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Para realizar una facturación o emitir un documento de entrada, el Sistema debe calcular el ICA por medio de la vinculación con los datos previamente registrados en Impuestos variables (Tabla SFB), Tipos de Entrada y Salida (Tabla SF4) y en la Vinculación TES vs. Impuestos (Tabla SFC) y Ganancias/Fondo Cooperativo (Tabla SFF), obedeciendo la siguiente regla de cálculo:

Forma de cálculo

 

Base de Cálculo = Valor de las Mercaderías/Servicios– Descuentos.

Valores acesorios, tales como flete, seguro y gastos no deben componer la base de cálculo.

Tarifa por Mil = Tarifa informada en la tabla SFB o en la SFF.

ICA = Base de Cálculo * Tarifa por Mil / 1000

 

Ejemplo:

 

Mercadería vendida: 100.000,00

Flete: 100,00

Seguro (no forma parte de la base de cálculo): 100,00

Gastos: 100,00

Base de Cálculo: 100.000,00

Tarifa por Mil: 4,14

Valor del ICA: 100.000,00*4,14/1.000

Valor del ICA:414,00

Total de la Factura y Título: 1.300,00

El valor del ICA solamente se calcula en el documento, no se suma tampoco se resta de su total.

Help_buttonObservación:

Es importante recordar que la tarifa es por mil. Por tanto, al se efectuar el cálculo, se debe dividir el porcentaje encontrado por 1000 antes de calcular.

Observe cómo se debe obtener la alícuota para las facturas:

En las facturas de salida

La actividad del emisor de la factura se identificará por medio del parámetro MV_CIIU.

La alícuota que se considera será siempre con base en la tabla Impuestos Variables, definida como alícuota estándar para las operaciones de la actividad del contribuyente.

La forma de cálculo del ICA – Impuesto de industria y comercio, en las rutinas Factura de entradaFacturación y Generación de documento de salida permite utilizar alícuotas por municipio, de acuerdo con el campo Código de municipio.

Para las excepciones (por ejemplo, prestación de servicios de un ramo de actividad distinto de la actividad oficial), la tabla Ganancias/Fondo Cooperativo debe verificarse.

Para verificar si la operación es de una actividad diferente del estándar del contribuyente, verifique si el campo Cod. Ind. Inter. Uniforme (en Tipos de Entrada y Salida) está rellenado. Si lo está, procure en la tabla CCN (presione F3) el CIIU informado en el TES para posicionar la tabla Ganancias/Fondo Cooperativo por intermedio del código de agrupamiento.

Si se encuentra la referencia, la alícuota que la acompaña puede utilizarse. En caso contrario, se mantiene la alícuota de la tabla Impuestos variables.

En las facturas de entrada

La actividad se informará en el Registro del Proveedor, por medio del campo Cod. Ind. Inter. Uniforme.

La alícuota que se considera será siempre la de la tabla Ganancias/Fondo Cooperativo. En este caso será necesario buscar en la tabla CCN el CIIU informado en el campo Cod. Ind. Inter. Uniforme.

De esta forma se puede identificar el Código de Agrupamiento.

Verifique si el TES utilizado contiene un código de actividad. Si lo contiene, la tabla CCN se marcará por el código del TES a fin de verificar el agrupamiento.

Si se encuentra la referencia, la alícuota que la acompaña se puede utilizar. En caso contrario, se mantiene la alícuota de la tabla Impuestos variables.

Help_buttonObservación:

En las facturas, el valor del impuesto y el total de la factura deben contener los decimales que se calcularon por medio del Sistema. Solamente en las obligaciones accesorias (archivos magnéticos y pago de impuestos al gobierno) es que los decimales se deben redondear y retirarse de los valores monetarios.

Al registrar un Documento de Salida (por el Pedido de ventas o por la Factura manual) o Documento de Entrada con las configuraciones para cálculo del ICA, el valor debe constar en el pie de página del documento.




Cálculo de Retención del ICA

Después del cálculo del ICA, se debe realizar el cálculo de Retención de ICA, que corresponde a un porcentaje sobre el valor de la operación (que, cuando existe, no incide sobre el IVA). La tarifa de Retención de ICA también se determina por el ramo de actividad del CIIU.

El Sistema considera la vinculación de los datos registrados previamente en Impuestos variables (Tablas SFB), Tipos de Entrada y Salida (Tabla SF4) y en la vinculación  TES vs. Impuestos (Tabla SFC), obedeciendo la siguiente regla de cálculo:

Forma de cálculo

 

ICA en la factura = Valor de las Mercancías o Servicios – Descuentos

(los valores accesorios como flete, seguro y gastos no deben componer la base de cálculo)

Tarifa por mil = Tarifa informada en la tabla SFB o en la SFF

Retención de ICA = Base de Cálculo * Tarifa por Mil / 1000

 

Ejemplo:

 

Mercancía vendida: 100.000,00

Flete: 100,00

Seguro: 100,00

Gastos: 100,00

Base de cálculo: 100.000,00

Tarifa por mil: 4,14

Valor de la retención del ICA: 100.000,00 * 4,14 / 1000

Valor de la retención del ICA: 414,00

 

Total de la factura: 1.300,00

 

Total de la factura de crédito (cuando se calcula en una sola cuota): 12.100,00

El valor de la Retención del ICA sólo se calcula en el documento, y se resta de la primera cuota del título generado.

 

Con relación a las Condiciones de pago, cuando la división de la factura se efectúa en varias cuotas, el impuesto se debe deducir en la primera cuota. En caso de que el impuesto corresponda a un valor superior al de la cuota en cuestión habrá un residuo que se deducirá de la siguiente cuota.

Cuando la compra se realiza en Régimen Simplificado, para eso el Sistema verifica las tablas Impuestos Variables y Vinculación TES vs. Impuestos, el valor del impuesto no se debe deducir de las cuotas.




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