Rango superior para validar el campo de referencias (RGB_HORAS) informado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si este campo se deja en ceros, no se realiza la validación.

Cierre Comp

En caso de que el cliente tenga una periodicidad quincenal y en la primera quincena se calcule el anticipo y en la segunda se calculen todos los conceptos de LIQ, como son tiempo extra, bonos, y también se realizan todos los descuentos de impuestos, préstamos, cuota sindical, etc. y se descuenta el anticipo de sueldo de la 1ra quincena.

En ese caso el cierre competencia debe ser SI, para que, si se genera durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) un concepto con un valor no aplicado (RC_VNAOAPL<>0) en el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120) genere el registro de no aplicado en el periodo del siguiente mes (por ejemplo el periodo 202301 pago 02 generará el registro no aplicado en el periodo 202302 pago 02 en ve de generarlo en el periodo 202302 pago 01).

Esto aplica para los registros de incidencias que tienen más de una cuota (RGB_PARCEL>1) y los conceptos que se debe generar un concepto en el siguiente periodo (RV_CODMSEG<>VACÍO).

En Colombia en cada periodo, ya sea semanal, decenal, catorcenal, quincenal o mensual, se calculan los conceptos en todos los periodos, por lo  que este campo deberá configurarse que no cierre el siguiente mes (RV_FECCOMP=2=No).

Fórmula

Clave de la formula que se pondrá por default al capturar conceptos por proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Conceptos por Proceso" (GPEA161)). Esta fórmula deberá existir en el catálogo de fórmulas ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Fórmulas" (GPEA290)).

Con Per Sig

En este campo se ingresa un código de concepto existente. Es ocupado cuando se requiere que, el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120) se genere un concepto, en el siguiente periodo o mes (dependiendo del campo Cierre Comp), cada vez que exista este concepto en Movimientos de Nómina (SRC). El concepto periodo siguientes, se generará, con los mismos importes del concepto origen. Por ejemplo, en algunas empresas se realiza un “préstamo” automático en el caso de que el recibo quede en números rojos (más descuentos que remuneraciones). Para evitar esto, se genera un préstamo por el importe faltante. Y en el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120), deberá generar el concepto periodo siguiente, en el siguiente periodo o mes, para que se descuente este “préstamo”. Ejemplo: 

Cod Criter

Indicar el criterio de acumulación anual ocupado para este concepto. Los conceptos estándar tienen asignado el criterio fiscal (RV_CODCRI='01'). El criterio del concepto es heredado a Conceptos por Proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Conceptos por Proceso" (GPEA161)).

En el cierre ("Misceláneas | Cierres | Periodo" GPEM120), se acumulará (RG7) en el mes, de acuerdo a ese criterio (RM_CODCRI), y lo indicado en los campos de criterio (RCH_CRITER) y secuencia (RCH_SEQUE) del periodo (RCH) a cerrar.

En caso de que el cliente tenga otro periodo de acumulación anual, este deberá asignarse a todos los conceptos de ese criterio. Por ejemplo, el cliente crea los conceptos de Caja de Ahorro (Descuento Caja Ahorro, Pago Caja de Ahorro, Intereses Caja de Ahorro y Préstamo Caja de Ahorro), que acumularán de  Julio a Junio. Por lo que los 4 conceptos se les asignará ese nuevo criterio.

Leer Incid

Indica si el concepto se capturará en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (RGB).

Leer Prestam

Indica si el concepto se capturará en préstamos ("Actualizaciones | Novedades | Préstamos" (GPEA415)) para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)), se carguen en memoria los registros (SRK).

Leer Acumul

Indica si la fórmula del concepto utilizará los operandos de acumulados (SUMA_IMPORTE, SUMA_UNIDADES, IMPORTE_EMPRESA, UNIDADES_EMPRESA, IMPORTE_TOTAL, UNIDADES_TOTAL), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)), se carguen en memoria los registros (RG7).

Leer Ausenc

Indica si el concepto se capturará en ausentismos "Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (SR8).

Leer Benef

Indica si el concepto se capturará en beneficiarios ("Actualizaciones | Empleados | Beneficiarios" (GPEA280)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (SRQ).

Leer Reg FijIndica si el concepto se capturará en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)), para que durante el cálculo ("Misceláneas | Cálculos | Por Procedimiento" (GPEM020)) se carguen en memoria los registros (RG1).
OrigenIndica si el origen del concepto es S = Sistema o U = Usuario. Todos los conceptos estándar están configurados con "S", y los conceptos que ingrese el cliente se configurarán automáticamente como "U".
Tipo XMLEste es el código del concepto para la nómina electrónica. Todos los conceptos de Remuneración y Descuento deben de tener un código.
Forma 2076Esta es la clasificación del concepto dentro del formato 2076. Si el concepto no se reporta en el formato 2076, dejar en blanco.
Formato 220Esta es la clasificación del concepto dentro del formato 220. Si el concepto no se reporta en el formato 220 dejar en blanco.


Incidencias

En esta carpeta se define si el concepto formará parte de diferentes bases.


CampoDescripción
Ret.Fuent.Hay que configurar este campo para indicar si el concepto es base de Retención en la Fuente o no. La configuración válida es 1=Gravada, 2=No Gravada, 3=No Aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de remuneración.
SalarialEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Salarial; 2=No salarial gravado;3=No salarial no gravado;4=No aplicable. Este último es usado en los conceptos que no son de remuneración. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC.
Calc IBCEste campo aplica solo en los concepto de Base de IBC (como el 306 EPS IBC IGE) . La configuración válida es 1=IBC mes anterior;2=Importe Pagado;3=No aplica. Este último es usado para los conceptos que NO son IBC.
Suel. VariabEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración. La configuración válida es S=Sí;N=No. Es ocupado en los conceptos que no se pagan en todos los periodos, como por ejemplo el concepto 107 Sueldo Variable Base o 117 Horas Extras Diurnas o 132 Comisiones.
IBC  EPSEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es S=Sí;N=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Entidad de Promoción de la Salud.
IBC AFPEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí;2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Administradora de Fondo de Pensiones.
IBC FSP SubEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí;2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas del Fondo de Solidar Pensional de Subsistencia.
IBC FSP SolEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí;2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas del Fondo de Solidar Pensional de Solidaridad.
SBC ARLEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí;2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Administración de Riesgo Laboral.
SBC ParafiscEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí;2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe del IBC que se aplicará para las cuotas de la Caja de Compensación Familiar (CCF), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
DiasSBCSubTrEste campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240))  La configuración válida es 1=Con Pago;2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias.  Esta base es ocupada para determinar los días que se descontarán para el cálculo del Subsidio Transporte. Por ejemplo, suponiendo que es una nómina mensual, y el empleado tiene dos días de falta injustificada y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces se le pagará el Subsidio Transporte proporcional a 28 días. Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, se le pagaría completo el Subsidio Transporte.
SBC SubTraEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada). La configuración válida es 1=Sí;2=No. Esta base es ocupada para determinar el importe a comparar contra los 2 SMMLV. 
SBC Hora ExtEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración. La configuración válida es S=Sí;N=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de horas extras. 
Días SBC VacEste campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240))  La configuración válida es 1=Con Pago;2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias.  Esta base es ocupada para determinar los días a disminuir, para el cálculo del promedio del Salario Base de Cálculo de Vacaciones. Por ejemplo, suponiendo que se está calculando la nómina mensual de marzo, los días a considerar para el promedio anual serían 60 (30 de enero, 30 de febrero) y el empleado tuvo dos días de falta injustificada en enero y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces el promedio se calculará sobre 58 días.  Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, el promedio se calculará sobre 60 días.
SBC Vac GozEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí;2=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de las vacaciones disfrutadas. También es ocupado para calcular la provisión de vacaciones, en caso de que así esté indicado en el campo de Provisión de Vacaciones (RCJ_PRVVAC='1') en proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Procesos" (GPEA420)) .
SBC Vac DefiEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí;2=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de las vacaciones definitivas (finiquitos). También es ocupado para calcular la provisión de vacaciones, en caso de que así esté indicado en el campo de Provisión de Vacaciones (RCJ_PRVVAC='2') en proceso ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Procesos" (GPEA420)). NOTA: este campo se diferencia del anterior en que incluye los conceptos de horas extras.
SBC Med PreEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración. La configuración válida es 1=Sí;2=No. La deducción por medicina prepagada sólo la pueden declarar quienes obtengan rentas de trabajo hasta un límite individual equivalente a 16 UVT mensuales, y además están limitadas al 40% del y a 5.040 UVT, en conjunto con las otras deducciones especiales. Este campo se ocupa para obtener la base que va a ser comparada con los topes.
Prom Med PrePara la deducción de la Medicina Prepagada, se debe acreditar el cumplimiento de los requisitos del artículo 107 del Estatuto Tributario (ET). En el inciso (ii)  se indica "que los pagos no excedieron el valor promedio que se reconoció a la generalidad de los trabajadores". En este campo se indicará el valor de este promedio, que debe ser calculado manualmente. 
Base Benefic

Este campo es ocupado cuando se ingresan embargos ("Actualizaciones | Empleados | Embargos o Beneficiarios" (GPEA280)) que se calculan tomando en consideración una base. Es decir, cuando un juez determina que se debe aplicar un % sobre una lista de conceptos. Por ejemplo, Considerando dos embargos: a) 30% sobre el sueldo base b) 30% sobre el total de haberes - EPS - AFP - FSP - RF.

SBC A SindiEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada).. La configuración válida es S=Sí;N=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos que formarán la base para aplicar el % (RCE_PORSIN) definido en Sindicatos ("Actualizaciones | Archivos | Sindicatos" (GPEA340)) que tiene asignado el empleado (RA_SINDICA).
SBC Seg VidaEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada).. La configuración válida es S=Sí;N=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos que formarán el SBC del Seguro de Vida, en caso de que el empleado ("Actualizaciones | Empleados | Empleados" (GPEA010)) tenga asignado una entidad de la misma (RA_SEGUROV). Los porcentajes a aplicar sobre el SBC, del empleado y la empresa, se tomarán de la tabla alfanumérica S016 Seguro de Vida ("Actualizaciones | Archivos | Mantenimiento Tab" (GPEA320)).
SBC IndemEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración y de Deducción que corresponden a una Remuneración Negativa (como el concepto 013 Falta Injustificada).. La configuración válida es 1=Sí;2=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos que formarán la base para calcular la Indemnización, en caso de Despido Injustificado. Los días a pagar se obtendrán de la tabla alfanumérica S015 Tabla de Indemnización ("Actualizaciones | Archivos | Mantenimiento Tab" (GPEA320)), con base en el año de ingreso y el número de salarios mínimos del SBC de Indemnización determinado.
SBC Av PrevEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí;2=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo del Aviso Previo.
Días SBC PrimaEste campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240))  La configuración válida es 1=Con Pago;2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias.  Esta base es ocupada para determinar los días a disminuir, para el cálculo del promedio del Salario Base de Cálculo de Prima de Servicios. Esta base se ocupa tanto para el cálculo de la Provisión de Prima como para el Pago de la Prima. Por ejemplo, suponiendo que se está calculando la nómina de Prima de junio, los días a considerar para el promedio anual serían 180 (30 días por 6 meses) y el empleado tuvo dos días de falta injustificada en enero y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces el promedio se calculará sobre 178 días.  Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, el promedio se calculará sobre 180 días.
SBC PrimaEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí;2=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base y formar el SBC para el cálculo de la prima de servicios y la provisión correspondiente.
Días SBC CesaEste campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)). La configuración válida es 1=Con Pago;2=Sin Pago; 3=No aplica. Este último es usado en los conceptos que no son de ausencias.  Esta base es ocupada para determinar los días a disminuir, para el cálculo del promedio del Salario Base de Cálculo de Cesantía. Esta base se ocupa tanto para el cálculo de la Provisión de Cesantías e Intereses de Cesantía, como para el cálculo de los mismos en enero de cada año. Por ejemplo, suponiendo que se está calculando la nómina de cesantía en enero, los días a considerar para el promedio anual serían 360 (30 días por 12 meses) y el empleado tuvo dos días de falta injustificada en enero y este concepto está configurado como 2=Sin Pago, entonces el promedio se calculará sobre 358 días.  Si este concepto estuviera configurado 3=No aplica, el promedio se calculará sobre 360 días.
SBC CesantíaEste campo aplica solo en los conceptos de Remuneración Variables. La configuración válida es 1=Sí;2=No.  Esta base es ocupada para determinar los conceptos variables que deben de ser promediados para sumarse al salario base de diciembre y formar el SBC para el cálculo de la cesantía e intereses de cesantía y las provisiones correspondientes.
Calc AusenEste campo aplica solo en los conceptos ingresados por la rutina de Ausentismos ("Actualizaciones | Novedades | Ausencias" (GPEA240)), para determinar el SBC para esa ausencia. La configuración válida es 1=Salario+Prom Var;2=IBC Mes Anterior;3=Salario;4=No aplica. Este último es usado para los conceptos que NO son ausencias.
Cód TareaEn Colombia no se ocupan las tareas, en la nómina estándar.


Contabilización

Estos campos son usados en caso de que se tenga el módulo de contabilidad (SIGACTB) o se tenga un desarrollo especial para integrar con la contabilidad del cliente. Los campos de "Prorrateo Centro de Costos" y "Costos" pueden ser ocupados en el desarrollo especial. No son ocupados in la integración contable estándar.

CampoDescripción
Prorrat CCtoPuede ser usado en un desarrollo especial del cliente, para indicar que este concepto debe ser prorrateado entre los CC en que laboró el empleado. 
CostoIndica si el concepto va a integrar al costo.
Asiento Est.La clave del asiento estándar para contabilizar este concepto. El asiento estándar indican la forma o pasos que se debe seguir para contabilizar. Por estándar, los conceptos de nómina generan uno (solo cargo o solo abono) o dos asientos (uno de cargo y otro de abono). 
Cuenta CargoCuenta de cargo (débito) donde se contabilizará el concepto.
Cuenta AbonoCuenta de abono (crédito) donde se contabilizará el concepto.


Conceptos Base Gravada

En el catálogo de conceptos (SRV), ubicado en la rutina "Actualizaciones | Definici Cálculo | Conceptos" (GPEA040) se configuran los conceptos que formarán la base de Retención en la Fuente (1=Gravado; 2=No gravado; 3=No aplica).

NOTA: los conceptos de haberes y base haberes aumentan la base y los conceptos de descuento disminuyen la base.


Como en Colombia se realiza una interpretación de la ley, los conceptos estándar están configurados de acuerdo al marco legal definido por el área legal de TOTVS. Pero cómo puede haber más de una interpretación, el sistema permite que cada cliente configure los conceptos de acuerdo a lo que su área legal le indique. La configuración de los conceptos estándar es la siguiente:

Concepto DescripciónTipoReteFte
010Licencia Paternidad                               1=Haberes1=Gravado
012Comisión Servicios                                2=Descuentos1=Gravado
013Falta Injustificada                               2=Descuentos1=Gravado
014Castigo                                           2=Descuentos1=Gravado
015Ausentismo con Remuneración                       1=Haberes1=Gravado
016Ausentismo sin Remuneración                       2=Descuentos1=Gravado
018Vacaciones Disfrutadas                            1=Haberes1=Gravado
020Vacaciones Compensadas                            1=Haberes1=Gravado
022Vacaciones Proporcionales                         1=Haberes1=Gravado
024Vacaciones Definitivas                            1=Haberes1=Gravado
028Vacaciones Días no Hábiles                        1=Haberes1=Gravado
029Vacaciones Anticipadas                            1=Haberes1=Gravado
030Vacaciones Anticipadas Descuento                  2=Descuentos1=Gravado
031Incapacidad Enfermedad General (para PILA)        1=Haberes1=Gravado
032Incapacidad Riesgo Laboral (para PILA)            1=Haberes1=Gravado
033Licencia Maternidad (para PILA)                   1=Haberes1=Gravado
105Sueldo Básico                                     1=Haberes1=Gravado
106Salario Integral                                  1=Haberes1=Gravado
107Sueldo Variable Base                              1=Haberes1=Gravado
108Salario Variable Integral                         1=Haberes1=Gravado
109Retroactivo Sueldo Base                           1=Haberes1=Gravado
110Retroactivo Salario Integral                      1=Haberes1=Gravado
111Sueldo por Hora Base                              1=Haberes1=Gravado
112Salario por Hora Integral                         1=Haberes1=Gravado
113Cuota Sostenimiento Aprendiz                      1=Haberes1=Gravado
114Retardos Sueldo Base                              2=Descuentos1=Gravado
115Retardos Salario Integral                         2=Descuentos1=Gravado
117Hora Extra Diurna                                 1=Haberes1=Gravado
118Hora Extra Nocturna                               1=Haberes1=Gravado
119Hora Extra Diurna Festivo                         1=Haberes1=Gravado
120Hora Extra Nocturna Festivo                       1=Haberes1=Gravado
121Hora Recargo Nocturno                             1=Haberes1=Gravado
122Hora Recargo Nocturno Festivo                     1=Haberes1=Gravado
123Hora Domingo Diurno Habitual                      1=Haberes1=Gravado
124Hora Domingo Diurno No Habitual                   1=Haberes1=Gravado
125Hora Recargo Domingo Nocturno Habitual            1=Haberes1=Gravado
126Retroactivo Cuota Sostenimiento                   1=Haberes1=Gravado
129Medicina Pre Pagada Gravada                       3=Base Haberes1=Gravado
131Bono Mera Liberalidad                             1=Haberes1=Gravado
132Comisiones                                        1=Haberes1=Gravado
136Vales Alimento Gravado                            1=Haberes1=Gravado
138Zona Peligro                                      1=Haberes1=Gravado
139Bono Reconocimiento                               1=Haberes1=Gravado
140Sobresueldo                                       1=Haberes1=Gravado
141Ayuda Escolar                                     1=Haberes1=Gravado
142Ayuda Escolar Gross Up                            1=Haberes1=Gravado
143Ayuda Auto                                        1=Haberes1=Gravado
144Ayuda Auto Gross Up                               1=Haberes1=Gravado
145Ayuda Vivienda                                    1=Haberes1=Gravado
146Ayuda Vivienda Gross Up                           1=Haberes1=Gravado
209Aviso Previo Compañía                             1=Haberes1=Gravado
232Prima por Servicios                               1=Haberes1=Gravado
237Ajuste al Salario Mínimo Base                     3=Base Haberes1=Gravado
238Ajustes al Salario Mínimo Integral                3=Base Haberes1=Gravado
101Anticipo Sueldo Base                              1=Haberes2=No Gravado
102Anticipo Salario Integral                         1=Haberes2=No Gravado
103Anticipo Sueldo Básico Descuento                  2=Descuentos2=No Gravado
104Anticipo Salario IntegralDescuento                2=Descuentos2=No Gravado
127Medicina Pre Pagada Compañía                      3=Base Haberes2=No Gravado
130Medicina Pre Pagada No Gravada                    3=Base Haberes2=No Gravado
133Vales Gasolina Pago                               1=Haberes2=No Gravado
135Vales Alimento No Gravado                         1=Haberes2=No Gravado
149Auxilio Trasporte                                 1=Haberes2=No Gravado
215Cesantía Año Anterior                             1=Haberes2=No Gravado
218Cesantía A Consignar                              3=Base Haberes2=No Gravado
224Intereses Cesantía Año Anterior                   1=Haberes2=No Gravado
225Intereses Cesantía Anticipo                       1=Haberes2=No Gravado
231Prima por Servicio Anticipo                       1=Haberes2=No Gravado
233Prima por Servicios Descuento                     2=Descuentos2=No Gravado
239Insuficiencia Pago                                1=Haberes2=No Gravado
240Insuficiencia Descuento                           2=Descuentos2=No Gravado
241Redondeo Pago                                     1=Haberes2=No Gravado
242Redondeo Descuento                                2=Descuentos2=No Gravado


Conceptos de Depuración de Retención en la Fuente para la Nómina LIQ Liquidación.

A continuación se enlistan los conceptos de depuración de la retención en la fuente para la Nómina LIQ Liquidación. Se contempla una periodicidad mensual 

ConceptoDescripciónTipoComentario
500ReteFuente: Cesantía Gravada4=Base Descuento

La Cesantía  se declara como renta exenta, siempre que el ingreso promedio del trabajador durante los últimos 6 meses de vinculación laboral no exceda de 350 UVT's mensuales. En caso contrario, una parte será Gravada y otra No Gravada, dependiendo del número de UVT's del ingreso promedio.

501ReteFuente: Total Pagos Laborales                 4=Base Descuento

La base sujeta a retención por salarios está constituida por todos los pagos gravados o gravables con el impuesto a la renta, en los términos del artículo 26 del estatuto tributario, que los define como aquellos «que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados».

Todo pago laboral debe incluirse en la base sujeta a retención. Entre esos pagos está el salario como tal, las horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos, los pagos en especie, las bonificaciones, etc.

En Protheus es la suma de los conceptos calculados (RC_VALOR), en el periodo, que sean gravados (RV_IR='1'). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes de los conceptos gravados (RV_IR='1').

502ReteFuente: Pensión Obligatorio                   4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.  Dentro de los cuales están los aportes obligatorios a pensión que realice el trabajador o su empleador (Ver artículo 55 del estatuto tributario)

los aportes obligatorios a salud que realice el trabajador (Ver artículo 56 del estatuto tributario).

En Protheus es la suma de los conceptos de Pensión calculados (RC_VALOR), en el periodo. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes de los conceptos de Pensión.

310    AFP Emp Lic Enfermedad                            
326    AFP Emp Lic Accidente                             
342    AFP Emp Lic Maternidad                            
358    AFP Emp Lic Paternidad                            
374    AFP Emp Aus sin Remuneración                      
390    AFP Emp Aus con Remuneración                      
406    AFP Emp Comisión de Servicios                     
422    AFP Emp Vacaciones Disfrutadas                    
437    AFP Emp Vacaciones Anticipadas                    
444    AFP Emp Sueldos y Salarios                        
491    AFP Emp Sueldos y Salarios x Incidencia
488    AFP Reintegro                                                                  
491    AFP Emp Sueldos y Salarios x Incidencia

503ReteFuente: Fondo de Solidaridad Pensional        4=Base DescuentoDentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.  Dentro de los cuales están los  Aportes fondos de solidaridad pensional.

En Protheus: es la suma de los conceptos de Fondo de Solidaridad Pensional por Solidaridad y por Subsistencia, calculados (RC_VALOR), en el periodo,. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes de los conceptos de fondo de solidaridad pensional.

312    FSP Solidaridad Licencia por Enfermedad           
313    FSP Subsistencia Licencia Enfermedad              
328    FSP Solidaridad Licencia por Accidente            
329    FSP Subsistencia Licencia Accidente               
344    FSP Solidaridad Licencia Maternidad               
345    FSP Subsistencia Licencia Maternidad              
360    FSP Solidaridad Licencia Paternidad               
361    FSP Subsistencia Licencia Paternidad              
376    FSP Solidaridad Aus s/Remuneración                
377    FSP Subsistencia Aus sin Remuneración             
392    FSP Solidaridad Aus con Remuneración              
393    FSP Subsistencia Aus con Remuneración             
408    FSP Solidaridad Comisión de Servicios             
409    FSP Subsistencia Comisión de Servicios            
424    FSP Subsistencia Vacaciones Disfrutadas           
425    FSP Solidaridad Vacaciones Disfrutadas            
438    FSP Solidaridad Vacaciones Anticipadas            
439    FSP Subsistencia Vacaciones Anticipadas           
446    FSP Solidaridad Sueldos y Salarios                
447    FSP Subsistencia Sueldos y Salarios               
489    FSP Reintegro                                     
493    FSP Solidaridad Sueldos y Salarios x Incidencia                  

504ReteFuente: Aportación Voluntaria AFP Obligatoria 4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.  Dentro de los cuales están los aportes a pensión que realice el trabajador o su empleador (Ver artículo 55 del estatuto tributario).

En Protheus es la suma de los valores registrados en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)) vigentes, para el concepto 622 AFP Aportación Voluntaria al Fondo Obligatorio y que indique que si Aplica Retención en la Fuente  (RG1_RETFTE='1'). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Aportación Voluntaria AFP Obligatoria.

505ReteFuente: Salud Obligatoria                     4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.  Dentro de los cuales están los aportes obligatorios a salud que realice el trabajador (Ver artículo 56 del estatuto tributario).  Están limitados a 16 UVT mensuales.

En Protheus es la suma de los conceptos de Salud calculados (RC_VALOR), en el periodo. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes de los conceptos de Salud.

307    EPS Emp Lic Enfermedad                            
323    EPS Emp Lic Accidente                             
339    EPS Emp Lic Maternidad                            
355    EPS Emp Lic Paternidad                            
371    EPS Emp Aus sin Remuneración                      
387    EPS Emp Aus con Remuneración                      
403    EPS Emp Comisión de Servicios                     
419    EPS Emp Vacaciones Disfrutadas                    
435    EPS Emp Vacaciones Anticipadas                    
441    EPS Emp Sueldos y Salarios        

506ReteFuente: Subtotal No Constitutivos Renta       4=Base Descuento

En Protheus es la operación aritmética de los siguientes conceptos calculados en el periodo. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Subtotal No Constitutivos Renta.       
+ 501 ReteFuente: Total Pagos Laborales   
- 502 ReteFuente: Pensión Obligatorio 
- 503 ReteFuente: Fondo de Solidaridad Pensional   
- 504 ReteFuente: Aportación Voluntaria AFP Obligatoria
- 505 ReteFuente: Salud Obligatoria   

507ReteFuente: Intereses Vivienda                    4=Base Descuento

Este es el importe del año anterior, pagado por el trabajador, de los intereses pagados por crédito de vivienda (hipotecarios y leasing habitacional) según el artículo 387 del estatuto tributario. Limitados a 100 UVT mensuales.

En Protheus se obtiene el valor en caso de que esté registrado en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Intereses Vivienda.

El valor registrado en Asientos Fijos (RG1_VALOR) dependerá de la periodicidad. Por ejemplo, si el importe de los intereses pagados en el año anterior fue 50,000,000 y la periodicidad de pago es mensual,  el valor registrado debe ser 4,166,667. Si fuera quincenal el valor debe ser 2,033,334.

508ReteFuente: Medicina Pre pagada                   4=Base Descuento

Este es el importe del año anterior, de los pagos a medicina prepagada y seguros de salud en beneficio del trabajador, su cónyuge, sus hijos o dependientes (Artículo 387 del estatuto tributario).

En Protheus se obtiene el valor en caso de que esté registrado en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Medicina Pre-Pagada.

El valor registrado en Asientos Fijos (RG1_VALOR) dependerá de la periodicidad. Por ejemplo, si el importe de la medicina pre-pagada en el año anterior fue 3,738,000 y la periodicidad de pago es mensual,  el valor registrado  debe ser 311,500. Si fuera quincenal el valor debe ser 155,750.

509ReteFuente: Dependientes                          4=Base Descuento

El empleado puede deducir los pagos por dependientes en los términos del artículo 387 del estatuto tributario, inciso segundo «… y una deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto de dependientes, hasta un máximo de treinta y dos (32) UVT mensuales, 384 UVT anuales.». También se debe aplicar el artículo 1.2.1.20.4 del decreto 1625, que en su inciso segundo dispone: «Las rentas exentas y deducciones aplicables a la cédula general, no podrán exceder el cuarenta por ciento (40%) o las cinco mil cuarenta (5.040) Unidades de Valor Tributario -UVT. El porcentaje aquí mencionado se aplicará sobre la base que se obtiene de detraer a los ingresos por concepto de rentas de trabajo, de capital y no laborales los ingresos no constitutivos de renta, imputables a cada uno.».    

Los dependientes a considerar son: 

  1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.
  2. Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 23 años, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES o la autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
  3. Los hijos del contribuyente mayores de 23 años que se encuentren en situación de dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
  4. El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal, y,
  5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia, sean por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.

En Protheus, para ingresar los dependientes se utiliza la rutina ubicada en "Actualizaciones | Empleados | Dependiente" (GPEA020), y en el campo de Dependiente retenc. fuente (RB_TIPIR) indicar: 1=s/Lim.Edad para hijos del punto 3, cónyuges del punto 4, padres y hermanos del punto 5; 2=Hasta 18 Años para hijos del punto 1; 3=Hasta 23 Años para hijos del punto 2; 4=No es Dep para el resto de dependientes. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Dependientes.                                                                       

510ReteFuente: Subtotal Deducciones                  4=Base DescuentoEn Protheus se realiza la operación aritmética de los siguientes conceptos. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Subtotal Deducciones.
+ 506 ReteFuente: Subtotal No Constitutivos Renta 
- 507 ReteFuente: Intereses Vivienda
- 508 ReteFuente: Medicina Pre pagada
- 509 ReteFuente: Dependientes    
511ReteFuente: Apo Voluntaria AFC                    4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran las Rentas Exentas, dentro de las cuales están las Aportaciones Voluntarias a AFC, según el artículo 126-4 del estatuto tributario. Limitados a 3.800 UVT por año. Además, esos sumados con los aportes voluntarios a pensión no deben superar el 30% del ingreso tributario del trabajador.

En Protheus es la suma de los valores registrados en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)) vigentes, para el concepto 619 AFC Aportación Voluntaria y que indique que si Aplica Retención en la Fuente  (RG1_RETFTE='1'). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Apo Voluntario AFC.

512ReteFuente: Apo Voluntaria AFP Empleado           4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran las Rentas Exentas, dentro de las cuales están las Aportaciones Voluntarias a AFP, según el artículo 126-1 del estatuto tributario. Limitados a 3.800 UVT por año. Además, esos sumados con los ahorros AFC no deben superar el 30% del ingreso tributario del trabajador.

En Protheus es la suma de los valores registrados en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)) vigentes, para el concepto 620 AFP Aportación Voluntaria Empleado y que indique que si Aplica Retención en la Fuente  (RG1_RETFTE='1'). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Apo Voluntaria AFP Empleado.

514ReteFuente: Indemnización Accidente Trabajo       4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran las Rentas Exentas, dentro de las cuales están las Indemnizaciones por Accidente de Trabajo, según el Numeral 1 del artículo 206 del estatuto tributario.

En Protheus es el valor en caso de que esté registrado en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)) vigente. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Indemnización Accidente Trabajo.

515ReteFuente: Indemnización por Maternidad                   4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran las Rentas Exentas, dentro de las cuales están las Indemnizaciones por Maternidad, según el Numeral 2 del artículo 206 del estatuto tributario.

En Protheus es el valor en caso de que esté registrado en asientos fijos ("Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550)) vigente. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Indemnización por Maternidad.

516ReteFuente: Gastos Entierro                       4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran las Rentas Exentas, dentro de las cuales están los gastos de entierro, según el Numeral 3 artículo 206 del estatuto tributario.

En Protheus se obtiene el valor (RGB_VALOR) en caso de que esté registrado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Gastos de Entierro.

517ReteFuente: Otras Rentas Exentas                  4=Base Descuento

Dentro de los conceptos que se restan de los ingresos gravados, se encuentran las Rentas Exentas.

En Protheus se cuenta con este concepto para cubrir cualquier otro concepto que sea una renta exenta. Se obtiene el valor (RGB_VALOR) en caso de que esté registrado en incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)). Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Otras Rentas Exentas.

518ReteFuente: Subtotal Rentas Exentas               4=Base DescuentoEn Protheus se realiza la operación aritmética de los siguientes conceptos. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Subtotal Rentas Exentas.
+ 510 ReteFuente: Subtotal Deducciones
- 511 ReteFuente: Apo Voluntaria AFC
- 512 ReteFuente: Apo Voluntaria AFP Empleado
- 513 ReteFuente: Apo Voluntaria AFP Compañía
- 514 ReteFuente: Indemnización Accidente Trabajo
- 515 ReteFuente: Licencia Maternidad
- 516 ReteFuente: Gastos Entierro
- 517 Otras Rentas Exentas 
519ReteFuente: Renta Exenta 25%                      4=Base Descuento

Limitado a 240 UVT mensuales (790 UVT anuales a partir del 2023).

En Protheus se realiza la operación aritmética siguiente. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Rentas Exentas 25%.
518 ReteFuente: Subtotal Rentas Exentas * 25%

Topado a 240 UVT mensual.

520ReteFuente Base Gravada Periodo                   4=Base Descuento

Las deducciones y rentas exentas que se pueden descontar están limitadas al 40% del ingreso neto gravable según lo dispone el numeral 2 del artículo 388 del estatuto tributario.

Es decir que a la totalidad de ingresos laborales restamos los ingresos no constitutivos de renta y ese resultado es el que toma como base para determinar la limitación del 40%.

En Protheus se realiza la operación aritmética siguiente. Si es el último periodo del mes (RCH_ULTPER='1') se  obtiene el acumulado (RG7) del mes del concepto de Base Gravada Periodo.
+ 518 ReteFuente: Subtotal Rentas Exentas
- 519 ReteFuente: Renta Exenta 25%

Topado al 40% del ingreso neto gravable mensual.

523ReteFuente: Procedimiento 1 Periodo               2=Descuento

El procedimiento número 1 está contemplado en el artículo 385 del estatuto tributario y consiste en que cada mes se determina el porcentaje que corresponda según el monto del salario devengado.

En ProtheusSi el empleado o la empresa eligió el Procedimiento 1 (RA_TIPOPRC='1'), calcula este concepto.

  • Gravado en UVT = Base Gravada Mensual / UVT. NOTA: Si la periodicidad es quincenal el cálculo se hace sobre la base gravada del periodo, ya que el acumulado del mes será cero. Pero si es la segunda quincena, la base es mensual, ya que suma lo que se calculó en la 1ra quincena + lo que se calculó en este periodo. 
  • Se busca en la tabla S001 el renglón donde el Gravado en UVT esté entre el límite inferior y superior.
  • Retención en UVT = (Gravado en UVT - Límite Inferior) * % + Cuota Fija.
  • Retención en $ = Retención en UVT * UVT - Retención realizada en el mes (si es la primera quincena esta retención será 0, pero si es la segunda tendrá lo retenido en la 1ra quincena).
  • Redondea al 1000 próximo.

Si el empleado o la empresa eligió el Procedimiento 2 (RA_TIPOPRC='2')

  • Retención en $ = Base Gravada Prima / (% del Empleado/100) (RA_PERCIR).
526ReteFuente: Procedimiento 2 Periodo               2=Descuento

El procedimiento número 2 está contemplado en el artículo 386 del estatuto tributario, el cual consiste en determinar un porcentaje fijo aplicable semestralmente, de manera que cada semestre se determina el porcentaje de retención que se aplicará mes a mes en los siguientes seis meses.

En ProtheusSi el empleado o la empresa eligió el Procedimiento 2 (RA_TIPOPRC='2')

  • Retención en $ = Base Gravada Prima / (% del Empleado/100) (RA_PERCIR).


Conceptos de Depuración de Retención en la Fuente para la Nómina FIN Liquidación de Contratos.

 Para la Nómina FIN Liquidación de Contratos, respecto a la retención en la fuente, se divide el cálculo en:

  • Retención de los conceptos de pagos laborales: estos cálculos son iguales que los de la nómina LIQ Liquidación.
  • Retención de la indemnización por despido injustificado.
  • Retención del bono de mutuo acuerdo, cuando el empleado negocia con la empresa la forma en que se retirará de la misma.

.A continuación se enlistan los conceptos de depuración de la retención en la fuente por Indemnización:

ConceptoDescripciónTipoComentarios
534ReteFuente: Total Indemnización                   4=Base DescuentoEn Protheus es el valor pagado en el concepto 202 Indemnización + 203 Indemnización por Maternidad.
535ReteFuente: Indemnización Exenta 25%              4=Base Descuento

En Protheus se realiza la operación aritmética siguiente:
534 ReteFuente: Total Indemnización * 25%

536ReteFuente: Base Gravada Indemnización            4=Base Descuento

En Protheus se realiza la operación aritmética siguiente:
+ 534 ReteFuente: Total Indemnización
- 535 ReteFuente: Indemnización Exenta 25%  

537ReteFuente: Retención Indemnización               2=Descuento

En Protheus se realiza el procedimiento especificado para Indemnización.

  • Veces UVT = Total Indemnización / UVT
  • Se busca en la tabla S002 el porcentaje correspondiente al número de veces UVT.
  • Retención Indemnización = Base Gravada Indemnización * (% tabla S002 / 100) redondeada al 1000 próximo.

A continuación se enlistan los conceptos de depuración de la retención en la fuente por Bono Mutuo Acuerdo:

ConceptoDescripciónTipoComentario
538ReteFuente: Total Bono Mutuo Acuerdo              4=Base DescuentoEn Protheus es el valor pagado en el concepto 211 Bono Mutuo Acuerdo.
539ReteFuente: Bono Mutuo Acuerdo Exenta 25%         4=Base DescuentoEn Protheus se realiza la operación aritmética siguiente:
5348 ReteFuente: Total Bono Mutuo Acuerdo   * 25%
540ReteFuente: Base Gravada Bono Mutuo Acuerdo       4=Base DescuentoEn Protheus se realiza la operación aritmética siguiente:
+ 538 ReteFuente: Total Bono Mutuo Acuerdo
- 539 ReteFuente: Bono Mutuo Acuerdo Exenta 25%   
541ReteFuente: Retención Bono Mutuo Acuerdo          2=Descuento

En Protheus se realiza el procedimiento especificado para Indemnización.

  • Veces UVT = Total Bono Mutuo Acuerdo / UVT
  • Se busca en la tabla S002 el porcentaje correspondiente al número de veces UVT.
  • Retención Bono Mutuo Acuerdo = Base Gravada Bono Mutuo Acuerdo * (% tabla S002 / 100) redondeada al 1000 próximo.

Conceptos de Depuración de Retención en la Fuente para la Nómina PRI Prima de Servicios

A continuación se enlistan los conceptos de depuración de la retención en la fuente para la Nómina PRI Prima de Servicios.

ConceptoDescripciónTipoComentario
530ReteFuente: Total Prima                           4=Base DescuentoEn Protheus es el valor pagado en el concepto 232 Prima Servicios
531ReteFuente: Prima Exenta 25%                      4=Base Descuento

En Protheus se realiza la operación aritmética siguiente:
530 ReteFuente: Total Prima * 25%

Topado a 240 UVT mensuales  (790 UVT anuales a partir del 2023).

532ReteFuente: Base Gravada Prima                    4=Base Descuento

En Protheus se realiza la operación aritmética siguiente:
+ 530 ReteFuente: Total Prima
- 531 ReteFuente: Prima Exenta 25%

Topado al 40% del ingreso neto gravable mensual.

533ReteFuente: Retención Prima de Servicios          2=Descuento

En Protheus se determina si se calcula el procedimiento 1 o 2.

Si el empleado o la empresa eligió el Procedimiento 1 (RA_TIPOPRC='1')

  • Gravado en UVT = Base Gravada Prima / UVT.
  • Se busca en la tabla S001 el renglón donde el Gravado en UVT esté entre el límite inferior y superior.
  • Retención en UVT = (Gravado en UVT - Límite Inferior) * % + Cuota Fija.
  • Retención en $ = Retención en UVT * UVT redondeado al 1000 próximo.

Si el empleado o la empresa eligió el Procedimiento 2 (RA_TIPOPRC='2')

  • Retención en $ = Base Gravada Prima / (% del Empleado/100) (RA_PERCIR).


NOTA: para movimientos fuera de nómina, todos los conceptos se calculan manualmente y son ingresados por incidencias ("Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580) o "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590)).


Conceptos de Depuración de Retención en la Fuente para la Nómina IR2 % Retención en la Fuente Procedimiento 2.

A continuación se enlistan los conceptos de depuración de la retención en la fuente para la Nómina IR2 % Retención en la Fuente Procedimiento 2. Como en la nómina LIQ se realizan los topes mensuales y los anuales, en esta nómina sólo se leerán los acumulados para calcular el nuevo % de IR2.

ConceptoDescripciónComentarios
000Calc Referencias    Determinar los días del año. Por defecto son 360, pero pueden ser menos, en caso de que haya ingresado en el año.
501Ret Fte: Total PagLaLeer acumulados de valor y reportar. Leer acumulados de días a descontar de ausentismos Días Rete Fuente y restarlos de los días del año.  Calcula 30% Pagos Laborales y 240 UVT's. Subtotal No Constitutivo de Rentas = Total de Pagos Laborales.
502Ret Fte: AFP        Leer acumulados de valor y reportar. Restar del Subtotal No Constitutivo de Rentas.
503Ret Fte: FSPLeer acumulados de valor y reportar. Restar del Subtotal No Constitutivo de Rentas.
504Ret Fte: ApoVolAFPObLeer acumulados de valor y reportar. Restar del Subtotal No Constitutivo de Rentas.
505Ret Fte: Salud      Leer acumulados de valor y reportar. Restar del Subtotal No Constitutivo de Rentas.
506Ret Fte: SubTotal1  Reporta Subtotal No Constitutivo de Rentas. Calcula el 40% del Subtotal No Constitutivo de Rentas. Subtotal Descuentos = Subtotal No Constitutivo de Rentas.
507Ret Fte: Ded ViviendLeer acumulados de valor y reportar. Resta del Subtotal Descuentos. 
508Ret Fte: Ded Med PreLeer acumulados de valor y reportar. Resta del Subtotal Descuentos.
509Ret Fte: Ded Depend Leer acumulados de valor y reportar. Resta del Subtotal Descuentos.
510Ret Fte: Subtotal 2 Reporta Subtotal Descuentos. Subtotal Rentas Exentas = Subtotal Descuentos.
619AFC Aport Vol Empl  Leer acumulados de valor. Topar al 30% Pagos Laborales. Topar a 3800 UVT's. Resta de Subtotal Rentas Exentas.
621AFP Aport Vol Cía   Leer acumulados de valor. Topar al 30% Pagos Laborales. Topar a 3800 UVT's. Resta de Subtotal Rentas Exentas.
514Ret Fte: Indem AccTrLeer acumulados de valor. Topar al 30% Pagos Laborales. Topar a 3800 UVT's. Resta de Subtotal Rentas Exentas.
515Ret Fte: Lic Mater  Leer acumulados de valor. Topar al 30% Pagos Laborales. Topar a 3800 UVT's. Resta de Subtotal Rentas Exentas.
516Ret Fte: GtosEntierrLeer acumulados de valor. Topar al 30% Pagos Laborales. Topar a 3800 UVT's. Resta de Subtotal Rentas Exentas.
517Ret Fte: OtrasRentasLeer acumulados de valor. Topar al 30% Pagos Laborales. Topar a 3800 UVT's. Resta de Subtotal Rentas Exentas.
518Ret Fte: Subtotal 3 Reporta Subtotal Rentas Exentas.
519Ret Fte: RentaExe25%

Rentas Exentas 25 = Subtotal Rentas Exentas * 25% topada a 240 UVT's y 40% No Constitutivo de Renta y 5040 UVT's.

Base Gravada Anual = Subtotal Rentas Exentas - Rentas Exentas 25%.

521Ret Fte: BseGra

Días del Año = 360 - Ausentismos.

Si Días del Año >=360, Días del Año = 390 (13 meses).

Base Gravada Mensualizada = Base Gravada  / Días del Año * 30

527Ret Fte: Proc 2  
  • Base Gravada en UVT's = Base Gravada Mensualizada / UVT
  • Retención en UVT's = (Base Gravada en UVT's - Límite Inferior) * % + Cuota fija.
  • Retención en Pesos = Retención en UVT's * UVT
  • % de IR2:  Retención en Pesos / Base Gravada Mensualizada  * 100
543Ret Fte: % Proc 2   Reporta el % de IR2 y grabar en el maestro de empleados.


Procesos

El Proceso es la Agrupación de empleados con mismas prestaciones, confidencialidad, periodicidad y de la misma razón social. En esta opción ("Actualizaciones / Definic. Cálculo / Procesos"). La configuración de sus campos incide en la forma en que se calculan algunos de los conceptos estándar. 

En específico, para Retención en la Fuente, solo existe un campo a configurar: "RetFte Mater", pero este ya no está en operación, ya que anteriormente se consideraba que si se indicaba que si aplicaba (RCJ_DESMAT='1') entonces se deducía la LMA de ReteFuente, pero posteriormente se aclaró que no era la incapacidad por maternidad, sino la indemnización por maternidad, de acuerdo con el soporte legal siguiente: "cuando una trabajadora gestante es despedida sin justa causa y le efectúan el pago de la indemnización contemplada en el numeral 3 del artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–correspondiente al pago de 60 días de trabajo, dicha indemnización podrá ser tomada como una renta exenta dentro de la declaración de renta (ver el numeral 2 del artículo 206 del Estatuto Tributario –ET–). Además, esta no estaría sometida a la retención en la fuente."


Procedimientos de Cálculo

Los procedimientos de cálculo ("Actualizaciones | Definici Cálculo | Tipos de Procedim" (GPEA162)) en que se aplica la retención en la fuente y que se verán en el presente documento, son:

FIN    Liquidación de Contratos      
LIQ    Nómina de Liquidación         
CES   Cesantía e Intereses de Cesantías (cuando el ingreso promedio semestral exceda de 350 UVT's).
PRI    Prima de Servicios            

Tablas Alfanuméricas

En SIGAGPE existen predefinidas unas tablas alfanuméricas de Sistema que no podrán ser modificadas por el analista ni por el usuario, solo se podrá actualizar la información contenida en la mismas. Se identifican porque el código inicia con una "S".

La rutina (Actualizaciones / Definic. Cálculo / Defunción de Tabla) (GPEA310) le posibilita al usuario incluir y definir la estructura de nuevas tablas (tablas de usuario cuyo código iniciará con "U"). Las estructuras podrán registrarse de acuerdo con la necesidad de informar una lista de datos en líneas y columnas para el almacenamiento de informaciones. El contenido de las mismas se podrá modificar (Actualizaciones / Definic. Cálculo / Mnto de Tabla) (GPEA320)Esa información se podrá acceder en la formulación, de cualquier tipo de procedimiento de cálculo.

Algunas características de las mismas son:

  • Son usados generalmente para el cálculo de la nómina, pero pueden ser ocupadas en algunos procesos, como la PILA  o desarrollos especiales.
  • Usualmente varía el contenido periódicamente.
  • Se actualizan manualmente por parte del usuario.
  • La definición de las tablas de Sistemas puede ser copiada para que el usuario las modifique cuando el cliente no aplica el estándar sino que requiere alteraciones.
  • Si cambia la ley y se requieren más tablas estándar se deberá aplicar un parche, para actualizar las definiciones de las tablas de sistema.

En SIGAGPE existen predefinidas unas tablas alfanuméricas de Sistema que no podrán ser modificadas por el analista ni por el usuario, solo se podrá actualizar la información contenida en la mismas.

La opción (Actualizaciones / Definic. Cálculo / Definción de Tabla) le posibilita al usuario incluir y definir la estructura de nuevas tablas. Las estructuras podrán registrarse de acuerdo con la necesidad de informar una lista de datos en líneas y columnas para el almacenamiento de informaciones.

El contenido de las mismas se podrá modificar (Actualizaciones / Definic. Cálculo / Mnto de Tabla) Esa información se podrá acceder en la formulación, de cualquier tipo de nómina.

Algunas características de las mismas son:

  • Son usados generalmente para el calculo de la nomina, pero pueden ser ocupadas en algunos procesos, como la Declaración Anual o desarrollos especiales.
  • Usualmente varía el contenido periódicamente.
  • Se actualizan manualmente por parte del usuario.
  • La definición de las tablas de Sistemas puede ser copiada para que el usuario las modifique cuando el cliente no aplica el estándar totalmente igual sino requiere alteraciones.
  • Si cambia la ley y se requieren más tablas estándar se deberá aplicar un parche, para actualizar las definiciones de las tablas de sistema.

Las tablas estándar usadas en Retención en la Fuente son:

S001 Retención en la Fuente en UVT.

Esta tabla es ocupada para el cálculo de retención en la fuente, tanto del procedimiento 1 como del procedimiento 2. NOTA: en el 2023 habrá cambios.

El artículo 383 del estatuto tributario modificado por la ley 2010 de 2019 contiene las tarifas que se deben aplicar por concepto de retención en la fuente por ingresos laborales. Los rangos allí señalados corresponden al salario del trabajador una vez ha sido depurado, esto es, una vez se han restado los conceptos que la ley permite detraer para reducir la base sujeta a retención.


S002  Retención en la Fuente Indemnización.

Esta tabla es ocupada para el cálculo de retención en la fuente de indemnización, en caso que que ocurra un despido sin causa justa.


S007 Datos Generales:

De esta tabla se obtiene el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) y la Unidad de Valor Tributario (UVT). La UVT se ocupa para convertir el valor ya depurado de la base de retención en la fuente (para procedimiento 1 y 2) en UVT's para poder ingresarlo a la tabla S001 y de vuelta a pesos para la retención. El SMMLV se ocupa para determinar los diferentes topes que aplican en la depuración. 


S045 Retención Cesantía:

Esta tabla es ocupada para determinar el % a gravar, para retención en la fuente, de la cesantía, en caso de que esta supere los 350 UVT's.

Periodos

El catálogo de periodos cuenta con 4 tablas. En la primera (RCH) se capturan los datos generales del periodo ("Actualizaciones | Archivos | Periodos " (GPEA400)). Otras dos tablas se capturan en la función de Calendario (RCF y RCG). Estas 2 tablas no son ocupadas en Colombia, por lo que no se agregó esa función en el menú. Por último, se cuenta con la tabla RFQ, que solo opera en el modelo 1 de la rutina de Periodos. Colombia ocupa el modelo 2 (MV_PERMOD2='.T.' Utiliza Archivo de períodos simplificado disponible para la Planilla de haberes Modelo 2 (.F. = no utiliza; .T. = utiliza).

Con respecto a Retención en la Fuente, es necesario configurar el campo de Fin de Mes.

  • Para la nómina LIQ Liquidación, en el caso de que la periodicidad fuera
    • Semanal: las primeras semanas del mes deberán tener No (RCH_ULPERI='2') y la última semana del mes, que podría ser la cuarta o quinta semana deberá configurarse con Si (RCH_ULPERI='1').  
    • Quincenal: la primera quincena del mes deberán tener No (RCH_ULPERI='2') y la segunda quincena del mes deberá configurarse con Si (RCH_ULPERI='1').  
    • Mensual: todos los periodos deberán estar configurados con Si (RCH_ULPERI='1').
  • Para la nómina FIN Liquidación de contratos, sin importar la periodicidad de la nómina, TODOS los periodos deberán estar configurados con Si (RCH_ULPERI='1').
  • Para la nómina CES Cesantía, si se calcula una vez cerrado el último periodo de LIQ, entonces deberá estar configurado con Si (RCH_ULPERI='1'), en caso contrario con No (RCH_ULPERI='2').
  • Para la nómina PRI Prima de Servicios, si se calcula una vez cerrado el último periodo de LIQ, entonces deberá estar configurado con Si (RCH_ULPERI='1'), en caso contrario con No (RCH_ULPERI='2').
  • Para la nómina VAC Anticipo de Vacaciones, si se calcula una vez cerrado el último periodo de LIQ, entonces deberá estar configurado con Si (RCH_ULPERI='1'), en caso contrario con No (RCH_ULPERI='2').

En el modelo 2 la pantalla se visualiza de la siguiente forma (en el estándar). 

Número de Periodos por Procedimiento de Cálculo.

Para cada procedimiento de cálculo se requieren diferentes números de periodos.

Tipo

Nombre

Número de Periodos

CES

Cesantía e Intereses Cesantía

Un periodo a más tardar en enero de cada año.

FIN

Liquidación de Contratos

Un periodo por mes. NOTA: también hay que dar de alta un periodo por mes en el procedimiento APL para la aplicación de las liquidaciones de contrato.

IR2

Retención en la Fuente Procedimiento 2

Se darán de alta dos periodos por año, para calcular el porcentaje de retención en la fuente a los empleados que eligieron el procedimiento 2. Esto actualizará el maestro de empleados automáticamente.

LIQ

Liquidación

Dependiendo de la periodicidad se requerirán dar de alta diferente número de periodos para liquidación. Por ejemplo:

Periodicidad   No Periodos

Mensual           12

Quincenal        24

Catorcenal       26

Semanal           52

PRI

Primas de Servicios

Se darán de alta dos periodos por año, para calcular las Primas de Servicios.


Llenado Periodo Procedimiento LIQ Liquidación

La forma en que se deben llenar los campos de periodos, para el procedimiento LIQ Liquidación, es el siguiente:

CampoDescripciónLlenado
RCH_PERPeriodo de Calculo       Los periodos se arman considerando el año con 4 dígitos y el mes con 2. Por ejemplo 202303 para marzo del 2023.
RCH_NUMPAGNúmero de pago           Depende de la periodicidad:
Mensual = 01
Quincenal: 01=1ra quincena y 02=2da quincena
Semanal: 01 a 05 (algunos meses incluyen 5 semanas).
RCH_ROTEIRProcedim. Calculo        LIQ
RCH_MESMes contable             Depende del mes. Va del 01 al 12.
RCH_ANOAño contable             Año en curso: 2023
RCH_DTINIFecha inicial            Depende de la periodicidad:
Mensual = 1er día del mes
Quincenal: 1er día de la quincena
Semanal: 1er día de la semana.
RCH_DTFIMFecha final              Depende de la periodicidad:
Mensual = Último día del mes
Quincenal: Último día de la quincena
Semanal: Último día de la semana.
RCH_DTPAGOFecha de pago            Fecha en que se paga el periodo
RCH_DTCORTFecha de corte           Fecha en que se paga el periodo
RCH_CRITERCriterio de Acumulación  Por estándar 01 siempre. El cliente puede crear otros criterios.
RCH_SEQUESecuencia de Acumulación Igual que el mes a calcular. Va del 01 al 12.
RCH_ULPERIÚltimo Per Mes           Depende de la periodicidad (es ocupado para realizar el ajuste de retención en la fuente):
Mensual: '1'=Si en todos los periodos.
Quincenal: '2'=1ra quincena y '1'=2da quincena
Semanal: Primeras semanas '2', última semana del mes '1'.


Llenado Periodo Procedimiento FIN Liquidación de Contratos

La forma en que se deben llenar los campos de periodos, para el procedimiento FIN Liquidación de Contratos, es el siguiente:

CampoDescripciónLlenado
RCH_PERPeriodo de Calculo       Los periodos se arman considerando el año con 4 dígitos y el mes con 2. Por ejemplo 202303 para marzo del 2023.
RCH_NUMPAGNúmero de pago           Depende de la periodicidad:
Mensual = 01
Quincenal: 01=1ra quincena y 02=2da quincena
Semanal: 01 a 05 (algunos meses incluyen 5 semanas).
RCH_ROTEIRProcedim. Calculo        FIN
RCH_MESMes contable             Depende del mes. Va del 01 al 12.
RCH_ANOAño contable             Año en curso: 2023
RCH_DTINIFecha inicial            Depende de la periodicidad:
Mensual = 1er día del mes
Quincenal: 1er día de la quincena
Semanal: 1er día de la semana.
RCH_DTFIMFecha final              Depende de la periodicidad:
Mensual = Último día del mes
Quincenal: Último día de la quincena
Semanal: Último día de la semana.
RCH_DTPAGOFecha de pago            Usualmente se coloca la fecha final del periodo, porque la fecha de pago que se ocupa en FIN es la fecha del encabezado de finiquitos.
RCH_DTCORTFecha de corte           Usualmente se coloca la fecha final del periodo.
RCH_CRITERCriterio de Acumulación  Por estándar 01 siempre. El cliente puede crear otros criterios.
RCH_SEQUESecuencia de Acumulación Igual que el mes a calcular. Va del 01 al 12.
RCH_ULPERIÚltimo Per Mes           Siempre '1' sin importar la periodicidad.


Llenado Periodo Procedimiento CES Cesantía e Intereses de Cesantía.

La forma en que se deben llenar los campos de periodos, para el procedimiento CES Cesantía e Intereses de Cesantía, es el siguiente

CampoDescripciónLlenado
RCH_PERPeriodo de Calculo       Al calcularse las Cesantías y los Intereses de Cesantía, este periodo deberá generarse en enero de cada año. Por ejemplo 202301
RCH_NUMPAGNúmero de pago           01 siempre
RCH_ROTEIRProcedim. Calculo        CES
RCH_MESMes contable             01 siempre
RCH_ANOAño contable             Año en curso: 2023
RCH_DTINIFecha inicial            01/01/2022
RCH_DTFIMFecha final              31/12/2022
RCH_DTPAGOFecha de pago            31/01/2023
RCH_DTCORTFecha de corte           31/01/2023
RCH_CRITERCriterio de Acumulación  01 siempre
RCH_SEQUESecuencia de Acumulación 01 siempre
RCH_ULPERIÚltimo Per Mes           Siempre '1'-


Llenado Periodo Procedimiento IR2 % Procedimiento 2 Retención en la Fuente

La forma en que se deben llenar los campos de periodos, para el procedimiento IR2 % Procedimiento 2 Retención en la Fuente, es el siguiente:

CampoDescripciónLlenado 1er periodo semestralLlenado 2do periodo semestral
RCH_PERPeriodo de Calculo       Para el porcentaje que aplicará de enero a junio del 2023, el periodo será 202212.Para el porcentaje que aplicará de julio a diciembre 2023 el periodo será 202306. 
RCH_NUMPAGNúmero de pago           01 siempre01 siempre
RCH_ROTEIRProcedim. Calculo        IR2IR2
RCH_MESMes contable             1206
RCH_ANOAño contable             20222023
RCH_DTINIFecha inicial            01/12/202101/06/2022
RCH_DTFIMFecha final              30/11/202231/05/2023
RCH_DTPAGOFecha de pago            01/01/202301/07/2023
RCH_DTCORTFecha de corte           31/12/202230/06/2023
RCH_CRITERCriterio de Acumulación  No acumula, dejar vacío.No acumula, dejar vacío.
RCH_SEQUESecuencia de Acumulación No acumula, dejar vacío.No acumula, dejar vacío.
RCH_ULPERIÚltimo Per Mes           Siempre '1'-Siempre '1'-


Llenado Periodo Procedimiento PRI Prima de Servicios

La forma en que se deben llenar los campos de periodos, para el procedimiento PRI Prima de Servicios, es el siguiente:

CampoDescripciónLlenado 1er periodo semestralLlenado 2do periodo semestral
RCH_PERPeriodo de Calculo       202306202312
RCH_NUMPAGNúmero de pago           01 siempre01 siempre
RCH_ROTEIRProcedim. Calculo        PRIPRI
RCH_MESMes contable             0612
RCH_ANOAño contable             20232023
RCH_DTINIFecha inicial            En procesos se indica el mes en que inicia el promedio de la prima:
12: fecha inicial 01/12/2022
01: Fecha inicial 01/01/2023
En procesos se indica el mes en que inicia el promedio de la prima:
06: fecha inicial 01/06/2023
07: Fecha inicial 01/07/2023
RCH_DTFIMFecha final              En procesos se indica el mes en que inicia el promedio de la prima:
12: fecha final 31/05/2023
01: Fecha inicial 30/06/2023
En procesos se indica el mes en que inicia el promedio de la prima:
12: fecha final 31/05/2023
01: Fecha inicial 30/06/2023
RCH_DTPAGOFecha de pago            30/06/202320/12/2023
RCH_DTCORTFecha de corte           30/06/202320/12/2023
RCH_CRITERCriterio de Acumulación  01 siempre01 siempre
RCH_SEQUESecuencia de Acumulación 0612
RCH_ULPERIÚltimo Per Mes           Siempre '1'-Siempre '1'-


02. Operación

Empleados

Los campos del maestro de empleados ("Actualizaciones | Empleados | Gestión Empleados" (GPEA011) o "Actualizaciones | Empleados | Empleados" (GPEA010)) que son usados en Retención en la Fuente son los siguientes.

Funcionales

CampoDescripción
Tipo ProcTipo de Procedimiento de Retención en la Fuente. Los valores permitidos son: 1 = Procedimiento 1; 2 = Procedimiento 2.
% Ret Pro 2% de retención en la fuente a aplicar si el empleado eligió el procedimiento 2. Este porcentaje se puede digitar directamente en el maestro de empleados o calcularse semestralmente con el Procedimiento IR2 Ret en la Fte Proc 2.


Dependientes

En la rutina de dependientes, ubicada en "Actualizaciones | Empleados | Dependientes" (GPEA020) se registran los dependientes económicos del empleado. Para retención en la fuente se consideran:

  1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.
  2. Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 23 años, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES o la autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
  3. Los hijos del contribuyente mayores de 23 años que se encuentren en situación de dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
  4. El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal, y,
  5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia, sean por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.

NOTA: para las opciones 4 (cónyuge) y 5 (padres y hermanos), se deberá elegir la opción 1 s/Lim Edad.

Incidencias por Empleados 

En la rutina de Incidencias por Empleados, ubicada en "Actualizaciones | Novedades | Incid por Emplead" (GPEA580), se deberán registrar los valores (RGB_VALOR) de los siguientes conceptos, en caso de que aplique.

516ReteFuente: Gastos Entierro                       
517ReteFuente: Otras Rentas Exentas                  


Incidencias por Concepto

En la rutina de Incidencias por Concepto, ubicada en "Actualizaciones | Novedades | Incid por Concepto" (GPEA590), se deberán registrar los valores (RGB_VALOR) de los siguientes conceptos, cuando se va a registrar información del mismo concepto a varios empleados.

516ReteFuente: Gastos Entierro                       
517ReteFuente: Otras Rentas Exentas                  

Asientos Fijos

En la rutina de Incidencias por Empleados, ubicada en "Actualizaciones | Novedades | Asientos Fijos" (GPEA550), se deberán registrar los valores (RG1_VALOR) de los siguientes conceptos, en caso de que aplique.

507Ret Fte: Ded Viviend
508Ret Fte: Ded Med Pre
514Ret Fte: Indem AccTr
515Ret Fte: Lic Mater  
619AFC Aport Vol Empl  
620AFP Aport Vol Empl  
621AFP Aport Vol Cía   
622AFP Aport Vol Oblig 
631Aport Vol RAIS      



CampoObservaciones
Calc AutomSiempre se coloca Si
OrdenAsignar un número consecutivo, iniciando desde 001 en adelante.
ProcedimeintSi se deja vacío, aplica para todos los procedimientos, si se asigna un procedimiento, solo aplicará para ese. Por ejemplo, en la pantalla se observa que todos tienen LIQ, por lo que si se calcula un finiquito, no considerará estos conceptos en la depuración de finiquitos.
Tipo Calc

Dependiendo del concepto es el Tipo de Cálculo que se debe registrar.

Cod ConceptoCódigo del concepto. Debe ser uno de los arriba mencionados. 
Fc Ini PagoFecha a partir de la cual se aplicará el concepto. Usualmente inicia el 1ro de enero, excepto cuando el empleado ingresó posteriormente.
Fc Lib PagoFecha de autorización del concepto. Se recomienda utilizar la misma fecha de inicio de pago.
Fc Fin PagoFecha en la que termina de aplicarse el concepto. Usualmente terminan el 31 de diciembre.
Valor FijoValor del concepto. El valor registrado en Asientos Fijos (RG1_VALOR) dependerá de la periodicidad. Por ejemplo, si el importe de los intereses pagados en el año anterior fue 50,000,000 y la periodicidad de pago es mensual,  el valor registrado debe ser 4,166,667. Si fuera quincenal el valor debe ser 2,033,334.

NOTA

Los restantes campos no son requeridos para la depuración de la retención en la fuente.


Cálculo

Ingresar a la rutina Por procedimiento, ubicada en "Miscelánea | Cálculos | Por procedimiento" (GPEM020). Informar los parámetros solicitados.

  • Seleccionar el proceso.
  • Seleccionar el procedimiento de cálculo (LIQ).
  • En automático se colocará el periodo y número de pago seleccionado para ese proceso y procedimiento.
  • Marcar la opción de Trace.
  • Filtrar las matrículas de prueba.

Dar clic en "Confirmar". Visualizar el mensaje de confirmación de finalización del cálculo y confirmar.


Periodos

  • Seleccionar el Proceso y Procedimiento LIQ y cambiar el estatus a 3 Recibos ya impresos.
  • Revisar que fecha de pago tiene.

Cierre

  • Seleccionar el Proceso, Periodo, Número de Cálculo Procedimiento de Cálculo y la Fecha de Pago.
  • Confirmar, e imprimir el log.


Ejemplo de Cálculo Nómina LIQ ingresos laborales altos.

En este ejemplo, con ingresos laborales de 40,000,000, se observa que a partir de Abril llega al tope de los 1340 UVT's por lo que los restantes meses ya no aplica los conceptos de deducción y rentas exentas.



 Con  Enero  Febrero  Marzo  Abril  Mayo  Junio  Julio  Agosto  Septiembre  Octubre  Noviembre  Diciembre 

Total ingresos laborales501  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000  40,000,000

Viáticos ocasionales que constituyen reembolso de gastos soportados












4%Aportes obligatorios a salud efectuados por el trabajador505    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000     1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000
4%Aportes obligatorios a fondos de pensiones502    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000     1,600,000    1,600,000    1,600,000    1,600,000

Aporte Voluntario a Fondo de Obligatorio504         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000          65,000         65,000         65,000         65,000

Veces SMMLV
            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48            34.48

Aporte FSP503       800,000       800,000       800,000       800,000       800,000       800,000       800,000       800,000        800,000       800,000       800,000       800,000

Medios de transporte distintos del subsidio de transporte













Demás pagos que no incrementan el patrimonio del trabajador













(-) Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
    4,065,000    4,065,000    4,065,000    4,065,000    4,065,000    4,065,000    4,065,000    4,065,000     4,065,000    4,065,000    4,065,000    4,065,000

Subtotal No Constitutivo de Renta506  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000
40%40% sin topar
  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000  14,374,000

Acumulado Anual mes anterior
                  -    14,374,000  28,748,000  43,122,000  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080

Tope de 1340 UVT
  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080

40% topado a 1340 UVT's
  14,374,000  14,374,000  14,374,000  13,710,080                  -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  
  115,162Intereses Vivienda                    507       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162        115,162       115,162       115,162       115,162
  262,300Medicina Pre pagada                   508       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300        262,300       262,300       262,300       262,300
              1Dependientes                          509    1,357,184    1,357,184    1,357,184    1,357,184    1,357,184    1,357,184    1,357,184    1,357,184     1,357,184    1,357,184    1,357,184    1,357,184

Deducciones sin topar
    1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646     1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646

Deducciones topadas al 40%
    1,734,646    1,734,646    1,734,646    1,734,646                  -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Subtotal Deducciones                  510  34,200,354  34,200,354  34,200,354  34,200,354  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000
    55,000Apo Voluntaria AFC                    511         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000          55,000         55,000         55,000         55,000
    60,000Apo Voluntaria AFP Empleado           512         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000          60,000         60,000         60,000         60,000
    50,000Indemnización Accidente Trabajo       514         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000          50,000         50,000         50,000         50,000

Indemnización Licencia Maternidad                   515                  -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Gastos Entierro                       516                  -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  
    50,000Otras Rentas Exentas                  517         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000          50,000         50,000         50,000         50,000

Rentas Exentas sin topar
       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000        215,000       215,000       215,000       215,000

Rentas Exentas topadas al 40%
       215,000       215,000       215,000       215,000                  -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Subtotal Rentas Exentas               518  33,985,354  33,985,354  33,985,354  33,985,354  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000

25% rentas exentas sin topar
    8,496,339    8,496,339    8,496,339    8,496,339    8,983,750    8,983,750    8,983,750    8,983,750     8,983,750    8,983,750    8,983,750    8,983,750

acum mes anterior 25% rentas exentas
                  -      8,496,339  16,992,677  25,489,016  33,985,354  42,969,104  51,952,854  60,936,604  69,920,354  78,904,104  87,887,854  96,871,604
         790790 UVT's
  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480

25% rentas exentas topadas a 790 UVT's y 40% PL
    8,496,339    8,496,339    8,496,339    8,016,465                  -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Subtotal Rentas Exenta 25%                      519  25,489,016  25,489,016  25,489,016  25,968,890  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000  35,935,000
24%Retención Procedimiento 2
    6,117,364    6,117,364    6,117,364    6,232,533    8,624,400    8,624,400    8,624,400    8,624,400     8,624,400    8,624,400    8,624,400    8,624,400

Ejemplo de Cálculo Nómina LIQ ingresos laborales bajos.

En este ejemplo, se observa que en todo el año no se excede de los 1340 UVT's y 790 UVT's (25% Renta Exenta), por lo que aplican los conceptos de descuentos y restas exentas todos los meses.



 Con  Enero  Febrero  Marzo  Abril  Mayo  Junio  Julio  Agosto  Septiembre  Octubre  Noviembre  Diciembre 

Total ingresos laborales501    2,000,000    2,000,000    2,000,000    2,000,000    2,000,000    2,000,000    2,000,000    2,000,000     2,000,000    2,000,000    2,000,000    2,000,000

Viáticos ocasionales que constituyen reembolso de gastos soportados












4%Aportes obligatorios a salud efectuados por el trabajador505         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000          80,000         80,000         80,000         80,000
4%Aportes obligatorios a fondos de pensiones502         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000         80,000          80,000         80,000         80,000         80,000

Aporte Voluntario a Fondo de Obligatorio504         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000         65,000          65,000         65,000         65,000         65,000

Veces SMMLV
              1.72              1.72              1.72              1.72              1.72              1.72              1.72              1.72               1.72              1.72              1.72              1.72

Aporte FSP503                  -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Medios de transporte distintos del subsidio de transporte













Demás pagos que no incrementan el patrimonio del trabajador













(-) Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
       225,000       225,000       225,000       225,000       225,000       225,000       225,000       225,000        225,000       225,000       225,000       225,000

Subtotal No Constitutivo de Renta506    1,775,000    1,775,000    1,775,000    1,775,000    1,775,000    1,775,000    1,775,000    1,775,000     1,775,000    1,775,000    1,775,000    1,775,000
40%40% sin topar
       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000        710,000       710,000       710,000       710,000

Acumulado Anual mes anterior
                  -         710,000    1,420,000    2,130,000    2,840,000    3,550,000    4,260,000    4,970,000     5,680,000    6,390,000    7,100,000    7,810,000

Tope de 1340 UVT
  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080  56,832,080

40% topado a 1340 UVT's
       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000       710,000        710,000       710,000       710,000       710,000
  115,162Intereses Vivienda                    507       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162       115,162        115,162       115,162       115,162       115,162
  262,300Medicina Pre pagada                   508       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300       262,300        262,300       262,300       262,300       262,300
              1Dependientes                          509       200,000       200,000       200,000       200,000       200,000       200,000       200,000       200,000        200,000       200,000       200,000       200,000

Deducciones sin topar
       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462        577,462       577,462       577,462       577,462

Deducciones topadas al 40%
       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462       577,462        577,462       577,462       577,462       577,462

Subtotal Deducciones                  510    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538     1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538
    55,000Apo Voluntaria AFC                    511         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000         55,000          55,000         55,000         55,000         55,000
    60,000Apo Voluntaria AFP Empleado           512         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000         60,000          60,000         60,000         60,000         60,000
    50,000Indemnización Accidente Trabajo       514         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000          50,000         50,000         50,000         50,000

Indemnización Licencia Maternidad                   515                  -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Gastos Entierro                       516                  -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  
    50,000Otras Rentas Exentas                  517         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000         50,000          50,000         50,000         50,000         50,000

Rentas Exentas sin topar
       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000       215,000        215,000       215,000       215,000       215,000

Rentas Exentas topadas al 40%
                  -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                    -                     -                    -                    -                    -  

Subtotal Rentas Exentas               518    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538     1,197,538    1,197,538    1,197,538    1,197,538

25% rentas exentas sin topar
       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385        299,385       299,385       299,385       299,385

acum mes anterior 25% rentas exentas
                  -         299,385       598,769       898,154    1,197,538    1,496,923    1,796,307    2,095,692     2,395,076    2,694,461    2,993,845    3,293,230
         790790 UVT's
  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480  33,505,480

25% rentas exentas topadas a 790 UVT's y 40% PL
       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385       299,385        299,385       299,385       299,385       299,385

Subtotal Rentas Exenta 25%                      519       898,154       898,154       898,154       898,154       898,154       898,154       898,154       898,154        898,154       898,154       898,154       898,154
0%Retención Procedimiento 2
       ------------


A continuación se muestran las fórmulas utilizadas:


ABCD
1

ConEnero
2
Total ingresos laborales50140000000
3
Viáticos ocasionales que constituyen reembolso de gastos soportados

40.04Aportes obligatorios a salud efectuados por el trabajador505=+D$2*$A$4
50.04Aportes obligatorios a fondos de pensiones502=+D$2*$A$5
6
Aporte Voluntario a Fondo de Obligatorio50465000
7
Veces SMMLV
=+D2/$R$2
8
Aporte FSP503=+BUSCAR(D7,$S$2:$T$9,$U$2:$U$9)/100*D2
9
Medios de transporte distintos del subsidio de transporte

10
Demás pagos que no incrementan el patrimonio del trabajador

11
(-) Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
=+D3+D4+D5+D8+D9+D10+D6
12
Subtotal No Constitutivo de Renta506=+D2-D11
130.440% sin topar
=+D12*$A$13
14
Acumulado Anual mes anterior
=+C14
15
Tope de 1340 UVT
=+$Q$2*1340
16
40% topado a 1340 UVT's
=+SI(D14>D15,0,SI((D14+D13)>D15,D15-D14,D13))
17115162Intereses Vivienda                    507=+$A17
18262300Medicina Pre pagada                   508=+$A18
191Dependientes                          509=+SI(SI($A$19>0,D2*10%,0)>32*$Q$2,32*$Q$2,SI($A$19>0,D2*10%,0))
20
Deducciones sin topar
=+D17+D18+D19
21
Deducciones topadas al 40%
=+SI(D20<=D16,D20,0)
22
Subtotal Deducciones                  510=+D12-D21
2355000Apo Voluntaria AFC                    511=+$A23
2460000Apo Voluntaria AFP Empleado           512=+$A24
2550000Indemnización Accidente Trabajo       514=+$A25
26
Indemnización Licencia Maternidad                   515=+$A26
27
Gastos Entierro                       516=+$A27
2850000Otras Rentas Exentas                  517=+$A28
29
Rentas Exentas sin topar
=+SUMA(D23:D28)
30
Rentas Exentas topadas al 40%
=+SI(D29<=(D16-D21),D29,0)
31
Subtotal Rentas Exentas               518=+D22-D30
32
25% rentas exentas sin topar
=+D31*0.25
33
acum mes anterior 25% rentas exentas
0
34790790 UVT's
=+$A34*$Q$2
35
25% rentas exentas topadas a 790 UVT's y 40% PL
=+SI(D33>D34,0,SI((D33+D32)>D34,D34-D33,D32))
36
Subtotal Rentas Exenta 25%                      519=+D31-D35
370.24Retención Procedimiento 2
=+D36*$A$37