El sistema efectúa los siguientes controles para verificación de IGV:
Impuesto controlado en el Cuentas por Cobrar de la empresa retenedora que emitió la factura de productos y/o servicios.
En la baja de los títulos por cobrar para los productos y servicios de empresas caracterizadas como Agente de Percepción, se emite el comprobante de percepción al realizar la baja de los títulos y efectúa la inclusión de anticipos por cobrar con cálculo de percepción, con base en la Resolución de la Superintendencia nº 058-2009/SUNAT (límite de un 0,5% a un 2% sobre el precio de venta de los bienes o servicios).
Para el cálculo de la percepción de IGV, se efectuarán las siguientes validaciones:
Observación: En la facturación por pedido (salida), los productos deben dividirse en facturas diferentes, de acuerdo con los porcentajes de percepción distintos. Por ejemplo: para un documento con 2 productos, cada uno de los cuales con un porcentaje de percepción, deberán generarse dos facturas, una para cada producto. |
Impuesto controlado en el Cuentas por cobrar de la empresa retenedora que emitió la factura de productos y/o servicios. Para que ocurra la detracción, el emisor del documento no puede ser agente de retención, y el receptor debe ser agente de detracción.
Para el cálculo de la detracción de IGV, se efectuarán las siguientes validaciones:
Observación: En la facturación por pedido (salida), los productos deben dividirse en facturas diferentes, de acuerdo con los porcentajes de detracción distintos. Por ejemplo: para un documento con 2 productos, cada uno de los cuales con un porcentaje de detracción, deberán generarse dos facturas, una para cada producto. |
Observación: Para conocer las funcionalidades del sistema en las retenciones del IVG - Impuesto General a las Ventas, consulte las rutinas: |
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