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  • IVA - Impuesto valor agregado en los anticipos - APB

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IVA - Impuesto valor agregado en los anticipos - APB


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ÍNDICE

  1. Visión general
  2. Implantación de anticipos
  3. Vínculo de anticipos en la implantación
  4. Vínculo de anticipos en la implantación
  5. Vínculo de anticipos en la liquidación

...

     80,00 CR - Cuenta IVA Retenido anticipado   (Cuenta DB Anticip).


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03. VÍNCULO DE ANTICIPOS EN LA IMPLANTACIÓN

...

HLP: El anticipo {código del título de anticipo} no puede vincularse al título {código del título implantado}, pues este este tiene el impuesto {código de clasificación del impuesto}, el cual no se vinculó al título implantado.

 

Importante:

...


Nota
titleImportante

Si en la implantación se informó el IVA Retenido, el anticipo solo podrá vincularse a un título, en la liquidación de este. Al intentar vincular el anticipo en la implantación del título, también se presentará un mensaje de inconsistencia y su respectivo texto de Ayuda:

MSJ: El anticipo no puede vincularse al título

HLP: El anticipo {código del título de anticipo} no puede vincularse al título {código del título implantado}, pues este tiene el IVA Retenido, el cual no puede vincularse al título implantado. Este anticipo se podrá vincular solo en la liquidación de títulos.

En el movimiento de liquidación generado por el anticipo, debe revertirse la contabilización del IVA, generado en la implantación de este, siendo que la contabilización de este impuesto rebajará la cuenta del Saldo anticipado.

Ejemplo:

Si se considera la implantación de un título de 880,00, donde 80,00 se refiere al IVA y a este título se está vinculado un anticipo de 1.100,00, siendo que 100,00 se refiere al IVA.
En este caso, solo se utilizará el 80% del saldo del anticipo, para rebajar el valor del título implantado, y el valor del IVA revertido será proporcional a este saldo utilizado. En la liquidación por el anticipo se generarán las siguientes apropiaciones contables:

  800,00 CR - Cuenta saldo anticipo   (880,00 - 80,00)

  880,00 DB - Cuenta saldo proveedor

    80,00 CR - Cuenta IVA Anticipo         (100,00 * 80%).



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04. VÍNCULO DE ANTICIPOS EN LA IMPLANTACIÓN

...

    64,00  CR – Cuenta IVA Retenido                (Cuenta CR del registro de Impuestos Vinc.Empresa)



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05. VÍNCULO DE ANTICIPOS EN LA LIQUIDACIÓN

...

HLP: El anticipo {código del título de anticipo} no puede vincularse al título {código del título liquidado}, pues este tiene los impuestos {código de clasificación de los impuestos}, los cuales no se vincularon al pago del título.


Nota
titleImportante

...

Cuando la liquidación tenga el IVA Retenido, este impuesto debe informarse antes de que se vincule el anticipo, pues el valor del impuesto se descontará del saldo que se rebajará por el anticipo. De esta manera, en la rutina ON-LINE, cuando se vincule un anticipo en la liquidación, el botón Impuesto retenido quedará desactivado, obligando a que los impuestos retenidos se informen antes del vínculo de los anticipos.

En el movimiento de liquidación generado por el anticipo, se efectuarán asientos referentes al IVA, inversos a los efectuados en la implantación del anticipo, revirtiendo la contabilización de estos impuestos, siendo que esta contabilización se reflejará en la cuenta del Saldo anticipado.

Ejemplo:

Si se considera la liquidación de una duplicata de 880,00, donde 80,00 se refiere al IVA informado en la implantación, y en la liquidación también se está informando el IVA Retenido, por el valor de 64,00, resultando en el valor recibido de 816,00.

En esta liquidación está vinculándose un anticipo, que se implantó por el valor de 1.020,00, con 100,00 referentes al IVA, además de 80,00 del IVA Retenido, es decir, solo se utilizará el 80% del saldo del anticipo para rebajar el valor recibido (816,00), y los valores de IVA normal e IVA Retenido revertidos, serán proporcionales a este saldo utilizado. De esta manera, la liquidación por el anticipo generará las siguientes apropiaciones contables:

  880,00 DB - Cuenta saldo proveedor

    64,00 CR - Cuenta IVA Retenido

  800,00 CR - Cuenta saldo anticipo             (816,00 - 80,00 + 64,00)

    80,00 CR - Cuenta IVA Anticipado                  (100,00 * 80%)

    64,00 DB - Cuenta IVA Retenido anticipado      (  80,00 * 80%). 


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Y aún referente al IVA por trasladar y a la Provisión de IVA Retenido, contabilizados en el movimiento de implantación de la duplicata, se generarán los siguientes asientos:

...

    64,00  CR – Cuenta IVA Retenido                (Cuenta CR del registro de Impuestos Vinc.Empresa)



Nota
titleNota

...

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Si un anticipo se generó por una Nota de crédito, y en esta nota hubo el vínculo del IVA, el valor de este IVA, que se contabilizó en el movimiento de Implantación a crédito del anticipo, NO se considerará para rebajar el IVA que se haya vinculado a la duplicata rebajada por el anticipo, pues este estará vinculado a la Nota de crédito y no al anticipo.

 





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