Línea de Producto: | Microsiga Protheus | ||||||||||
Segmento: | Mercado Internacional | ||||||||||
Módulo: | Gestión de Personal | ||||||||||
Rutina: |
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País(es): | México | ||||||||||
Base(s) de Datos: | Todas | ||||||||||
Tablas utilizadas: | RHB - Crédito InfonavitSRA - Empleados | ||||||||||
Sistema(s) operativo(s): | Todos |
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto establecer el método de cálculo que debe aplicar el Instituto Nacional de Estadística y Geografía para determinar el valor actualizado de la Unidad de Medida y Actualización.
Artículo 2. Para efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se entenderá por:
I. Índice Nacional de Precios al Consumidor: El que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía conforme a lo previsto en el artículo 59, fracción III, inciso a de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y GeográficaGeográfía;
II. INEGI: Al Instituto Nacional de Estadística y Geografía; y
III. UMA: A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes.
Artículo 3. Las obligaciones y supuestos denominados en UMA se considerarán de monto determinado y se solventarán entregando su equivalente en moneda nacional. Al efecto, deberá multiplicarse el monto de la obligación o supuesto, expresado en las citadas unidades, por el valor de dicha unidad a la fecha correspondiente.
Artículo 4. El valor actualizado de la UMA se calculará y determinará anualmente por el INEGI, de conformidad con el siguiente método:
I. El valor diario se determinará multiplicando el valor diario de la UMA del año inmediato anterior por el resultado de la suma de uno más la variación interanual del índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato anterior.
II. El valor mensual será el producto de multiplicar el valor diario de la UMA por 30.4.
III. El valor anual será el producto de multiplicar el valor mensual de la UMA por 12.
Artículo 5. El INEGI publicará en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días del mes de enero Enero de cada año el valor diario, mensual y anual en moneda nacional de la UMA y entrarán en vigor dichos valores el 1o. de febrero de dicho año.
Antes de ejecutar el compatibilizador, UPDMODMI es imprescindible:
Atención ¡El siguiente procedimiento debe realizarlo un profesional calificado como Administrador de base de datos (DBA) o su equivalente! La activación indebida de la integridad referencial puede modificar drásticamente la relación entre tablas en la base de datos. Por lo tanto, antes de utilizarla, observe atentamente el siguiente procedimiento: 1. En el Configurador (SIGACFG), verifique si la empresa utiliza Integridad referencial, seleccionando la opción Integridad/Verificación (APCFG60A). 2. Si no hay Integridad referencial activa, se listan en una nueva ventana todas las empresas y sucursales registradas en el sistema y ninguna de estas estará seleccionada. SOLAMENTE en este caso no es necesario ningún otro procedimiento de activación o desactivación de integridad, basta finalizar la verificación y aplicar normalmente el compatibilizador, de acuerdo con las instrucciones. 3. Si la Integridad referencial está activa en todas las empresas y sucursales, se muestra un mensaje en la ventana Verificación de vínculo entre tablas. Confirme el mensaje para que se concluya la verificación, o; 4. Si existe Integridad referencial activa en una o más empresas, que no representan la totalidad, se listan en una nueva ventana todas las empresas y sucursales registradas en el sistema y solamente se seleccionarán las que tienen integridad. Anote las empresas y/o sucursales que tienen la integridad activada y reserve esta anotación para posterior consulta en la reactivación (o incluso, entre en contacto con nuestro Help Desk Framework para informarse sobre los archivos que contienen esta información). 5. En los casos descritos en los ítems “iii” o “iv”, Y SOLO EN ESTOS CASOS, es necesario desactivar dicha integridad, seleccionando la opción Integridad/ Desactivar (APCFG60D). 6. Al desactivar la Integridad referencial, ejecute el compatibilizador, de acuerdo con las instrucciones. 7. Después de aplicar el compatibilizador, la Integridad referencial debe reactivarse, SOLAMENTE CUANDO se haya desactivado, por medio de la opción Integridad/Activar (APCFG60). Para ello, tenga a disposición la información de la(s) empresa(s) y/o sucursal(es) que tenía(n) activación de la integridad, selecciónela(s) nuevamente y confirme la activación.
¡EN CASO DE DUDAS, entre en contacto con el Help Desk Framework! |
1. Modificación de Campo en el archivo SX3 – Campos:
Campo | RA_TIPINF |
Tipo | Carácter |
Tamaño | 1 |
Decimal | 0 |
Formato | @! |
Título | Tp.Infonavit |
Descripción | Tipo de Infonavit |
Nivel | 1 |
Utilizado | Si |
Obrigatório | No |
Browse | No |
Opciones | 1=$ SDI;2=Fijo;3=Factor SM;4=UMA |
When |
|
Relación |
|
Val. Sistema | IF(!Vazio(), PERTENCE("1234") .and. FHIST(), .T. |
Campo | RHB_TIPINF |
Tipo | Carácter |
Tamaño | 1 |
Decimal | 0 |
Formato | @! |
Título |
|
Descripción |
|
Nivel | 1 |
Utilizado | Si |
Obrigatório | No |
Browse | Si |
Opciones | 1=Porcentaje SDI;2=Cuota Fija;3=Num. de Salario Minimo;4=UMA |
When |
|
Relación |
|
Val. Sistema |
|
1. Entrar al módulo de Gestión de Personal.
2. Se ingresa a la rutina de Crédito InfonavitINFONAVIT.
3. Seleccionar al empleado para aplicar el registrar datos de crédito.
4. Ingresar los datos para el del crédito y verificar que las opciones del tipo de descuento sean:
5. Confirmar.
6. Validar en la rutina de empleados.
7. Seleccionar al usuario que le asignamos el crédito infonavitINFONAVIT.
8. Validar en la pestaña de Beneficios que tenga la misma opción información que se le asigno en el créditoasignó en la rutina de Crédito Infonavit ( Tipo de Infonavit, Valor, Fecha de inicio del crédito, Número de crédito).
9. Realizar un cálculo que considere la nueva opción de tipo de descuento (UMA).