El sistema efectúa los siguientes controles para verificación de IGV:

Impuesto controlado en el Cuentas por Cobrar de la empresa retenedora que emitió la factura de productos y/o servicios.

En la baja de los títulos por cobrar para los productos y servicios de empresas caracterizadas como Agente de Percepción, se emite el comprobante de percepción al realizar la baja de los títulos y efectuar la inclusión de adelantos por cobrar con cálculo de percepción, con base en la Resolución de la Superintendencia nº 058-2009/SUNAT (límite de un 0,5% a un 2% sobre el precio de venta de los bienes o servicios).

Para el cálculo de la percepción de IGV, se efectuarán las siguientes validaciones:

¡Importante!

En la facturación por el pedido (salida), los productos deben ser separados de acuerdo con porcentajes de percepción distintos en facturas distintas. Por ejemplo: para un documento con 2 productos, siendo que cada uno posee un porcentaje de percepción, deberán generarse dos facturas, una para cada producto.


Impuesto controlado en el Cuentas por cobrar de la empresa retenedora que emitió la factura de productos y/o servicios. Para que ocurra la detracción, el emisor del documento no puede ser agente de retención ni el receptor puede ser agente de detracción.

Para el cálculo de la detracción de IGV, se efectuarán las siguientes validaciones:


Observación:

Para conocer las funcionalidades del sistema en las retenciones del IVG - Impuesto General a las Ventas, consulte las rutinas: 



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