Nota
Esta rutina se ajustó para cumplir con la Ley general de protección de datos (Ley n° 13,70), teniendo en cuenta que algunos campos que presentan información considerada como datos sensibles y/o personales se ocultarán, y dejarán de ser legibles.
Descripción | La rutina Genera DIRF Emp. Púb (FINA403) se creó para la generación de los datos para la DIRF por el pago del título. |
Observaciones | La rutina Genera DIRF Emp. Púb (FINA403) del módulo Financiero puede ser sustituida por Genera datos p/ DIRF (FINA401) si la empresa fuera pública o mixta.
Definiciones complementarias Para la implementación del envío de la DIRF para empresas públicas y mixtas se creó la rutina Genera DIRF Emp. Púb (FINA403) que permite enviar los datos al hacer efectivo el pago del título. Se consideran los datos a partir del pago de los títulos para persona jurídica y física. Y solamente en el caso de INSS – PF la generación del título. Obligatoriamente la retención del PCC (para personas jurídicas) y/o IRRF (para persona física o jurídica), si hubiera, debe ser en la baja. Para esto el parámetro MV_BX10925 debe configurarse con el contenido en 1 y el campo Cálc. IRRF (A2_CALCIRF) = 2. Si existieran bajas parciales los valores deben enviarse en el momento de la retención de cada pago realizado. Los datos para el envío de la DIRF se graban en las tablas SRL y SR4. El campo Fch. Gen. Dirf (E2_DTDIRF) también se completa en la tabla SE2. Si el título tuviera retención de un impuesto más enviado en la DIRF, en el informe de log el ingreso tributable se mostrará solamente en el código de retención que se grabó en el registro de la factura. Ejemplo:
Ejemplo 1 Valores enviados a la DIRF en el período 11/2013: Ejemplo 2 Valores enviados a la DIRF en el período 11/2013: Valores enviados a la DIRF en el período 12/2013: Ejemplo 3 Valores enviados a la DIRF en el período 10/2013: Valores enviados a la DIRF en el período 11/2013:
Medida provisional 1.171/2023 A partir de Mayo/2023, se creó la MP 1.171/2023, que permite que las deducciones de IRPF, se simplifique o continúe con las deducciones legales, conforme se documentó IRRF de autónomo con deducción simplificada (MP 1.171/2023). Esta legislación se implementó solamente para la rutina Genera datos p/ DIRF (FINA401), por tratar de retención de impuesto de renta de proveedores Persona física y sus deducciones legales que no están considerados en esta rutina. |