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  • IVA - Impuesto de valor agregado en la implantación de títulos - APB


IVA - Impuesto de valor agregado en la implantación de títulos - APB

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ÍNDICE

  1. Visión general
  2. Prorrateo del IVA
  3. Implantación de títulos
  4. Rutina de vínculo de impuestos retenidos



01. VISIÓN GENERAL

En la rutina de implantación de títulos ON-LINE es posible informar los impuestos de valor agregado (IVA). Para ello, se pone a disposición el botón IVA, el cual accede a la pantalla Impuesto valor agregado (IVA), en la cual es posible informar los Impuestos de valor agregado. 

En la implantación del título, el valor Base de cálculo del impuesto sugerido es igual al valor informado para el título en la pantalla principal de inclusión/alteración. A partir de esta información, el impuesto se calcula aplicando la alícuota de este, sobre el valor Base de cálculo. El resultado es el valor del impuesto, que sumado a la Base de cálculo, actualiza el campo Valor de la pantalla principal de inclusión/alteración.

Ejemplo:

Si suponemos que en el sistema, tenemos registrado un Impuesto sobre valor agregado, con una alícuota del 10%.

Al digitar la implantación de un título, el usuario informa 1.000,00 en el campo Valor. Al activar el botón IVA y vincular el Impuesto sobre valor agregado, el sistema calculará el valor de este, aplicando su alícuota sobre el valor informado para el título (1.000,00 x 10% = 100,00).

El valor del impuesto calculado se sumará al Valor base (1.000,00 + 100,00 = 1.100,00).

El sistema actualizará automáticamente el campo Valor con el contenido 1.100,00, que será el saldo de implantación del título.


Importante

Al incluir el título, debe informarse el valor neto/bruto de la nota, y queda a cargo del sistema, calcular el valor con impuesto. El valor original del título será el valor informado más el impuesto calculado. Para la alteración de título debe informarse el valor neto para la alteración de valor de la nota.
Después de vincular el IVA al ítem, el usuario no podrá alterar el valor. Para poder efectuar la alteración de valor, antes deben desvincularse estos impuestos.


02. PRORRATEO DEL IVA

   

El prorrateo del valor del IVA se genera automáticamente, con base en el prorrateo de Unidades de negocio informado para contabilizar el ingreso/gastos.

Ejemplo:

Titulo de 1.000,00 con IVA de 100,000, con el siguiente prorrateo de Unidades de negocio:

UN AAA              -   600,00

UN BBB              -   400,00

Para el valor del IVA, se generará el siguiente prorrateo de Unidades de negocio:

UN AAA              -     60,00

UN BBB              -     40,00

 

  

La cuenta contable utilizada en el prorrateo es la cuenta parametrizada como Cuenta DB, en el programa Mantenimiento Relaciona impuesto a la empresa (UTB102AA). De esta misma función, se utiliza el parámetro Flujo de salida, para actualizar el tipo de flujo del prorrateo.

En la rutina de Mantenimiento de prorrateo, el botón IVA siempre queda desactivado, aunque este impuesto ya se haya vinculado al título. Debido a que el prorrateo del valor del impuesto se generará de forma automática. El campo Saldo de impuesto por prorratear, siempre se presenta como 0 (cero).

A continuación, sigue un ejemplo de las apropiaciones contables que se generarán en la implantación del título con IVA vinculado. Si se considera un título con valor neto de 2.000,00 e IVA vinculado por el valor de 200,00:

2.200,00  CR – Cuenta saldo del proveedor

2.000,00  DB – Cuenta gastos informada en el prorrateo del título

   200,00 DB - Cuenta DB parametrizada en el registro de Impuestos vinculados a la empresa.

Nota:

El IVA Retenido solo podrá vincularse en el pago del título, en la implantación, este tipo de impuesto no estará disponible para vincularse, es decir, podrá vincularse en Pagos de cheque, Borderó, Caja y Confirmación de cheque y borderó.


03. IMPLANTACIÓN DE TÍTULOS

En la implantación de títulos ON-LINE, cuando se vincula el IVA, la apropiación contable referente al impuesto, se generará utilizando la cuenta parametrizada como IVA por trasladar, en el programa Mantenimiento Relaciona impuesto a la empresa (UTB102AA).

Ejemplo:

Si se considera la implantación de un título de 1.000,00 con IVA por el valor de 50,00. Se generan las siguientes apropiaciones contables:

1.050,00 CR – Cuenta saldo del proveedor

1.000,00 DB – Cuenta gastos informada en el prorrateo del título

     50,00 DB – Cuenta IVA por trasladar.


04. RUTINA DE VÍNCULO DE IMPUESTOS RETENIDOS

En este rutina, cuando se vincule el IVA Retenido en la Implantación del título, el valor de este disminuirá el saldo de este título, y se contabilizará a crédito en  la cuenta parametrizada como Provisión IVA Retenido, en el programa Mantenimiento Relaciona impuesto a la empresa (UTB102AA). El valor del título, en la implantación, debe informarse sin descontar de este el valor del IVA Retenido, pues el sistema calculará el valor del impuesto y lo descontará del valor informado.

Ejemplos:

Si tenemos un título por el valor de 2.000,00, con IVA Retenido vinculado, utilizando una alícuota del 5%, el título se implantará con el valor original y el saldo de 1.900,00, con las siguientes apropiaciones contables:

1.900,00  CR – Cuenta saldo del proveedor

2.000,00  DB – Cuenta gastos informada en el prorrateo del título

   100,00  CR – Cuenta provisión IVA Retenido.

Si en el mismo título, también se vincula el IVA Normal, el valor de este no se considera para conformar la Base de cálculo del IVA Retenido.

 

Si un título implantado por el valor de 2.000,00, tuviera vinculado el IVA Normal con la alícuota del 10%, y el IVA Retenido con la alícuota del 8%, el saldo del título generado se conformará de la siguiente manera:

2.000,00 * 10% = 200,00

2.000,00 *   8% = 160,00

Saldo:   2.000,00 + 200,00 – 160,00 = 2.040,00

En este caso, se generarán las siguientes apropiaciones contables:

2.040,00  CR – Cuenta saldo del proveedor

2.000,00  DB – Cuenta gastos informada en el prorrateo del título

   200,00  DB – Cuenta IVA por trasladar

   160,00  CR – Cuenta  provisión IVA Retenido.