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  • CDO – Publicada en el sitio del SPED como Ajustes de saldos de cálculo de ICMS.
  • CC6 – Publicada en el sitio SPED como Ajustes e información de valores provenientes de documento fiscal.
  • CCK – Publicada en el sitio de SPED como Ajustes de cálculo de IPI.
  • CDY – Publicada en el sitio del SPED como Valores declaratorios. (Obs. para importación de la CDY debe renombrar el archivo TXT referente a la tabla 5.2 a TABLA52.txt)
  • CE7 – Tipos de utilización de crédito.

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Sección 1 – Configuraciones del menú

  • En Configurador (SIGACFG) acceda a Entorno/ Registros/ Menús e incluya en el menú Libros fiscales (SIGAFIS), la opción para ejecución del SPED Fiscal, de acuerdo con la siguiente especificación:

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Ítems/Carpetas

Descripción

Nombre de la variable

MV_DTINCB1

Tipo

Carácter

Descripción

<definido por el cliente>

Valor estándar

Determina en la rutina cuál es el campo de la tabla SB1 que contiene la fecha de registro (inclusión) del producto en el sistema.

Estándar

El contenido default de este parámetro es el campo B1_DATREF.

Ítems/Carpetas

Descripción

Nombre de la variable

MV_VLCTBZL

Tipo

Carácter

Descripción

Indique los CFOP que tendrán sus Valores contables en cero en los Libros de Entrada y Salida. Los CFOP indicados en este parámetro se generarán con los valores contables y de la mercadería en cero en el bloque C de la EFD ICMS/IPI.

Valor estándar

Vacío

Default

El contenido default de este parámetro es vacío.

Ejemplo cumplimentación

1117/2117/5117/6117

Ítems/Carpetas

Descripción

Nombre de la variable

MV_LEVANCM

Tipo

Lógico

Descripción

Llevar el NCM y no considerar la validación del SPED a Industrial o equiparado

Valor estándar

Valor estándar .F., para considerar la validación de la guía práctica

Estándar

.F.

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Informações
titleImportante

El documento fiscal se incluirá vía Factura manual de entrada (MATA910) o Factura manual de salida (MATA920) y se informará en el campo Fecha de emisión el período del archivo magnético en que se considerará este documento (mismo período informado en el registro 0000). La fecha de emisión real del documento se informará en el Complemento de documentos fiscales (MATA926) utilizando el Complemento de informaciones complementarias en el campo Fch. Cobranz (CDT_DTAREC), la cumplimentación de este campo se aplicará para completar los campos DT_DOCDT_E_S del registro del documento dentro del archivo.

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Sección 2 – Complementos de documentos fiscales


Atendiendo la disposición referente al SPED Fiscal (Resolución Cotepe 11/2007) está a disposición la rutina Registro de Complementos de los Documentos Fiscales. Por medio de esta funcionalidad pueden complementarse los Documentos Fiscales de Entrada (MATA910) y de Salida (MATA920), con información específica exigida por la legislación Sped. Se complementarán las operaciones de:

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Después de la confirmación del cálculo, se generan los títulos relacionados al cálculo y al archivo de cálculo (con extensión IP). Además del archivo de cálculo se alimenta la tabla CDP (Cálculos de IPI del período), de donde se retirará la información de cálculos anteriores para reprocesamiento o para simple consulta.


Sección 4 – Procedimientos

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de utilización


En Libros fiscales (SIGAFIS) acceda a Miscelánea/ Cálculos/ Cálculo de ICMS (MATA953) y Cálculo de IPI (MATA952) y realice los cálculos antes de generar el Archivo magnético del Sped Fiscal.

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Informações
titleInformación

Las facturas del modelo 66 pueden generarse en el registro C500 y C700, de acuerdo con la concesión de la unidad de la federación, para más información sobre la generación, consulte aquí.


Genera Bloque H con motivo de inventario 06

Cuando no exista movimiento en el período

para Cálculo de resarcimiento SPED

Seleccione la opción deseada:

1 - No

2 - Sí

Informações

Para más detalles sobre cómo generar el bloque H para ítems con motivo de inventario 06, sin movimiento en el período, consulte nuestra FAQ.


Código de la finalidad del archivo - Seleccione la finalidad del archivo que se está generando.

...

Para GTIN de 14, el usuario digitará 13 números, y el sistema complementará con el 14° número. Si el campo no estuviera dentro de la cantidad estándar, el sistema no llevará al archivo.

Aviso
titleImportante

Según la Nota Orientativa 01/2023 - ICMS Monofásico - sector de combustibles, los siguientes campos pasan a tener tratamientos específicos para notas con productos monofasicos y CSTs 53 y 61:
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Para más informaciones sobre cómo configurar los movimientos para calcular en el protheus, consulte la documentación CFGTRIB - Cálculo de ICMS Monofásico Ley Complementaria 192/2022.


Registro tipo 0205 – Modificaciones del ítem

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Aviso
titleImportante

Nota técnica 2021.001 v 1.0 , instituye el layout válido a partir del 1º de enero de 2022, donde el registro 0220  recibe el  Campo 04 (COD_BARRA) - Cumplimentación: Informe el código GTIN-8, GTIN-12, GTIN-13 o GTIN-14 de la unidad comercial.

Este campo tiene validación para generarse a partir de 2022.

El contenido del campo se completará con el valor del campo B5_2CODBAR - Código de barras de la 2° UNIDAD si  B5_UMDIPI - Unid. Medida de DIPI estuviera completado.

Este campo debe estar completado con un código diferente de B1_CODBAR para ser aceptado en el validador, respetando la regla de generación del dígito verificador del código GTIN.


Registro tipo 0300 – Registro de bienes o componentes del activo fijo

Este registro identifica los Bienes utilizados en el registro G125. Generación a partir de enero de 2011.

Registro tipo 0305 – Información sobre la utilización del bien

Este registro presta información sobre la utilización del bien. Generación a partir de enero de 2011.

Registro tipo 0400 - Tabla de modalidad de la Operación/Prestación

La información contenida en este registro puede obtenerse de tres formas:

Por los registros de la tabla Modalidad de la Operación/Prestación (CD1). Para más información, consulte el Boletín técnico Modalidad de la Operación o Prestación.

Por medio de los registros de TES (SF4).

Por los códigos de la tabla de CFOP en el SX5 (tabla 13).

Importante

De acuerdo con la orientación de la guía práctica:

Este registro no se refiere a la CFOP. Algunas empresas utilizan otra clasificación además de las presentadas en los CFOP. Esta codificación permite informar estas agrupaciones propias.

Por lo tanto, verifique la necesidad al generar el archivo magnético, pues al activar el parámetro MV_SPEDNAT, los registros se completan con los códigos de CFOP y sus respectivas descripciones. En caso contrario, sin utilizar el registro de Modalidad de la operación (CD1), el control se realiza por los códigos del Registro de TES (SF4).

Registro tipo 0450 - Tabla de información complementaria del documento Fiscal

En este registro se registran las informaciones complementarias vinculadas a los documentos. Estas informaciones se registran en la tabla CCE.

Puede utilizarse el Punto de entrada SPDPISIC para devolver el contenido de este registro, con el registro C110.

Registro tipo 0460 - Tabla de observaciones del asiento fiscal

En este registro se registrarán las observaciones del documento fiscal provenientes de registros de cálculo, así como información registrada en la columna Observación en el registro de los Libros fiscales de entradas y salidas.

Importante

Para cada documento que tenga información registrada en la columna Observación de Libros fiscales de entradas o salidas, incluya un código y una descripción correspondiente al mensaje del registro que se registrará en la columna Observación por la rutina Información Compl. (CCE) e informe el código correspondiente en el campo de TES Cód Observ (F4_CODOBSE).

Registro tipo 0500 – Plan de cuentas contables

0221 – Correlación entre códigos de ítems comercializados

Este registro se genera con base en la Correlación de productos (D4C), para los ítems de reventa que que se forman por la inclusión de mercaderías (kits, canastas básicas, etc.) para que se relacionen como principal vs. secundario(s).

Este registro se genera si el referido ítem fuera una mercadería de reventa y tenga o no relación registrada en la tabla D4C-Correlación de productosPara más información sobre la tabla D4C-Correlación de productos acceda a la documentación de la rutina "MATA039 - Correlación de productos" disponible en este enlace: Correlación de productos - MATA039 - Stock - P12

Importante:

    • Este registro debe utilizarse únicamente para correlacionar los productos "principales" y respectivos "secundarios", no se permite la inclusión del mismo producto, tanto como principal y secundario en la tabla. La rutina de generación del archivo realiza este tratamiento automáticamente si fuera el mismo producto.
    • No se permiten decimales, solamente valores enteros en la cantidad informada en el producto secundario, valor mínimo debe ser "1", de acuerdo con la orientación de la guía práctica:

Image Added

Aviso
titleImportante

Nota técnica 2023.001 v 1.1, instituye el layout válido a partir del 1º de enero de 2024 para el registro 0221.

Se implementó en el programa del SPEDFISCAL una nueva opción para el tratamiento del registro 0221, donde será posible la opción por el registro 0221 en el archivo y la inclusión de los productos que se modificaron en el año 2023.

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Opciones:

    • 1-Sí (habilita la generación del registro 0221)
    • 2-No (deshabilita la generación del registro 0221)
    • 3-Generar con modificaciones el 2023 (genera el registro 0221 y busca los productos modificados el año 2023)


Registro tipo 0300 – Registro de bienes o componentes del activo fijo

Este registro identifica los Bienes utilizados en el registro G125. Generación Este registro identifica las cuentas contables utilizadas por el contribuyente, con referencia al registro 0300. La información tiene su origen en el registro de Plan de cuentas (CT1). Se genera a partir de enero de 2011.

Registro tipo 0600 – Centro de costos0305 – Información sobre la utilización del bien

Este registro identifica los Centros de costo, con referencia al registro 0305. La información tiene su origen en el registro de Centros de costo (CTT). Se genera presta información sobre la utilización del bien. Generación a partir de enero de 2011.

Registro tipo 0990 - Cierre del bloque 0

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa la cantidad de registros del bloque 0.

Bloque B – Registro y Cálculo de ISS

Bloque exclusivo para contribuyentes de ICMS e ISS ubicados en el Distrito Federal. Para su correcta generación es necesario verificar los siguientes requisitos:

-La pregunta "Genera Bloque B" en la wizard inicial debe estar ajustada como "".

-El parámetro MV_ESTADO debe estar ajustado con "DF".

-El período generado debe ser igual o posterior a enero/2019.

-La rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300) debe estar implantada en el referido entorno. 

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ

Registro B001 - Apertura del Bloque B

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa si hay movimientos para este bloque.

Registro B020 - Factura (código 01), Factura de servicios (código 03), Factura de servicios por separado (código 3B), Factura de productor (código 04), Conocimiento de transporte de cargas por carretera (código 08), e-Fact. (código 55) y e-FactC (código 65).

Este registro debe generarse para cada documento fiscal código 01, 03, 3B, 04, 08, 55 y 65, de acuerdo con el ítem 4.1.3 de la Nota técnica 2018.001 (Resolución COTEPE/ICMS nº 44/2018), para los registros de las adquisiciones y prestaciones de servicios sujetas al ISS.

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT), siendo la única excepción a esta regla los casos de adquisiciones de servicios (declarante en la condición de tomador) con retención de ISS (ISS sustituto). En este caso, el registro tiene como origen las bajas de las cuotas del referido documento (aunque la retención fuera configurada por la emisión), ocurridas en el período, en el módulo Financiero (tablas SE2 y SE5). 

Registro B025 - Detalle por combinación de alícuota e ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria nº 116/2003

Este registro debe generarse para registrar de forma detallada, por combinación de alícuota de incidencia de ISS e Ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria 116/2003, los valores informados en el registro B020 “principal” (es decir, el registro B020 que inmediatamente lo antecede en el archivo). 

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT).

Registro B030 - Factura de servicios simplificada (código 3A)

Este registro debe generarse para registrar la información referente a las prestaciones de servicios sujetas al ISS respaldadas por Factura de servicios modelo simplificado (Código 3A), de acuerdo con el ítem 4.1.3 de la Nota técnica 2018.001 (Resolución COTEPE/ICMS nº 44/2018). Por lo tanto, no debe generarse para entradas (adquisiciones de servicios).

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFTSFT).

Registro B035 - Detalle por combinación de alícuota e ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria nº 116/2003

Este registro debe generarse para registrar de forma detallada, por combinación de alícuota de incidencia de ISS e Ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria 116/2003, los valores informados en el registro B030 “principal” (es decir, el registro B030 que inmediatamente lo antecede en el archivo).

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT).

Registro B350 - Servicios prestados por instituciones financieras

Este registro debe generarse para registrar los valores de los ingresos obtenidos con prestaciones de servicio por instituciones financieras con base en el Plan contable de las instituciones del sistema financiero nacional – COSIF, puesto a disposición por el Banco Central de Brasil.

En el registro B350 deben incluirse todos los ingresos referentes a servicios (clasificación 7.1.7.00.00-9 del COSIF), aunque no estén incluidos en el anexo de la LC 116/2003. Solamente deben excluirse de estos ingresos las prestaciones respaldadas por Facturas de servicio.

Para los servicios prestados por las instituciones financieras sujetos a la retención de ISS por el tomador, es necesaria la emisión de la Factura de servicios que se informará en el registro B020. Estas prestaciones no se informarán en el registro B350, para que no se consideren el duplicidad para los cálculos de ISS adeudado y de facturación.

0400 - Tabla de modalidad de la Operación/Prestación

La información contenida en este registro puede obtenerse de tres formas:

Por los registros de la tabla Modalidad de la Operación/Prestación (CD1). Para más información, consulte el Boletín técnico Modalidad de la Operación o Prestación.

Por medio de los registros de TES (SF4).

Por los códigos de la tabla de CFOP en el SX5 (tabla 13).

Importante

De acuerdo con la orientación de la guía práctica:

Este registro no se refiere a la CFOP. Algunas empresas utilizan otra clasificación además de las presentadas en los CFOP. Esta codificación permite informar estas agrupaciones propias.

Por lo tanto, verifique la necesidad al generar el archivo magnético, pues al activar el parámetro MV_SPEDNAT, los registros se completan con los códigos de CFOP y sus respectivas descripciones. En caso contrario, sin utilizar el registro de Modalidad de la operación (CD1), el control se realiza por los códigos del Registro de TES (SF4).

Registro tipo 0450 - Tabla de información complementaria del documento Fiscal

En este registro se registran las informaciones complementarias vinculadas a los documentos. Estas informaciones se registran en la tabla CCE.

Puede utilizarse el Punto de entrada SPDPISIC para devolver el contenido de este registro, con el registro C110.

Registro tipo 0460 - Tabla de observaciones del asiento fiscal

En este registro se registrarán las observaciones del documento fiscal provenientes de registros de cálculo, así como información registrada en la columna Observación en el registro de los Libros fiscales de entradas y salidas.

Importante

Para cada documento que tenga información registrada en la columna Observación de Libros fiscales de entradas o salidas, incluya un código y una descripción correspondiente al mensaje del registro que se registrará en la columna Observación por la rutina Información Compl. (CCE) e informe el código correspondiente en el campo de TES Cód Observ (F4_CODOBSE).

Registro tipo 0500 – Plan de cuentas contables

Este registro identifica las cuentas contables utilizadas por el contribuyente, con referencia al registro 0300. La información tiene su origen en el registro de Plan de cuentas (CT1). Se genera a partir de enero de 2011.

Registro tipo 0600 – Centro de costos

Este registro identifica los Centros de costo, con referencia al registro 0305. La información tiene su origen en el registro de Centros de costo (CTT). Se genera a partir de enero de 2011.

Registro tipo 0990 - Cierre del bloque 0

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa la cantidad de registros del bloque 0.


Bloque B – Registro y Cálculo de ISS


Bloque exclusivo para contribuyentes de ICMS e ISS ubicados en el Distrito Federal. Para su correcta generación es necesario verificar los siguientes requisitos:

-La pregunta "Genera Bloque B" en la wizard inicial debe estar ajustada como "".

-El parámetro MV_ESTADO debe estar ajustado con "DF".

-El período generado debe ser igual o posterior a enero/2019.

-La Tiene como origen de información los registros realizados para el período en la rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300) , opción Movimiento de institución financiera (tabla CLL).debe estar implantada en el referido entorno. 

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ


Registro B001 - Apertura del Bloque B

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa si hay movimientos para este bloque.


Registro B020 - Factura (código 01), Factura de servicios (código 03), Factura de servicios por separado (código 3B), Factura de productor (código 04), Conocimiento de transporte de cargas por carretera (código 08), e-Fact. (código 55) y e-FactC (código 65).

Este registro debe generarse para cada documento fiscal código 01, 03, 3B, 04, 08, 55 y 65, de acuerdo con el ítem 4.1.3 de la Nota técnica 2018.001 (Resolución COTEPE/ICMS nº 44/2018), para los registros de las adquisiciones y prestaciones de servicios sujetas al ISS.

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT), siendo la única excepción a esta regla los casos de adquisiciones de servicios (declarante en la condición de tomador) con retención de ISS (ISS sustituto). En este caso, el registro tiene como origen las bajas de las cuotas del referido documento (aunque la retención fuera configurada por la emisión), ocurridas en el período, en el módulo Financiero (tablas SE2 y SE5). 


Registro B025 - Detalle por combinación de alícuota e ítem de la lista de servicios de la B420 - Totalización de los valores de servicios prestados por combinación de alícuota e ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria nº 116/2003

Este Este registro debe generarse para registrar de forma detallada, por combinación de alícuota de incidencia del de ISS e Ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria 116/2003, los valores totales de las prestaciones de servicios realizadas en el período. Por lo tanto, no debe generarse para entradas (adquisiciones de servicios).informados en el registro B020 “principal” (es decir, el registro B020 que inmediatamente lo antecede en el archivo). 

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT).


Registro B440 B030 - Totalización de los valores retenidosFactura de servicios simplificada (código 3A)

Este registro Este registro  debe generarse para registrar los valores retenidos tanto referentes la información referente a las prestaciones (declarante en la condición de prestador) como a las adquisiciones (declarante en la condición de tomador). Los valores se informan por el tomador y/o prestadorde servicios sujetas al ISS respaldadas por Factura de servicios modelo simplificado (Código 3A), de acuerdo con el tipo de operación.El registro debe informarse, aunque no haya habido retención de ISS en las adquisiciones y prestaciones del declarante, en este caso, informar la base de cálculo de retención e ISS retenido en ceroítem 4.1.3 de la Nota técnica 2018.001 (Resolución COTEPE/ICMS nº 44/2018). Por lo tanto, no debe generarse para entradas (adquisiciones de servicios).

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFTSFT).


Registro B460 - Deducciones de ISSB035 - Detalle por combinación de alícuota e ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria nº 116/2003

Este registro debe generarse para registrar las deducciones de ISS que influirán en el cálculo de los valores por pagar de ISS Propio, ISS sustituto (adeudado por las retenciones referentes a las adquisiciones del declarante) e ISS Uniprofesional, de acuerdo con el casode forma detallada, por combinación de alícuota de incidencia de ISS e Ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria 116/2003, los valores informados en el registro B030 “principal” (es decir, el registro B030 que inmediatamente lo antecede en el archivo).

Tiene como origen de información los registros realizados para el período en la rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300 / tabla F1Q).

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ

Registro B470 - Cálculo de ISS

el registro fiscal del período (tabla SFT).


Registro B350 - Servicios prestados por instituciones financieras

Este registro debe generarse para registrar los valores de los ingresos obtenidos con prestaciones de servicio por instituciones financieras con base en el Plan contable de las instituciones del sistema financiero nacional – COSIF, puesto a disposición por el Banco Central de Brasil.

En el registro B350 deben incluirse todos los ingresos referentes a servicios (clasificación 7.1.7.00.00-9 del COSIF), aunque no estén incluidos en el anexo de la LC 116/2003. Solamente deben excluirse de estos ingresos las prestaciones respaldadas por Facturas de servicio.

Para los servicios prestados por las instituciones financieras sujetos a la retención de ISS por el tomador, es necesaria la emisión de la Factura de servicios que se informará en el registro B020. Estas prestaciones no se informarán en el registro B350, para que no se consideren el duplicidad para los cálculos de ISS adeudado y de facturaciónEste registro debe generarse para registrar los totales referentes a las prestaciones de servicio del declarante y para calcular los valores por pagar del ISS propio del ISS retenido por el declarante en la condición de tomador y del ISS Uniprofesional.

Tiene como origen de información el cálculo realizado los registros realizados para el período en la rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300 / tablas F1N yF1O), opción Movimiento de institución financiera (tabla CLL).

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ


Registro B500 - Cálculo de ISS sociedad uniprofesionalB420 - Totalización de los valores de servicios prestados por combinación de alícuota e ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria nº 116/2003

Este registro debe generarse para registrar el valor de los ingresos, la cantidad de profesionales habilitados y el valor del ISS por pagar de las Sociedades uniprofesionalesforma detallada, por combinación de alícuota de incidencia del ISS e Ítem de la lista de servicios de la Ley complementaria 116/2003, los valores totales de las prestaciones de servicios realizadas en el período. Por lo tanto, no debe generarse para entradas (adquisiciones de servicios).

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT).


Registro B440 - Totalización de los valores retenidos

Este registro debe generarse para registrar los valores retenidos tanto referentes a las prestaciones (declarante en la condición de prestador) como a las adquisiciones (declarante en la condición de tomador). Los valores se informan por el tomador y/o prestador, de acuerdo con el tipo de operación.

El registro debe informarse, aunque no haya habido retención de ISS en las adquisiciones y prestaciones del declarante, en este caso, informar la base de cálculo de retención e ISS retenido en cero.

Tiene como origen de información el registro fiscal del período (tabla SFT).


Registro B460 - Deducciones de ISS

Este registro debe generarse para registrar las deducciones de ISS que influirán en el cálculo de los valores por pagar de ISS Propio, ISS sustituto (adeudado por las retenciones referentes a las adquisiciones del declarante) e ISS Uniprofesional, de acuerdo con el caso.

Tiene como origen de información los registros realizados para el período en la rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300 ), opción Registro de valores mensuales de ISS uniprofesional (tabla F1U/ tabla F1Q).

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ


Registro B510 - Uniprofesional – empleados y sociosB470 - Cálculo de ISS

Este registro debe generarse para registrar los totales referentes a las prestaciones de servicio del declarante y para calcular los valores por pagar del ISS propio del ISS retenido por el declarante en la condición de tomador y del ISS Uniprofesional.

Tiene como origen de información el cálculo realizado para el período en la rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300 / tablas F1N yF1O).

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ


Registro B500 - Cálculo de ISS sociedad uniprofesional

Este registro debe generarse para registrar el valor de los ingresos, la cantidad de profesionales habilitados y el valor del ISS por pagar de las Sociedades uniprofesionales.

Tiene como origen de información los registros realizados para el período en la rutina Cálculo de ISS - EFD ICMS/IPI - Bloque B (FISA300), opción Registro de valores mensuales de ISS uniprofesional (tabla F1U).

Importante

Para más información sobre la rutina FISA300, acceda a: http://tdn.totvs.com/x/gdzRHQ


Registro B510 - Uniprofesional – empleados y socios

Este Este registro debe generarse para registrar la información de cada uno de los profesionales (socios, empleados habilitados y empleados no habilitados) de la sociedad uniprofesional.

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También se considerarán como régimen especial (cód. 08) las Facturas de serie la 890 a 899, como cita la Excepción 7 (siete) del registro C100.

Aviso
titleAtención

Para operaciones de devolución de COMODATO (Devolución o Mejora y uso del CFOP 1908 o 1909) con IPI registrado en el libro Otros, el valor del IPI se atribuirá en el campo 16 del registro C100.

Registro tipo C101- Información complementaria de los documentos fiscales en las operaciones interestatales destinadas al consumidor final no contribuyente EC Registro tipo C101- Información complementaria de los documentos fiscales en las operaciones interestatales destinadas al consumidor final no contribuyente EC 87/15

Este registro tiene por objetivo informar el valor de FECP, Difal del Estado/Prov/Reg de destino y Difal del Estado/Prov/Reg de origen. Solamente se generará para el modelo 55. Este registro tiene su origen en la tabla SFT con el modelo 55 que haya calculado valores de Difal/FECP EC 87/15.

...

Si el TES utilizado en el documento fiscal NO actualiza Stock, entonces se verificará el campo F4_MOVFIS, si se hubiera completado con la opción "N-No", entonces el campo 09 del C170 se generará con información "1-No", en caso contrario se generará con la opción "0-Sí".

Aviso
titleImportante

Para operaciones de devolución de COMODATO (Devolución o Mejora y uso del CFOP 1908 o 1909) con IPI registrado en el libro Otros, el valor del IPI se atribuirá en el campo 07 del registro C170.

Aviso
titleImportante

Según la Nota Orientativa 01/2023 - ICMS Monofásico - sector de combustibles, los siguientes campos passam a tener tratamientos específicos para facturas con productos monofasicos y CSTs 53 y 61:
Image Added

Para más informaciones sobre cómo configurar los movimientos para calcular en el protheus, consulte la documentación CFGTRIB - Cálculo de ICMS Monofásico Ley Complementaria 192/2022.


Registro tipo C171 – Almacenamiento de combustibles (código 01, 55)

...

Campo 10 - VL_RED_BC Al generar el registro C190, con la información en las columnas exentas (FT_ISENICM) y otros (FT_OUTRICM) el valor completado en el campo 10 no es más un resultado de la suma de los campos Val Exen ICM (FT_ISENICM) + Val Otr ICMS (FT_OUTRICM), a pesar de que el sistema ANTERIORMENTE considera la suma para la cumplimentación, después del parecer de la consultoría se verificó que este procedimiento estaba INCORRECTO. Por lo tanto, el campo 10 ahora se completa solamente con el Val Exen ICM (FT_ISENICM).

0241386 DSERFIS1-27069 DT - C190 - Campo 10 (VL_RED_BC) generando incorrectamente

Registro C191 - Información del fondo de combate a la pobreza – FCP – en la e-Fact. (Códigos 55 y 65)


Aviso
titleImportante

Según la Nota Orientativa 01/2023 - ICMS Monofásico - sector de combustibles, los siguientes campos pasan a tener acuerdos específicos para facturas con productos monofásicos y CSTs 53 y 61:
04 - ALIQ_ICMS
06 - VL_BC_ICMS
07 - VL_ICMS
08 - VL_BC_ICMS_ST
09 - VL_ICMS_ST

Para más informaciones sobre cómo configurar los movimientos para calcular en el protheus, consulte la documentación CFGTRIB - Cálculo de ICMS Monofásico Ley Complementaria 192/2022.


Registro C191 - Información del fondo de combate a la pobreza – FCP – en la e-Fact. (Códigos 55 y 65)

Este registro tiene por objetivo prestar información del Fondo de combate a la pobreza Este registro tiene por objetivo prestar información del Fondo de combate a la pobreza (FCP), que consta en la e-Fact. Los valores de este registro son meramente informativos y no se contabilizan en el cálculo de los registros en el bloque E. La obligatoriedad y forma de presentación de cada campo de este registro debe verificarse en los Estados/Prov/Reg.

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Estos registros se generan si hubiera integración con TMS, por medio del parámetro MV_INTTMS, si hubiera integración con el SIGAGTP, utilizando el parámetro MV_INTGTP y por medio del punto de entrada.


Aviso

Para operaciones de Venta de Billete  modelo BP-e el campo 15 VL_DOC (Valor total del documento fiscal),  si hubiera descuento en la factura (FT_DESCONT) en este caso grabaremos el contenido del campo 15 con FT_TOTAL (Val Total) , si no hubiera descuento busco el contenido del campo FT_VALCONT(Vlr Contábil).  Se muestra el estudio realizado por la consultoría de segmento con base en el Manual de orientación del contribuyente - Layout 1.00b , BP-e - EFD- ICMS/IPI - Descuentos.



Aviso

Importante

Para el correcto funcionamiento del campo 17 (IND_FRT) del registro la carpeta Información DANFE debe estar habilitada en la rutina Documento de entrada (MATA103) y el campo Tipo de flete (F1_TPFRETE) activo (Si la factura de entrada no tuviera vínculo con Pedidos de compra). Para habilitar la carpeta Información DANFE en la rutina Documento de entrada (MATA103) algunos campos específicos deben constar en la base de datos, estos pueden ser incluidos por los updates U_UPDCOM05, U_UPDCOM07 y

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 U_UPDCOM17.


Se ha puesto a disposición en la rutina Fact. Manual de entrada (MATA910) y la carpeta Información DANFE. Para ello es necesario tener algunos campos específicos en la base de datos.

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La cumplimentación de estos campos se realiza de la siguiente manera:


    • Operaciones de Entradaentrada

En las entradas es posible informar los Estados/Prov/Reg y municipios de origen y destino del transporte en los campos Estado/Prov/Reg Origen Transporte (F1_UFORITR), Municipio Origen Transporte (F1_MUORITR), Estado/Prov/Reg Destino Transporte (F1_UFDESTR) y Municipio Destino Transporte (F1_MUDESTR).

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Campo del registro E311

Origen de la información

01 – REG

Texto fijo "E311”

02 – COD_AJ_APUR

F0K_CODAPU

03 – DESCR_COMPL_AJ

F0K_DESCR

04 – VL_AJ_APUR

F0K_DESCR


Nuevos códigos de la tabla 5.1.1 - Tabla de códigos de ajuste

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de cálculo de ICMS


Cumplimentación: Hasta el 31/12/2016, el valor informado en el campo debe existir en la tabla de

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199|Otros débitos.


Registro tipo E990 - Cierre del bloque E

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa la cantidad de registros del bloque E.

Bloque G – Control de crédito de ICMS del Activo permanente CIAP

Importante

Este bloque se genera a partir de enero de 2011.

Registro tipo G001 - Apertura del bloque G

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa si hay movimientos para este bloque.

Registro tipo G110 – ICMS – Activo permanente CIAP

Contiene información sobre el CIAP.

Registro tipo G125 – Movimiento del bien o componente del activo fijo

Contiene información sobre el movimiento de bienes en el CIAP y la atribución de cuotas de créditos de ICMS del Activo fijo. Este registro se genera a partir del mantenimiento del CIAP por medio de las rutinas MATA905 - Mantenimiento del CIAP y MATA906 - Reversión del CIAP que actualizan las tablas SFA y SF9

Cierre del bloque E

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa la cantidad de registros del bloque E.


Bloque G – Control de crédito de ICMS del Activo permanente CIAP


Importante

Este bloque se genera a partir de enero de 2011.


Registro tipo G001 - Apertura del bloque G

Contiene la identificación del registro y un campo donde se informa si hay movimientos para este bloque.

Registro tipo G110 – ICMS – Activo permanente CIAP

Contiene información sobre el CIAP.

Registro tipo G125 – Movimiento del bien o componente del activo fijo

Contiene información sobre el movimiento de bienes en el CIAP y la atribución de cuotas de créditos de ICMS del Activo fijo. Este registro se genera a partir del mantenimiento del CIAP por medio de las rutinas MATA905 - Mantenimiento del CIAP y MATA906 - Reversión del CIAP que actualizan las tablas SFA y SF9



Aviso
titleImportante

Para efectuar la correcta importación en el validador, si fuera realizado por Libros fiscales (SIGAFIS), es necesario en la entrada del bien, informar correctamente los datos referentes a la factura de entrada, pues es a partir de esto que la rutina busca el producto y las otras informaciones, como Centro de costo, Plan de cuentas, Producto y Proveedor. Si la información de la factura de entrada no estuviera correcta, puede haber inconsistencia en la importación del archivo en el validador.

Tratamiento para proveedores

A partir de la Expedición continua de Enero/2022, se creó el campo F9_SIMPNAC (Optante Simples Nacional) que se completa de manera automática en la funcionalidad Atribuir de la rutina MATA906 - Reversión del CIAP, el objetivo de este campo es almacenar el régimen tributario del proveedor en la fecha de emisión del documento fiscal para no generar inconsistencia nen la generación de los registros del Bloque G, ya que durante todo el plazo 1/48 es posible que el proveedor modifique el régimen, y de acuerdo con el parecer de nuestra Consultoría de segmentos, la modificación del régimen del proveedor en el registro (A2_SIMPAC) no debe modificar la situación de este en la adquisición de la mercadería.

Regla de cumplimentación
Regla 1. Entrada de mercadería por medio de Documento de entrada, el sistema buscará en el Documento de entrada correspondiente la información que consta en el campo F1_SIMPNAC, para identificar si el Proveedor en la ocasión del registro del Documento fiscal de entrada estaba configurado como Simples Nacional (F1_SIMPNAC = "1-Sí"), completando el campo F9_SIMPNAC = "1 - Sí" si F1_SIMPNAC = "1 - Sí" o en caso contrario completará el campo F9_SIMPNAC = '2 - No'.

Regla 2. Si no ubicara el Documento de entrada, generalmente inclusión directa en la rutina MATA905 - Mantenimiento de CIAP o por el entorno Activo FIJO, el sistema buscará la información en el campo A2_SIMPNAC del Registro del proveedor, completando el campo F9_SIMPNAC = "1 - Sí" si A2_SIMPNAC = "1 - Sí', en caso contrario completará el campo F9_SIMPNAC = '2 - No'. 


Información importante si fuera Regla 2. En estos casos el sistema considerará la información del campo A2_SIMPNAC del Registro del proveedor, y esto no quiere decir que cuando se realice la adquisición del bien era este el Régimen del proveedor. Por este motivo, el análisis y responsabilidad quedará a cargo del cliente, siendo posible la modificación del campo F9_SIMPNAC directamente por medio de la rutina MATA905 - Mantenimiento del CIAP.

Informações
titleImportante

Existe una legislación específica para casos en los cuales si el cliente fuera de Santa Catarina - SC y el proveedor fuera Industria y Optante Simples Nacional (F9_SIMPNAC) también de Santa Catarina - SC (operación interna) que permite la atribución del 7% del crédito de CIAP, calculándose el valor por medio del campo 5 (VL_IMOB_ICMS_OP).

Si el proveedor fuera diferente de industria y no fuera del Simples Nacional, la mercadería diferente de activo fijo y fuera una operación interestatal (diferente de Santa Catarina - SC para Santa Catarina - SC) está legislación específica no se respetará, por lo tanto, la cumplimentación del campo 5 será diferente.

Aviso
titleImportante

Reglas - Flete detallado en la factura en el campo 5 (VL_IMOB_ICMS_OP) del Registro G125 y en el campo 6 (VL_ICMS_OP_APLICADO) del Registro G140.

Premisas: MV_FTCIAP = S , para considerar el flete en el cálculo de los valores del CIAP.

De acuerdo con la Guía práctica de EFD ICMS/IPI y consultoría de segmentos: : EFD-ICMS/IPI - G125 - Composición de los Campos 5, 7 y 8 si hubiera una factura de adquisición con flete detallado como gasto vía Rutina MATA103 (Documento de entrada) el valor del ICMS de flete se aumentará en los campos relacionados al ICMS Propio: campo 5 (VL_IMOB_ICMS_OP) del Registro G125 y en el campo 6 (VL_ICMS_OP_APLICADO) del Registro G140.

Si hubiera una factura de conocimiento de transporte (e-CT) vinculada a un activo o componente, el valor del flete no compondrá el valor del ICMS de la factura vinculada, es decir, no se aumentará en el campo 5 (VL_IMOB_ICMS_OP) del Registro G125 y en el campo 6 (VL_ICMS_OP_APLICADO) del Registro G140.

Aviso
titleImportante

Reglas - campo 7 (VL_IMOB_ICMS_FRT) del Registro G125 y campo 8 (VL_ICMS_FRT_APLICADO) del Registro G140.

Premisas: MV_FTCIAP = S, para considerar el flete en el cálculo de los valores del CIAP.

De acuerdo con la Guía práctica de EFD ICMS/IPI los campos referentes a flete en el bloque G125 y G140 solamente deben tener valores completados si tuviera una e-CT vinculada a la factura del bien adquirido, es decir, el sistema solamente traerá valores a los campos anteriormente citados si se realizara el vínculo de e-CT vía rutina MATA116 (Conocimiento de transporte).

Si se incluyera una factura de adquisición el flete como gasto vía Rutina MATA103 (Documento de entrada), los valores no aparecerán en los campos citados, se aumentará en el campo 05 (VL_IMOB_ICMS_OP) del Registro G125 y del campo 06 (VL_ICMS_OP_APLICADO) del Registro G140.

Si el Bien se incluyera directamente del activo (ATFA251) o vía MATA905 (Mantenimiento CIAP), los valores incluidos serán de responsabilidad del usuario y la generación del archivo respetará lo que se hubiera completado. 

Para efectuar la correcta importación en el validador, si fuera realizado por Libros fiscales (SIGAFIS), es necesario en la entrada del bien, informar correctamente los datos referentes a la factura de entrada, pues es a partir de esto que la rutina busca el producto y las otras informaciones, como Centro de costo, Plan de cuentas, Producto y Proveedor. Si la información de la factura de entrada no estuviera correcta, puede haber inconsistencia en la importación del archivo en el validador.

Tratamiento para proveedores

A partir de la Expedición continua de Enero/2022, se creó el campo F9_SIMPNAC (Optante Simples Nacional) que se completa de manera automática en la funcionalidad Atribuir de la rutina MATA906 - Reversión del CIAP, el objetivo de este campo es almacenar el régimen tributario del proveedor en la fecha de emisión del documento fiscal para no generar inconsistencia nen la generación de los registros del Bloque G, ya que durante todo el plazo 1/48 es posible que el proveedor modifique el régimen, y de acuerdo con el parecer de nuestra Consultoría de segmentos, la modificación del régimen del proveedor en el registro (A2_SIMPAC) no debe modificar la situación de este en la adquisición de la mercadería.
Regla de cumplimentación
Regla 1. Entrada de mercadería por medio de Documento de entrada, el sistema buscará en el Documento de entrada correspondiente la información que consta en el campo F1_SIMPNAC, para identificar si el Proveedor en la ocasión del registro del Documento fiscal de entrada estaba configurado como Simples Nacional (F1_SIMPNAC = "1-Sí"), completando el campo F9_SIMPNAC = "1 - Sí" si F1_SIMPNAC = "1 - Sí" o en caso contrario completará el campo F9_SIMPNAC = '2 - No'.
Regla 2. Si no ubicara el Documento de entrada, generalmente inclusión directa en la rutina MATA905 - Mantenimiento de CIAP o por el entorno Activo FIJO, el sistema buscará la información en el campo A2_SIMPNAC del Registro del proveedor, completando el campo F9_SIMPNAC = "1 - Sí" si A2_SIMPNAC = "1 - Sí', en caso contrario completará el campo F9_SIMPNAC = '2 - No'. Información importante si fuera Regla 2. En estos casos el sistema considerará la información del campo A2_SIMPNAC del Registro del proveedor, y esto no quiere decir que cuando se realice la adquisición del bien era este el Régimen del proveedor. Por este motivo, el análisis y responsabilidad quedará a cargo del cliente, siendo posible la modificación del campo F9_SIMPNAC directamente por medio de la rutina MATA905 - Mantenimiento del CIAP.
Dica
titleImportante

En las operaciones en que el origen de los CTE ocurrió por medio de un sistema legado y el control lo realiza el Protheus - Libros Fiscales, y, por lo tanto, no podemos rastrear la factura del CTE, la generación de los campos 7 de flete en el G125 y 8 en el G140, se puede tratar de la siguiente manera:

Cuando el usuario crea su activo por medio del Mantenimiento del CIAP (MATA905), se debe informar el valor del flete de las CTE del sistema legado. El sistema interpretará que el valor informado en el campo F9_VALFRET compondrá los campos de flete del G125 y G140.

Si los valores de flete se agregan directamente en la factura, al realizar la inclusión manual en el CIAP, el cliente debe sumar el valor del flete en el campo F9_VALICMP

Aviso
titleImportante
Informações
titleImportante

Existe una legislación específica para casos en los cuales si el cliente fuera de Santa Catarina - SC y el proveedor fuera Industria y Optante Simples Nacional (F9_SIMPNAC) también de Santa Catarina - SC (operación interna) que permite la atribución del 7% del crédito de CIAP, calculándose el valor por medio del campo 5 (VL_IMOB_ICMS_OP).

Si el proveedor fuera diferente de industria y no fuera del Simples Nacional, la mercadería diferente de activo fijo y fuera una operación interestatal (diferente de Santa Catarina - SC para Santa Catarina - SC) está legislación específica no se respetará, por lo tanto, la cumplimentación del campo 5 será diferente.



Registro tipo G126 – Otros créditos CIAP

Este


Este registro se genera si hubiera valor informado en la rutina otros créditos ciap (FISA125) para el período de cálculo.

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Para que el Registro G126 se genere automáticamente es necesario que el Per.Cálculo(F0W_PERIOD) se complete con la fecha dentro del período de los campos de fecha inicial y final del registro 0000.


Para mas informaciones sobre esta rutina acceda a: CIAP - Crédito de ICMS sobre el Activo permanente 

Este registro también puede generarse por medio del punto de entrada SPEDG126. Para más información de este punto de entrada, consulte el enlace PE - SPEDG126 - SPEDFISCAL - Generación del registro G126


Si existiera punto de entrada e información en la rutina otros créditos de CIAP, la prioridad es del punto de entrada SPEDG126.

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Esta rutina tiene como objetivo realizar el registro de períodos y motivos de inventario del registro H005 si hubiera las siguientes situaciones de motivo de inventario:

01 - Final de Períodode período


Aviso
titleImportante

La opción 01 se agregó para atender el Decreto nº 48.244/2021 de MG. 


De acuerdo con el referido decreto, el Bloque K – Control de producción y stock debe ser sustituido por la entrega mensual del Bloque H – Inventario físico. De esta manera, en un mismo período y en el mismo archivo texto, habrá la necesidad de informar el cierre de dos inventarios con fechas diferentes, sin embargo, con el mismo motivo de inventario en el campo 04  MOT INV del registro H005 – Totales del inventário. Por lo tanto, en el archivo de febrero se mostrará el stock tanto de diciembre mostrando el cierre anual, como de Febrero mostrando el cierre mensual, con el Motivo de inventario 01 – Final del período en el H005 con sus respectivas fechas en el campo 02 del mismo registro.

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Por medio de este punto de entrada es posible enviar la tabla temporal que será procesada por la rutina SPED FISCAL y Composición del registro H020 (FISA116) sin que se procese el Stock.

http://tdn.totvs.com/x/l6Q4E


Punto de entrada para modificación de cuenta contable

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Documento punto de entrada SPEDH020

SPEDH020 - SPEDFISCAL - Registro H020


Manual de la rutina de composición de valores para registro H020 (FISA116)

SPDFIS - Composición de los valores de ICMS para el Bloque bloque H


Registro tipo H030 - Información complementaria del inventario de las mercaderías sujetas al régimen de sustitución tributaria

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LOJA_FIS_BT_SpedFiscal_TPL_PCL_BRA_THTIQH, y para más detalles sobre este punto de entrada, consulte el portal TDN.


Registro tipo 1390 – Control de producción de planta

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 Además del punto de entrada SPED1601, también es posible mostrar informaciones en el registro 1601 por medio del registro Opciones con instrumentos de pago electrónicos (FISA312).

Aviso
titleImportante

Para la generación del registro 1601 es necesario que la opción Reg 1600(2021)/1601(2022)-¿Pagos electrónicos? esté con SÍ.

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1) Si la opción Genera registros de ECF estuviera con NO. 

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Se generan los registros de 1601 considerando el registro de la tabla CJQ sumando con los valores enviados en el punto de entrada SPED1601 (si existiera en el repositorio).

2) Si la opción Genera registros de ECF estuviera con SÍ. 

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Se generarán los registros de 1601 considerando el registro de la tabla CJQ, se incluirán los registros de Control de tienda régimen de vigencia que no se informaron en la tabla CQJ y se sumarán con los valores enviados en el punto de entrada SPED1601 (si existiera en el repositorio)

Cabe resaltar que datos registrados vía Opciones con instrumentos de pago electrónicos tendrán precedencia en la presentación del registro 1601. Es decir, habiendo registros en la tabla CJQ (Opciones con instrumentos de pago electrónicos) para un mismo participante y un mismo período en el que hubiera datos provenientes del módulo SIGALOJA, solamente los datos de la CJQ se mostrarán, además de datos informados vía punto de entrada SPED1601

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Registro tipo 1700 - Documentos fiscales utilizados

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