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1. Por medio de la rutina Impuestos Variables (MATA995) configurar los impuestos para las percepciones de ingresos brutos (IIBB).
Impuesto (FB_CODIGO): IBP IB2
Descripción (FB_DESCR): PERC. INGR. BRUTOS RG. 38/95 BA
Formula Ent. (FB_FORMENT): M100XIBP M100XIB2
Formula Sal. (FB_FORMSAI): M460XIBP M460XIB2
% Alícuota (FB_ALIQ): 2,00
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2. Por medio de la rutina Estado Vs Ing. Brutos (MATA942) configurar las provincias para el cálculo de la percepción de ingresos brutos. Desde esta opción se indica cómo se encuentra inscripta la empresa frente a cada jurisdicción y como debe ser el cálculo de cada una. Es importante tener en cuenta que la configuración que se realice para las percepciones se va a tener en cuenta tanto para percepciones realizadas como para sufridas.
Cod. Est. (CCO_CODPRO): CF BA
Desc. Est. (CCO_DESCPR): CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIREAIRES
Cod. Jurisd. (CCO_CODJUR): 01
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Clas. IBB (FH_TIPO): I-Resp. Inscripto
Fecha Ini (FH_DTINI): 01/10/2022
Fecha Fin (FH_DTFIM): 31/10/2022
Informações |
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Si la alícuota de percepción fuese definida por cliente o proveedor, se indica en esta rutina, caso contrario se deja en cero para que considere la alícuota que se definirá en la rutina Configuración Adicional de Impuestos (MATA994). Es decir, si la alícuota (FH_ALIQ) es igual a cero (0,00), la rutina de cálculo tomara la alícuota definida en el campo FF_ALIQ. En el campo Reduc. Multi (FH_COEFMUL) se configura el coeficiente de reducción para Convenio Multilateral. En el campo Clas. IBB (FH_TIPO) se informa la clasificación del Cliente/Proveedor para los ingresos brutos. Las opciones disponibles son: I-Resp. Inscripto. En los campos Ini Vigencia (FH_INIVIGE) y Fin Vigencia (FH_FIMVIGE) no son obligatorios. En caso de que no sean informados, el registro permanece vigente y será considerado para el cálculo de la percepción de IIBB. Los campos Fecha Ini (FH_DTINI) y Fecha Fin (FH_DTFIM) son utilizados para informar un periodo exento para el cliente/proveedor. Si la nota fiscal es registrada en este periodo, no se realiza el cálculo de la percepción de IIBB. |
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Informações |
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CÁLCULO DE PERCEPCIÓN DE INGRESOS BRUTOS - RÉGIMEN GENERAL DE PERCEPCIONES - RG 2/2023 (FH_COEFMUL = 1) – TUCUMÁN Proveedor radica en Tucumán (A1_EST = 'TU') y FH_TIPO = "V-Convenio Multilateral" Base Imponible: 10.000,00 Valor IVA: 2.100,00 Alícuota (FF_ALIQ/FH_ALIQ): 6,00% % Red. Alícuota (FF_PRALQIB): 50,00% Fórmula de cálculo: (Base Imponible + impuesto) * ((1 - % Red. Alícuota) * Alícuota/100) = Valor Impuesto (IB4) Alícuota IB4: (1 6 - 50,00%) = 3,00 Valor IB4: 12.100,00 * 3,00 = 363,00 Valor Bruto (Valor Mercadería + IVA + IB4): 10.000,00 + 2.100,00 + 363,00 = 12.463,00 Proveedor NO radica en Tucumán (A1_EST <> 'TU') y FH_TIPO = "V-Convenio Multilateral" Base Imponible: 10.000,00 Valor IVA: 2.100,00 Alícuota (FF_ALIQ/FH_ALIQ): 7,00% % Red. Alícuota (FF_PRALQIB): 50,00% Fórmula de cálculo: ((Base Imponible + impuesto) * FH_COEMFUL) * ((1 - % Red. Alícuota) * Alícuota/100) = Valor Impuesto (IB4) Alícuota IB4: (1 7 - 50,00%) = 3,50 Valor IB4: 12.100,00 * 3,50 = 423.50 Valor Bruto (Valor Mercadería + IVA + IB4): 10.000,00 + 2.100,00 + 423,50 = 12.523,50 Importante Cuando FH_COEFMUL = 1, a la base imponible se suma el valor del impuesto. Y no se verifica el valor mínimo para el cálculo de la percepción de Tucumán. |
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